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Así puedes acabar con la publicidad no deseada: la Policía explica cómo inscribirse en la lista Robinson

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La Policía Nacional ha compartido en sus redes sociales un vídeo en el que explica qué es la lista Robinson y cómo puedes apuntarte en ella. Se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los ciudadanos se pueden inscribir de forma gratuita para reducir la publicidad que reciben: «Te permite evitar recibir publicidad no deseada», explican las autoridades.

¿Cómo te puedes inscribir en la lista Robinson?

Para inscribirte en la ‘Lista Robinson’, tendrás que seguir estos pasos:

  • Accede a la página web de la lista
  • Accede a la opción de ‘Regístrate como ciudadano’.
  • Elige la opción adecuada entre ‘Menor de 14 años’, ‘Mayor de 14 años’ o ‘Persona fallecida’.
  • Introduce tus datos, establece una contraseña, acepta los términos y condiciones del reglamento del servicio de ‘Listas Robinson’ y de la política de privacidad, previa lectura de los mismos.
  • Tras la recepción de un ‘email’ de confirmación, ya puedes acceder al servicio ‘Listas Robinson’, donde deberás indicar el canal o canales en los que no deseas recibir publicidad (correo postal, correo electrónico, llamadas telefónicas y SMS y MMS). Si tus datos pueden escribirse de diferentes formas –como María José, Pepa o Mª José–, podrás poner varias opciones para que tu oposición sea eficaz en función de cómo haya registrado tu dato la empresa anunciante.

¿Quién se puede inscribir en la lista Robinson?

Concretamente, se puede inscribir, en su nombre propio, cualquier ciudadano mayor de 14 años. También se pueden incluir los datos de menores de esta edad y personas fallecidas, siempre y cuando realice la acción el tutor o representante de ese sujeto.

En el servicio de ‘Lista Robinson’ existen cuatro opciones de exclusión: correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico y SMS/MMS. El usuario puede inscribirse en una, en varias o en todas las opciones.

¿Cuándo se hace efectivo?

Al figurar en la ‘Lista Robinson’, las empresas anunciantes no deberían enviarte publicidad por aquellas vías en las que hayas mostrado tu oposición a recibir comunicaciones comerciales, salvo que dispongan de tu consentimiento previo. Es decir, si estás inscrito en todas las listas, no recibirás las famosas llamadas telefónicas comerciales, pero tampoco campañas publicitarias por correo postal, por correo electrónico ni por SMS o MMS (aunque estas últimas están cada vez más en desuso).

No obstante, si vas a inscribirte en la ‘Lista Robinson’ no esperes dejar de recibir publicidad al instante. Debes tener en cuenta que deben haber transcurrido tres meses desde el día siguiente al que te inscribiste en la lista para que se haga realmente efectiva. Esto es debido a que las empresas que se dedican a enviar publicidad tienen la obligación de consultar esta lista una vez cada dos meses.

Además, las empresas a las que les hayas dado tu consentimiento para el envío de publicidad sí podrán seguir enviándote comunicaciones comerciales aunque figures en la ‘Lista Robinson’. Es decir, el hecho de inscribirte en ella nunca podrá primar sobre tu voluntad de recibir publicidad de una empresa determinada.

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¿Dónde es festivo el 25 de julio?

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¿Dónde es festivo el 25 de julio?

El próximo día festivo en el calendario es el 25 de julio pero ¿dónde es festivo?

El 25 de julio se celebra la fiesta de Santiago Apóstol. Esta festividad se celebra solo en cuatro comunidades autónomas, según el calendario laboral. Es festivo nacional sustituible.

¿Dónde es festivo el 25 de julio?

  • Comunidad de Madrid
  • Galicia (que también celebra su día Nacional)
  • Comunidad Foral de Navarra
  • País Vasco

En el resto de Comunidades Autónomas será día laborable.

El próximo festivo nacional: 15 de agosto

El 15 de agosto se celebra la Virgen de la Asunción y cae lunes.

En cualquier caso, los festivos sustituibles son muy habituales, cada comunidad autónoma celebra los festivos cuando cree conveniente.

El próximo festivo sustituible tendrá lugar en diciembre, en concreto el lunes 26 de diciembre. Se trata del lunes siguiente a la Natividad del Señor, y casi todos los territorios nacionales estarán de fiesta salvo Cataluña, País Vasco, Galicia, Comunidad Valenciana y la ciudad autónoma de Ceuta.

Los próximos festivos que podemos disfrutar tras la época estival son algunos como: los festivos nacionales el 12 de octubre, que es la Fiesta Nacional de España; o el 1 de noviembre, el Día de todos los Santos. Más adelante, en diciembre podemos disfrutar de varios días libres porque encontramos el puente de la Constitución, aunque el día 6 de diciembre cae de martes, mientras que el 8, día de la Inmaculada Concepción cae de jueves

Festivos de cada comunidad en lo que resta de año

Aparte de los festivos nacionales, cada comunidad también cuenta con una serie de fechas reservadas para sus festividades, que suelen ir unidas a una serie de tradiciones.

  • Andalucía: 26 de diciembre, lunes siguiente al día de Navidad.
  • Aragón: 26 de diciembre.
  • Asturias: 8 de septiembre, que se conmemora el día de Asturias, y el 26 de diciembre.
  • Baleares: 26 de diciembre.
  • Canarias: el 26 de diciembre. El último día festivo cambia en función de cada una de las islas que integran archipiélago.
  • Cantabria: el 28 de julio tiene lugar el día de Cantabria, el 15 de septiembre La Bien Aparecida y el 26 de diciembre.
  • Castilla-La Mancha: el 26 de diciembre.
  • Castilla y León: 26 de diciembre.
  • Cataluña: el 26 de diciembre San Esteban.
  • Extremadura: tiene pendiente de celebrar el 8 de septiembre, que es el día de Extremadura, y el 26 de diciembre.
  • Galicia: el 25 de julio, Santiago Apóstol.
  • Madrid: 25 de julio y 26 de diciembre.
  • Murcia: 26 de diciembre.
  • Navarra: 25 de julio y 26 de diciembre.
  • País Vasco: tiene pendiente el 25 de julio y el 6 de septiembre.
  • La Rioja: el 26 de diciembre.
  • Ceuta: 5 de agosto, Nuestra Señora de África, y 2 de septiembre, Día de Ceuta.
  • Melilla: pendiente de celebrar el 11 de julio, que es la fiesta del Sacrificio, además del 26 de diciembre, el día después de Navidad.

En la Comunidad Valenciana:

15 de agosto (Asunción de Virgen María), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Fiesta de Todos los Santos), 6 de diciembre (día de la Constitución) y 8 de diciembre (día de la Inmaculada Concepción).

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