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Así puedes acabar con la publicidad no deseada: la Policía explica cómo inscribirse en la lista Robinson

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Eliminar publicidad llamadas

La Policía Nacional ha compartido en sus redes sociales un vídeo en el que explica qué es la lista Robinson y cómo puedes apuntarte en ella. Se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los ciudadanos se pueden inscribir de forma gratuita para reducir la publicidad que reciben: «Te permite evitar recibir publicidad no deseada», explican las autoridades.

¿Cómo te puedes inscribir en la lista Robinson?

Para inscribirte en la ‘Lista Robinson’, tendrás que seguir estos pasos:

  • Accede a la página web de la lista
  • Accede a la opción de ‘Regístrate como ciudadano’.
  • Elige la opción adecuada entre ‘Menor de 14 años’, ‘Mayor de 14 años’ o ‘Persona fallecida’.
  • Introduce tus datos, establece una contraseña, acepta los términos y condiciones del reglamento del servicio de ‘Listas Robinson’ y de la política de privacidad, previa lectura de los mismos.
  • Tras la recepción de un ‘email’ de confirmación, ya puedes acceder al servicio ‘Listas Robinson’, donde deberás indicar el canal o canales en los que no deseas recibir publicidad (correo postal, correo electrónico, llamadas telefónicas y SMS y MMS). Si tus datos pueden escribirse de diferentes formas –como María José, Pepa o Mª José–, podrás poner varias opciones para que tu oposición sea eficaz en función de cómo haya registrado tu dato la empresa anunciante.

¿Quién se puede inscribir en la lista Robinson?

Concretamente, se puede inscribir, en su nombre propio, cualquier ciudadano mayor de 14 años. También se pueden incluir los datos de menores de esta edad y personas fallecidas, siempre y cuando realice la acción el tutor o representante de ese sujeto.

En el servicio de ‘Lista Robinson’ existen cuatro opciones de exclusión: correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico y SMS/MMS. El usuario puede inscribirse en una, en varias o en todas las opciones.

¿Cuándo se hace efectivo?

Al figurar en la ‘Lista Robinson’, las empresas anunciantes no deberían enviarte publicidad por aquellas vías en las que hayas mostrado tu oposición a recibir comunicaciones comerciales, salvo que dispongan de tu consentimiento previo. Es decir, si estás inscrito en todas las listas, no recibirás las famosas llamadas telefónicas comerciales, pero tampoco campañas publicitarias por correo postal, por correo electrónico ni por SMS o MMS (aunque estas últimas están cada vez más en desuso).

No obstante, si vas a inscribirte en la ‘Lista Robinson’ no esperes dejar de recibir publicidad al instante. Debes tener en cuenta que deben haber transcurrido tres meses desde el día siguiente al que te inscribiste en la lista para que se haga realmente efectiva. Esto es debido a que las empresas que se dedican a enviar publicidad tienen la obligación de consultar esta lista una vez cada dos meses.

Además, las empresas a las que les hayas dado tu consentimiento para el envío de publicidad sí podrán seguir enviándote comunicaciones comerciales aunque figures en la ‘Lista Robinson’. Es decir, el hecho de inscribirte en ella nunca podrá primar sobre tu voluntad de recibir publicidad de una empresa determinada.

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Multas de la DGT en verano que no conocías

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Multas de verano por conducir con chanclas, sin camiseta o con objetos en el retrovisor: lo que dice la DGT

Conducir con chanclas, sin camiseta o con un amuleto en el retrovisor puede costarte hasta 200 euros, según advierte la DGT este verano.

Con la llegada del verano, la Dirección General de Tráfico (DGT) intensifica la vigilancia en carretera. Aunque algunas prácticas comunes no están prohibidas explícitamente, pueden ser motivo de multa si afectan a la seguridad vial. La DGT recuerda que el objetivo de estas sanciones es evitar accidentes, especialmente en una época en la que el riesgo se incrementa hasta un 20% debido al calor y la fatiga.

A continuación, resolvemos algunas dudas habituales:
👉 ¿Es legal conducir con chanclas?
👉 ¿Y sin camiseta?
👉 ¿Puedo colgar un ambientador o amuleto en el retrovisor?


🚫 ¿Puedo conducir con chanclas?

Aunque no está expresamente prohibido, sí puede conllevar una sanción. Según el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, el conductor debe mantener la libertad de movimientos y el control del vehículo en todo momento. Las chanclas no sujetan el pie adecuadamente y pueden suponer un riesgo.
➡️ Multa: hasta 80 euros.


👕 ¿Puedo conducir sin camiseta?

Tampoco está prohibido por ley, pero los agentes pueden multarte si consideran que afecta al control del vehículo o puede provocar daños (como quemaduras con el cinturón o el airbag).
➡️ Multa: entre 80 y 200 euros, también en aplicación del artículo 18.1.


💧 ¿Me pueden multar por beber agua mientras conduzco?

Beber agua no es ilegal, pero sí puede acarrear una sanción si implica distracción al volante o pérdida de control al manipular objetos.
➡️ Multa: 100 euros.


🧿 ¿Puedo colgar objetos del retrovisor?

Ambientadores, amuletos o adornos colgados del espejo retrovisor están permitidos solo si no obstaculizan la visibilidad. Si el agente considera que entorpecen el campo de visión, podrán sancionarte.
➡️ Multa: 80 euros.


💨 ¿Y sacar el brazo por la ventanilla?

Apoyar el brazo en la ventanilla es un gesto habitual en verano, pero puede ser sancionable si se interpreta que interfiere con el control del vehículo o la postura del conductor.
➡️ Multa: 80 euros.


✅ Recomendaciones de la DGT para evitar multas este verano

  • Usa calzado cerrado y sujeto al pie al conducir.

  • Evita conducir sin camiseta.

  • No coloques objetos en el retrovisor que bloqueen la visibilidad.

  • Mantén ambas manos al volante y evita distracciones.

  • Presta especial atención a los efectos del calor y mantente hidratado, pero con precaución.

 

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