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Entra en vigor el reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión
Publicado
hace 8 añosen
El decreto del reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión elaborada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha entrado en vigor tras su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
El texto normativo desarrolla aspectos concretos de la normativa y el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación que se rige por los criterios de simplificación, coordinación interadministrativa e interdepartamental y gestión telemática.
Asimismo, regula las modalidades de la renta valenciana de inclusión y sus complementos, las personas titulares, requisitos y obligaciones, establece las cuantías y su cálculo así como el procedimiento de concesión de la Renta.
También regula los criterios e indicadores que permiten a los servicios sociales municipales llevar a cabo la labor que la ley les encomienda, y aplicar de manera homogénea y personalizada los instrumentos de inclusión social.
Además, regula los órganos de coordinación y participación y los plazos de aplicación a los procedimientos en el primer año de funcionamiento de la norma.
La renta valenciana de inclusión, que sustituye a la renta garantizada de ciudadanía, incluye mejoras como la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento de tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática.
En concreto, este año se ponen en marcha dos de las cuatro modalidades de estas ayudas, la renta de garantía de ingresos mínimos, para los que no quieren someterse al plan de integración sociolaboral previsto por los técnicos de los servicios sociales; y la de inclusión social para los demandantes que sí acepten el plan de integración planteado por los especialistas para su inclusión social y búsqueda de empleo.
Con esta normativa, el Consell convierte la renta en un instrumento unificado que permite a las personas rehacer su proyecto de vida y también terminar con la burocracia y la gestión dispersa, de manera que se logre una mayor eficacia en la lucha contra la pobreza.
En este sentido, el reglamento prevé la posibilidad de que la renta tenga carácter indefinido, siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción, y una renovación cada 3 años y además, será necesario sólo un año de empadronamiento, frente a los 24 meses anteriores, exigiendo únicamente la residencia efectiva en la Comunitat Valenciana para tener derecho a la misma.
Además, contempla que la prestación económica prevista en la ley podrá ampliarse hasta en un 25% adicional para cubrir los gastos derivados de la vivienda, en el caso de que ésta sea residencia habitual, y del consumo energético.
También introduce novedades significativas como la redefinición de las unidades de convivencia, de manera que ahora dos unidades de convivencia podrán tener el mismo domicilio, siempre que los servicios sociales así lo consideren.
Pueden solicitar esta nueva ayuda a través de los servicios sociales municipales, todas las personas que carezcan de recursos económicos y que acrediten su residencia efectiva en algún municipio valenciano durante el último año, así como aquellas que hayan vivido en la Comunitat 5 años de los últimos 10.
La solicitud deberá presentarse según el modelo normalizado establecido por la Conselleria y que se encontrará a disposición de las personas interesadas en todos los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana e irá acompañada, en su caso, de la solicitud de Prestaciones Complementarias de ayuda a la vivienda y derechos energéticos reguladas en el decreto o también presentarse a través de la Sede Electrónica de la conselleria competente en materia de inclusión social
En cuanto al importe de la prestación, será, según el salario mínimo interprofesional a la que está referenciada, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Cuantía que puede verse incrementada hasta en un 25% en el caso de necesitar ayudas para vivienda y del 10% para la pobreza energética, con lo que las cuantías oscilarían entre los 643,91 y los 1.1011,86 euros.
Titulares de la renta
En líneas generales, para ser titulares de la renta, además del requisito de residencia, deben ser mayores de 25 años, pero también se contempla a los mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido entre 1-2 años de alta en la seguridad social y tengan un hogar independiente anterior; estén en situación de dependencia o diversidad funcional, en situación de orfandad, o que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para personas menores de edad.
Igualmente, pueden ser titulares personas mayores de 16 años cuando tengan personas con diversidad funcional o dependencia a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.
Comisión Técnica de Seguimiento
El reglamento normativo incluye la constitución de una Comisión Técnica de Seguimiento e Implementación de la Renta Valenciana de Inclusión en la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, como órgano de coordinación para garantizar la máxima eficiencia y utilidad para la ciudadanía valenciana.
Entre las funciones de dicha comisión cabe destacar el seguimiento y la evaluación del desarrollo de la ley, incluyendo la valoración de los resultados y los objetivos conseguidos, formular observaciones y propuestas, emitir un informe de impacto de la ley, con carácter bienal, en el que se incluirán los perfiles de las personas perceptoras, los resultados de inclusión social e inserción laboral, así como la coordinación de los departamentos del Consell y de las distintas administraciones implicadas para garantizar la inclusión social.
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ESTUDIO| Extensiones de pelo bajo sospecha: hallan compuestos asociados a cáncer y alteraciones hormonales
Publicado
hace 18 horasen
15 febrero, 2026
Un estudio científico ha identificado docenas de sustancias químicas potencialmente peligrosas en extensiones de pelo, incluidos productos elaborados con pelo humano. La investigación, considerada la más completa hasta la fecha en este tipo de productos de belleza, pone el foco en los posibles riesgos para la salud asociados al uso prolongado de extensiones, una industria que, según los autores, cuenta con una regulación limitada en muchos países.
El trabajo ha sido realizado por el Silent Spring Institute (Estados Unidos) y publicado en la revista Environment & Health de la American Chemical Society. Sus conclusiones llegan en un contexto de creciente preocupación por los efectos que ciertos productos capilares pueden tener en el organismo.
Un análisis exhaustivo de extensiones sintéticas y de cabello humano
Para elaborar el estudio, el equipo investigador analizó 43 productos populares de extensiones de cabello adquiridos tanto en tiendas físicas como en plataformas online. Las muestras incluían extensiones de fibras sintéticas y de origen biológico, como cabello humano, seda o fibras vegetales.
Las extensiones se clasificaron según su composición y características:
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Fibras sintéticas (principalmente polímeros plásticos).
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Fibras de origen biológico, incluido cabello humano.
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Productos resistentes al calor, ignífugos o impermeables.
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Extensiones etiquetadas como “ecológicas” o “no tóxicas”.
En total, 19 de las muestras sintéticas indicaban ser ignífugas, tres eran resistentes al agua, nueve resistentes al calor y varias se promocionaban como libres de PVC o no tóxicas.
Más de 900 compuestos detectados en las muestras
Los investigadores utilizaron una técnica de análisis no dirigido que permite detectar una amplia variedad de compuestos, incluso aquellos que no suelen buscarse en productos cosméticos. A través de cromatografía de gases bidimensional y espectrometría de masas de alta resolución, identificaron más de 900 firmas químicas en las muestras analizadas.
Posteriormente, mediante herramientas de aprendizaje automático, se compararon esas firmas con bases de datos químicas. El resultado fue la identificación de 169 sustancias químicas pertenecientes a nueve clases estructurales principales.
Sustancias relacionadas con cáncer y alteraciones hormonales
El estudio detectó en las extensiones de cabello diversas sustancias asociadas a riesgos para la salud, entre ellas:
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Retardantes de llama.
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Ftalatos.
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Pesticidas.
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Estireno.
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Tetracloroetano.
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Compuestos organoestánnicos.
Algunas de estas sustancias se han relacionado en investigaciones previas con cáncer, alteraciones hormonales, problemas de desarrollo y efectos en el sistema inmunitario.
Los resultados indican que todas las muestras, salvo dos, contenían sustancias potencialmente peligrosas, incluso aquellas etiquetadas como “no tóxicas”. Además, 48 de los compuestos detectados figuran en listas de sustancias peligrosas reconocidas internacionalmente, y 12 aparecen en la Proposición 65 de California, que advierte sobre químicos relacionados con cáncer o daños reproductivos.
También se hallaron 17 sustancias vinculadas al cáncer de mama en 36 de las muestras, algunas con capacidad de alterar el sistema hormonal.
Compuestos organoestánnicos y niveles por encima de lo recomendado
El estudio destaca la presencia de compuestos organoestánnicos en cerca del 10% de las muestras. En algunos casos, se detectaron concentraciones superiores a los niveles considerados seguros en la Unión Europea, donde este tipo de sustancias está regulado.
Estos compuestos se emplean habitualmente como estabilizadores térmicos en materiales plásticos y se han asociado a irritaciones cutáneas, una de las quejas más frecuentes entre usuarios de extensiones. También se han relacionado con alteraciones hormonales y riesgos de cáncer.
Por qué pueden suponer un riesgo para la salud
Las extensiones de cabello suelen tratarse con productos químicos para hacerlas más resistentes al calor, al fuego o a la humedad. Sin embargo, según los investigadores, las empresas rara vez detallan qué sustancias se utilizan en estos procesos.
El hecho de que las extensiones estén en contacto directo con el cuero cabelludo y el cuello aumenta la exposición potencial. Además, al aplicar calor para peinarlas o moldearlas, algunos compuestos podrían liberarse al aire y ser inhalados.
Los autores del estudio subrayan que todavía se necesita más investigación para comprender el impacto real de esta exposición, pero consideran necesario mejorar la transparencia y la regulación de estos productos.
Un mercado en crecimiento con escasa regulación
El mercado mundial de extensiones de cabello sigue creciendo y se prevé que supere los 14.000 millones de dólares en 2028. Este auge ha incrementado la preocupación por la seguridad de los productos, especialmente ante la falta de información clara sobre su composición.
Los investigadores consideran urgente reforzar la supervisión de esta industria y fomentar el desarrollo de productos más seguros. También sugieren que los consumidores deberían contar con advertencias más claras sobre la presencia de determinadas sustancias químicas.
La necesidad de más transparencia en los productos capilares
El estudio pone de relieve la importancia de que las marcas informen sobre los compuestos utilizados en la fabricación de extensiones. Según los autores, los consumidores deberían poder tomar decisiones informadas sobre los productos que utilizan de forma habitual.
Aunque la investigación se ha centrado en el mercado estadounidense, sus conclusiones tienen implicaciones globales, dado el carácter internacional de la industria de la belleza.
Los expertos insisten en que el objetivo no es alarmar, sino promover una mayor transparencia y regulación para garantizar la seguridad de quienes utilizan extensiones de cabello de forma regular.
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