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Entra en vigor el reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión

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guia autonomos 2023

El decreto del reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión elaborada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha entrado en vigor tras su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El texto normativo desarrolla aspectos concretos de la normativa y el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación que se rige por los criterios de simplificación, coordinación interadministrativa e interdepartamental y gestión telemática.

Asimismo, regula las modalidades de la renta valenciana de inclusión y sus complementos, las personas titulares, requisitos y obligaciones, establece las cuantías y su cálculo así como el procedimiento de concesión de la Renta.
También regula los criterios e indicadores que permiten a los servicios sociales municipales llevar a cabo la labor que la ley les encomienda, y aplicar de manera homogénea y personalizada los instrumentos de inclusión social.
Además, regula los órganos de coordinación y participación y los plazos de aplicación a los procedimientos en el primer año de funcionamiento de la norma.

La renta valenciana de inclusión, que sustituye a la renta garantizada de ciudadanía, incluye mejoras como la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento de tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática.

En concreto, este año se ponen en marcha dos de las cuatro modalidades de estas ayudas, la renta de garantía de ingresos mínimos, para los que no quieren someterse al plan de integración sociolaboral previsto por los técnicos de los servicios sociales; y la de inclusión social para los demandantes que sí acepten el plan de integración planteado por los especialistas para su inclusión social y búsqueda de empleo.
Con esta normativa, el Consell convierte la renta en un instrumento unificado que permite a las personas rehacer su proyecto de vida y también terminar con la burocracia y la gestión dispersa, de manera que se logre una mayor eficacia en la lucha contra la pobreza.

En este sentido, el reglamento prevé la posibilidad de que la renta tenga carácter indefinido, siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción, y una renovación cada 3 años y además, será necesario sólo un año de empadronamiento, frente a los 24 meses anteriores, exigiendo únicamente la residencia efectiva en la Comunitat Valenciana para tener derecho a la misma.
Además, contempla que la prestación económica prevista en la ley podrá ampliarse hasta en un 25% adicional para cubrir los gastos derivados de la vivienda, en el caso de que ésta sea residencia habitual, y del consumo energético.

También introduce novedades significativas como la redefinición de las unidades de convivencia, de manera que ahora dos unidades de convivencia podrán tener el mismo domicilio, siempre que los servicios sociales así lo consideren.
Pueden solicitar esta nueva ayuda a través de los servicios sociales municipales, todas las personas que carezcan de recursos económicos y que acrediten su residencia efectiva en algún municipio valenciano durante el último año, así como aquellas que hayan vivido en la Comunitat 5 años de los últimos 10.
La solicitud deberá presentarse según el modelo normalizado establecido por la Conselleria y que se encontrará a disposición de las personas interesadas en todos los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana e irá acompañada, en su caso, de la solicitud de Prestaciones Complementarias de ayuda a la vivienda y derechos energéticos reguladas en el decreto o también presentarse a través de la Sede Electrónica de la conselleria competente en materia de inclusión social

En cuanto al importe de la prestación, será, según el salario mínimo interprofesional a la que está referenciada, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Cuantía que puede verse incrementada hasta en un 25% en el caso de necesitar ayudas para vivienda y del 10% para la pobreza energética, con lo que las cuantías oscilarían entre los 643,91 y los 1.1011,86 euros.

Titulares de la renta
En líneas generales, para ser titulares de la renta, además del requisito de residencia, deben ser mayores de 25 años, pero también se contempla a los mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido entre 1-2 años de alta en la seguridad social y tengan un hogar independiente anterior; estén en situación de dependencia o diversidad funcional, en situación de orfandad, o que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para personas menores de edad.

Igualmente, pueden ser titulares personas mayores de 16 años cuando tengan personas con diversidad funcional o dependencia a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.

Comisión Técnica de Seguimiento
El reglamento normativo incluye la constitución de una Comisión Técnica de Seguimiento e Implementación de la Renta Valenciana de Inclusión en la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, como órgano de coordinación para garantizar la máxima eficiencia y utilidad para la ciudadanía valenciana.
Entre las funciones de dicha comisión cabe destacar el seguimiento y la evaluación del desarrollo de la ley, incluyendo la valoración de los resultados y los objetivos conseguidos, formular observaciones y propuestas, emitir un informe de impacto de la ley, con carácter bienal, en el que se incluirán los perfiles de las personas perceptoras, los resultados de inclusión social e inserción laboral, así como la coordinación de los departamentos del Consell y de las distintas administraciones implicadas para garantizar la inclusión social.

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Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

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Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

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