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La membrana del virus SARS-CoV-2 estalla con algunos enjuagues bucales: Estos son los colutorios

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enjuague bucal cpc covid
Foto de Towfiqu barbhuiya en Pexels

València, 1 feb (EFE).- Un estudio ha permitido visualizar por primera vez que la membrana del SARS-CoV-2 estalla al entrar en contacto con un compuesto químico presente en algunos enjuagues bucales, lo que tendría como consecuencia que el virus disminuye su capacidad para infectar las células humanas.

El estudio, realizado por la Universitat de València (UV) y Dentaid Research Center y publicado en ‘Journal of Oral Microbiology’, determina que este estallido se produce al entrar en contacto con el Cloruro de Cetilpiridinio (CPC), presente en algunos colutorios, según un comunicado de la institución académica.

Según las fuentes, se ha demostrado que el virus del SARS-CoV-2 posee una fuerte afinidad por los tejidos bucales y se replica activamente en las glándulas salivales; la saliva de los individuos infectados posee normalmente una alta carga del virus.

La reducción de la carga viral en la boca podría ser una estrategia para reducir su propagación y, en este sentido, varios estudios han demostrado que algunos enjuagues bucales poseen la capacidad de inactivar algunos virus que son transmitidos por el aire, como el de la gripe, algunos coronavirus e incluso SARS-CoV-2.

Actualmente, numerosas sociedades odontológicas han recomendado el uso de enjuagues bucales con CPC para ayudar a disminuir el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en la consulta dental.

Ahora, el estudio firmado por un grupo de investigación del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular de la UV, encabezado por el profesor Ismael Mingarro, y por los investigadores Manuel Bañó y Rubén León, de Dentaid Research Center, completa estas investigaciones y explica el mecanismo de la actividad antiviral de la molécula CPC.

Los resultados demuestran que la acción antiviral del CPC se produce gracias a su capacidad para romper la membrana del SARS-CoV-2 y, tal como se ha demostrado en otros estudios, tendría como consecuencia que el virus disminuye su capacidad para infectar las células humanas.

EL MECANISMO DE LA ACTIVIDAD ANTIVIRAL DEL CPC

En el estudio se generaron partículas pseudovirales (VLP) que mimetizan al virus del SARS-CoV-2, contienen las cuatro proteínas estructurales del virus y tienen el tamaño y la morfología de las partículas víricas del virus causante de la covid-19.

La única diferencia con los viriones del SARS-CoV-2 es que las VLP no contienen el material genético, lo que las hace no infectivas.

Las VLP generadas fueron tratadas con CPC y se observó cómo aquellas que habían estado en contacto con el CPC eran disgregadas, explica Ismael Mingarro.

«La disgregación se observó utilizando técnicas de microscopía electrónica, donde se pudo demostrar cómo estas partículas estallan al entrar en contacto con el CPC», apunta.

Además, los resultados demuestran que el CPC disminuye significativamente la integridad de las VLP de SARS-CoV-2 a una concentración tan baja como el 0,05 %.

«Estos resultados corroboran el mecanismo de acción por el cual el Cloruro de Cetilpiridinio (CPC) actuaría sobre la membrana del SARS-CoV-2, produciendo su degradación», explica Manuel Bañó, investigador de Dentaid Research Center.

El CPC es un ingrediente clave en muchos enjuagues bucales que funciona como un antiséptico que elimina las bacterias y otros microorganismos, como los virus.

Una de las características claves del CPC es su estructura única que puede degradar membranas virales, lo que le permite ser activo frente a un grupo diverso de virus con envoltura (como influenza o herpes virus).

Estos resultados ayudan a confirmar el mecanismo por el cual el CPC actúa sobre SARS-CoV-2. Es a través de la degradación de su membrana o envuelta, según las fuentes.

Es una confirmación más que indica que se deben ampliar los estudios en la búsqueda de potenciales tratamientos donde los colutorios puedan cumplir un papel en la lucha contra el SARS-CoV-2.

«Este trabajo explica el mecanismo por el cual el CPC puede degradar la membrana del SARS-CoV-2, y es importante porque sienta las bases para futuros experimentos en los que demostrar que el uso de colutorios es una estrategia complementaria para evitar la transmisión de enfermedades infecciosas respiratorias transmitidas por virus como la gripe o COVID-19», añade Bañó.

Ismael Migarro es catedrático de Bioquímica y Biología Molecular de la UV y su investigación está centrada en las proteínas de membrana.

¿Qué colutorios tienen CPC, el componente que reduce la carga viral del covid-19?

Colgate cuenta con seis productos con este componente: el Plax Ice Glacial, Triple Acción, Encías revitalizante, Total, Plax Soft Mint y Total Pro Gum Health.

Kin: Ingival Complex enjuague bucal, Gingikin B5, Kin enjuague bucal, Kin Forte Encías, Kin Fresh, Fluorkin Junior, Orthokin Fresa Mentolada y Kin Care.

Oral B cuenta con el enjuague bucal Pro Expert 24 horas limpieza profunda, Pro Expert 24 horas protección profesional y Complete frescura duradera. En cuanto a Vitis, tiene el clásico de encías, Halita (para el mal aliento), Orthodontic y Xtra Forte.

Otras marcas son Bucodez (sin flúor), Dentyses Anticavity y Perio-Aid (deben ser prescritos por un odontólogo o dentista), cuatro coloturios de Fairline, otros tres de Gum, dos de Kemphor (uno con y otro sin flúor), Lacer (Pro y Júnior), PHB Total, Pierrot (Sensitive y Anti-Plaque), tres de Sea4 y el enjuague bucal sin alcohol de Vademecum.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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