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Entra en vigor el reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión

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guia autonomos 2023

El decreto del reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión elaborada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha entrado en vigor tras su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El texto normativo desarrolla aspectos concretos de la normativa y el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación que se rige por los criterios de simplificación, coordinación interadministrativa e interdepartamental y gestión telemática.

Asimismo, regula las modalidades de la renta valenciana de inclusión y sus complementos, las personas titulares, requisitos y obligaciones, establece las cuantías y su cálculo así como el procedimiento de concesión de la Renta.
También regula los criterios e indicadores que permiten a los servicios sociales municipales llevar a cabo la labor que la ley les encomienda, y aplicar de manera homogénea y personalizada los instrumentos de inclusión social.
Además, regula los órganos de coordinación y participación y los plazos de aplicación a los procedimientos en el primer año de funcionamiento de la norma.

La renta valenciana de inclusión, que sustituye a la renta garantizada de ciudadanía, incluye mejoras como la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento de tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática.

En concreto, este año se ponen en marcha dos de las cuatro modalidades de estas ayudas, la renta de garantía de ingresos mínimos, para los que no quieren someterse al plan de integración sociolaboral previsto por los técnicos de los servicios sociales; y la de inclusión social para los demandantes que sí acepten el plan de integración planteado por los especialistas para su inclusión social y búsqueda de empleo.
Con esta normativa, el Consell convierte la renta en un instrumento unificado que permite a las personas rehacer su proyecto de vida y también terminar con la burocracia y la gestión dispersa, de manera que se logre una mayor eficacia en la lucha contra la pobreza.

En este sentido, el reglamento prevé la posibilidad de que la renta tenga carácter indefinido, siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción, y una renovación cada 3 años y además, será necesario sólo un año de empadronamiento, frente a los 24 meses anteriores, exigiendo únicamente la residencia efectiva en la Comunitat Valenciana para tener derecho a la misma.
Además, contempla que la prestación económica prevista en la ley podrá ampliarse hasta en un 25% adicional para cubrir los gastos derivados de la vivienda, en el caso de que ésta sea residencia habitual, y del consumo energético.

También introduce novedades significativas como la redefinición de las unidades de convivencia, de manera que ahora dos unidades de convivencia podrán tener el mismo domicilio, siempre que los servicios sociales así lo consideren.
Pueden solicitar esta nueva ayuda a través de los servicios sociales municipales, todas las personas que carezcan de recursos económicos y que acrediten su residencia efectiva en algún municipio valenciano durante el último año, así como aquellas que hayan vivido en la Comunitat 5 años de los últimos 10.
La solicitud deberá presentarse según el modelo normalizado establecido por la Conselleria y que se encontrará a disposición de las personas interesadas en todos los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana e irá acompañada, en su caso, de la solicitud de Prestaciones Complementarias de ayuda a la vivienda y derechos energéticos reguladas en el decreto o también presentarse a través de la Sede Electrónica de la conselleria competente en materia de inclusión social

En cuanto al importe de la prestación, será, según el salario mínimo interprofesional a la que está referenciada, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Cuantía que puede verse incrementada hasta en un 25% en el caso de necesitar ayudas para vivienda y del 10% para la pobreza energética, con lo que las cuantías oscilarían entre los 643,91 y los 1.1011,86 euros.

Titulares de la renta
En líneas generales, para ser titulares de la renta, además del requisito de residencia, deben ser mayores de 25 años, pero también se contempla a los mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido entre 1-2 años de alta en la seguridad social y tengan un hogar independiente anterior; estén en situación de dependencia o diversidad funcional, en situación de orfandad, o que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para personas menores de edad.

Igualmente, pueden ser titulares personas mayores de 16 años cuando tengan personas con diversidad funcional o dependencia a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.

Comisión Técnica de Seguimiento
El reglamento normativo incluye la constitución de una Comisión Técnica de Seguimiento e Implementación de la Renta Valenciana de Inclusión en la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, como órgano de coordinación para garantizar la máxima eficiencia y utilidad para la ciudadanía valenciana.
Entre las funciones de dicha comisión cabe destacar el seguimiento y la evaluación del desarrollo de la ley, incluyendo la valoración de los resultados y los objetivos conseguidos, formular observaciones y propuestas, emitir un informe de impacto de la ley, con carácter bienal, en el que se incluirán los perfiles de las personas perceptoras, los resultados de inclusión social e inserción laboral, así como la coordinación de los departamentos del Consell y de las distintas administraciones implicadas para garantizar la inclusión social.

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Consumo

Huelga en aeropuertos en Semana Santa: qué hacer si tu vuelo se retrasa o cancela y cómo reclamar

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La Groundforce ha iniciado una huelga que afecta a más de 3.000 trabajadores del personal de tierra en una docena de aeropuertos españoles en plena Semana Santa 2026.

Este paro, convocado por CCOO, UGT y USO, puede provocar retrasos y cancelaciones de vuelos, afectando a miles de pasajeros.


✈️ Aeropuertos afectados y horarios de la huelga

La huelga se desarrolla los lunes, miércoles y viernes en tres franjas horarias:

  • ⏰ 05:00 a 07:00
  • ⏰ 11:00 a 17:00
  • ⏰ 22:00 a 00:00

Los aeropuertos afectados incluyen:

  • Aeropuerto de Alicante-Elche
  • Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas
  • Aeropuerto de Barcelona-El Prat
  • Aeropuerto de Valencia
  • Málaga, Bilbao, Palma de Mallorca, Ibiza, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura y Las Palmas

⚠️ Qué pasa si tu vuelo se retrasa o cancela

Si tu vuelo se ve afectado por la huelga, tienes derechos como pasajero. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda actuar rápidamente.


💸 Cómo pedir la devolución del billete

Puedes solicitar el reembolso completo en estos casos:

  • Cancelación del vuelo
  • Retrasos superiores a 5 horas

👉 La aerolínea debe devolver el dinero en un plazo máximo de 7 días.

⚠️ Si aceptas un transporte alternativo, pierdes el derecho al reembolso.


💰 Indemnizaciones por cancelación

Además del reembolso, puedes recibir compensación económica según la distancia:

  • ✈️ Hasta 1.500 km: 250 €
  • ✈️ Entre 1.500 y 3.500 km: 400 €
  • ✈️ Más de 3.500 km: 600 €

👉 Estas cantidades pueden reducirse si la aerolínea ofrece un vuelo alternativo con poco retraso.


🍽️ Derecho de atención al pasajero

Si tu vuelo se retrasa más de 2 horas, la compañía debe ofrecerte:

  • Comida y bebida gratuita
  • Dos llamadas o acceso a internet/email
  • Alojamiento si es necesario
  • Transporte entre hotel y aeropuerto

📅 ¿Cuánto durará la huelga?

El paro es indefinido y, aunque hay negociaciones en marcha, los sindicatos no descartan ampliarlo a fines de semana o prolongarlo durante el año si no hay acuerdo.


🧾 Consejos para reclamar correctamente

  • Guarda billetes, tarjetas de embarque y recibos
  • Solicita justificantes del retraso o cancelación
  • Reclama directamente a la aerolínea
  • Si no responden, acude a organismos de consumo

🧳 Semana Santa complicada en aeropuertos

La huelga del personal de Groundforce llega en uno de los periodos con más viajes del año, lo que puede provocar colas, retrasos y cambios de última hora.

Planificar con antelación y conocer tus derechos será clave para evitar problemas en tus vacaciones.

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