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La membrana del virus SARS-CoV-2 estalla con algunos enjuagues bucales: Estos son los colutorios

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enjuague bucal cpc covid
Foto de Towfiqu barbhuiya en Pexels

València, 1 feb (EFE).- Un estudio ha permitido visualizar por primera vez que la membrana del SARS-CoV-2 estalla al entrar en contacto con un compuesto químico presente en algunos enjuagues bucales, lo que tendría como consecuencia que el virus disminuye su capacidad para infectar las células humanas.

El estudio, realizado por la Universitat de València (UV) y Dentaid Research Center y publicado en ‘Journal of Oral Microbiology’, determina que este estallido se produce al entrar en contacto con el Cloruro de Cetilpiridinio (CPC), presente en algunos colutorios, según un comunicado de la institución académica.

Según las fuentes, se ha demostrado que el virus del SARS-CoV-2 posee una fuerte afinidad por los tejidos bucales y se replica activamente en las glándulas salivales; la saliva de los individuos infectados posee normalmente una alta carga del virus.

La reducción de la carga viral en la boca podría ser una estrategia para reducir su propagación y, en este sentido, varios estudios han demostrado que algunos enjuagues bucales poseen la capacidad de inactivar algunos virus que son transmitidos por el aire, como el de la gripe, algunos coronavirus e incluso SARS-CoV-2.

Actualmente, numerosas sociedades odontológicas han recomendado el uso de enjuagues bucales con CPC para ayudar a disminuir el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en la consulta dental.

Ahora, el estudio firmado por un grupo de investigación del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular de la UV, encabezado por el profesor Ismael Mingarro, y por los investigadores Manuel Bañó y Rubén León, de Dentaid Research Center, completa estas investigaciones y explica el mecanismo de la actividad antiviral de la molécula CPC.

Los resultados demuestran que la acción antiviral del CPC se produce gracias a su capacidad para romper la membrana del SARS-CoV-2 y, tal como se ha demostrado en otros estudios, tendría como consecuencia que el virus disminuye su capacidad para infectar las células humanas.

EL MECANISMO DE LA ACTIVIDAD ANTIVIRAL DEL CPC

En el estudio se generaron partículas pseudovirales (VLP) que mimetizan al virus del SARS-CoV-2, contienen las cuatro proteínas estructurales del virus y tienen el tamaño y la morfología de las partículas víricas del virus causante de la covid-19.

La única diferencia con los viriones del SARS-CoV-2 es que las VLP no contienen el material genético, lo que las hace no infectivas.

Las VLP generadas fueron tratadas con CPC y se observó cómo aquellas que habían estado en contacto con el CPC eran disgregadas, explica Ismael Mingarro.

«La disgregación se observó utilizando técnicas de microscopía electrónica, donde se pudo demostrar cómo estas partículas estallan al entrar en contacto con el CPC», apunta.

Además, los resultados demuestran que el CPC disminuye significativamente la integridad de las VLP de SARS-CoV-2 a una concentración tan baja como el 0,05 %.

«Estos resultados corroboran el mecanismo de acción por el cual el Cloruro de Cetilpiridinio (CPC) actuaría sobre la membrana del SARS-CoV-2, produciendo su degradación», explica Manuel Bañó, investigador de Dentaid Research Center.

El CPC es un ingrediente clave en muchos enjuagues bucales que funciona como un antiséptico que elimina las bacterias y otros microorganismos, como los virus.

Una de las características claves del CPC es su estructura única que puede degradar membranas virales, lo que le permite ser activo frente a un grupo diverso de virus con envoltura (como influenza o herpes virus).

Estos resultados ayudan a confirmar el mecanismo por el cual el CPC actúa sobre SARS-CoV-2. Es a través de la degradación de su membrana o envuelta, según las fuentes.

Es una confirmación más que indica que se deben ampliar los estudios en la búsqueda de potenciales tratamientos donde los colutorios puedan cumplir un papel en la lucha contra el SARS-CoV-2.

«Este trabajo explica el mecanismo por el cual el CPC puede degradar la membrana del SARS-CoV-2, y es importante porque sienta las bases para futuros experimentos en los que demostrar que el uso de colutorios es una estrategia complementaria para evitar la transmisión de enfermedades infecciosas respiratorias transmitidas por virus como la gripe o COVID-19», añade Bañó.

Ismael Migarro es catedrático de Bioquímica y Biología Molecular de la UV y su investigación está centrada en las proteínas de membrana.

¿Qué colutorios tienen CPC, el componente que reduce la carga viral del covid-19?

Colgate cuenta con seis productos con este componente: el Plax Ice Glacial, Triple Acción, Encías revitalizante, Total, Plax Soft Mint y Total Pro Gum Health.

Kin: Ingival Complex enjuague bucal, Gingikin B5, Kin enjuague bucal, Kin Forte Encías, Kin Fresh, Fluorkin Junior, Orthokin Fresa Mentolada y Kin Care.

Oral B cuenta con el enjuague bucal Pro Expert 24 horas limpieza profunda, Pro Expert 24 horas protección profesional y Complete frescura duradera. En cuanto a Vitis, tiene el clásico de encías, Halita (para el mal aliento), Orthodontic y Xtra Forte.

Otras marcas son Bucodez (sin flúor), Dentyses Anticavity y Perio-Aid (deben ser prescritos por un odontólogo o dentista), cuatro coloturios de Fairline, otros tres de Gum, dos de Kemphor (uno con y otro sin flúor), Lacer (Pro y Júnior), PHB Total, Pierrot (Sensitive y Anti-Plaque), tres de Sea4 y el enjuague bucal sin alcohol de Vademecum.

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Las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: qué son, por qué las estás recibiendo y cómo actuar ante cada una

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

Miles de contribuyentes españoles están recibiendo en estos días las conocidas como “cartas del miedo” de la Agencia Tributaria. Son notificaciones que Hacienda envía cuando detecta algún posible error o discrepancia en la declaración de la Renta, o simplemente para informar de una revisión. Aunque el nombre asuste, no todas implican sanción o deuda.


📬 ¿Qué son las ‘cartas del miedo’ de Hacienda?

El término hace referencia a las notificaciones oficiales que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes o empresas para comunicar incidencias, requerimientos o procesos de revisión.
Según datos de la plataforma fiscal TaxDown, solo en el último año Hacienda envió más de dos millones de cartas, y la mayoría se concentran en el último trimestre del año.

Estas comunicaciones pueden llegar por correo postal certificado, por SMS o a través del buzón electrónico en la Sede Digital de la Agencia Tributaria.


⚙️ Tipos de notificaciones que puedes recibir de Hacienda

Aunque todas llegan con el mismo membrete oficial, no todas tienen el mismo significado ni las mismas consecuencias. Estos son los tipos más frecuentes:

1. Carta informativa

Es la más leve. Hacienda la envía solo para informar de alguna cuestión fiscal.
👉 No requiere respuesta, pero sí conviene confirmar su recepción, ya que se trata de un envío certificado.

2. Requerimiento de información

Aparece cuando la Agencia Tributaria detecta que los datos declarados no coinciden con los que tiene en sus bases.
En este caso, el contribuyente debe presentar documentación adicional en el plazo indicado, normalmente 10 o 15 días hábiles.

3. Propuesta de liquidación

Hacienda comunica que ha modificado algunos datos de tu declaración.
Junto a la carta se incluye un borrador ajustado con los cambios que considera necesarios. Si estás de acuerdo, puedes aceptarlo. Si no, puedes presentar alegaciones.

4. Resolución del procedimiento

Es la notificación final de un proceso abierto con la Agencia Tributaria. Indica si el expediente se archiva, se aprueba una devolución o se impone una sanción.

5. Providencia de apremio

Se trata de una advertencia de cobro de una deuda pendiente. Hacienda establece un plazo concreto para pagar antes de que comiencen los recargos o embargos.
🔴 En este punto es clave actuar con rapidez.

6. Diligencia de embargo

Si no se abona la deuda, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, salario o cuentas bancarias.
El pago inmediato o la presentación de un recurso pueden detener el proceso.

7. Inicio de inspección o expediente sancionador

Este tipo de carta marca el comienzo de una investigación fiscal. En ella se solicita documentación adicional y se informa de que puede existir una infracción tributaria. Es recomendable contar con asesoría fiscal profesional.


Cómo saber si la carta de Hacienda es auténtica

Antes de alarmarte, comprueba que la notificación es real.
Puedes hacerlo de tres maneras:

  1. Verifica el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Comprueba si ha llegado a través de un canal oficial (correo certificado o sede electrónica).

  3. No abras enlaces recibidos por correo electrónico o SMS si no proceden de dominios oficiales (agenciatributaria.gob.es).


Qué hacer si recibes una carta de Hacienda

  1. Lee bien la notificación. Comprueba qué tipo de carta es y el motivo del contacto.

  2. No ignores los plazos. Casi todas las notificaciones tienen un tiempo limitado para responder o presentar alegaciones.

  3. Revisa tu declaración o documentación. Puede tratarse de un simple error en los datos fiscales.

  4. Consulta con un asesor o plataforma especializada (como TaxDown o Gestha) si no sabes cómo proceder.

  5. Conserva copia de todo lo que presentes o envíes.


Preguntas frecuentes sobre las cartas del miedo

¿Qué pasa si no respondo a una carta de Hacienda?
Si el plazo expira sin respuesta, el expediente puede resolverse a favor de la Administración y generar sanciones o recargos.

¿Puede llegar una notificación por error?
Sí. En algunos casos, Hacienda envía requerimientos automáticos basados en cruces de datos. Si tienes todo en regla, bastará con justificarlo.

¿Puedo recibir varias cartas a la vez?
Sí, especialmente si tienes varios ejercicios pendientes o gestiones abiertas con la Agencia Tributaria.


Las llamadas “cartas del miedo” de Hacienda no siempre significan una sanción. La mayoría son simples requerimientos o verificaciones de datos.
La clave está en mantener la calma, revisar la información y responder dentro del plazo establecido. Actuar a tiempo puede evitar recargos, multas y embargos innecesarios.


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