Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

España pondrá las primeras dosis de AstraZeneca a los sanitarios no de primera línea

Publicado

en

luces y sombras de la vacuna de astrazeneca
EFE/EPA/NARENDRA SHRESTHA/Archivo

Madrid, 4 feb (EFE).- La Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha optado este jueves por reservar las primeras dosis de la vacuna de AstraZeneca que empezarán a llegar este fin de semana a los profesionales sanitarios y sociosanitarios en activo que no sean de primera línea.

No ha decidido aún, sin embargo, si se recomendará el uso de este fármaco en los mayores de 65 años, para lo que la Comisión se ha emplazado a una nueva reunión mañana por la tarde, la tercera de la semana.

De momento, en la de hoy, ha acordado que con la vacuna de AstraZeneca, cuyas primeras dosis empezarán a llegar este fin de semana, se empiece a inmunizar a los profesionales sanitarios y sociosanitarios en activo que no están incluidos en los grupos 2 y 3 de la estrategia de vacunación.

El primero lo conforman los profesionales de primera línea de los dos ámbitos y, el segundo, otro personal sanitario y sociosanitario que no es de primera línea pero que la situación epidemiológica aconsejaba priorizar (trabajadores de ámbito hospitalario y de atención primaria; personal de odontología, higiene dental y otro personal sanitario que atiende a pacientes sin mascarilla y durante un tiempo superior a 15 minutos).

La mayor parte de los países europeos ya ha decidido no aplicarla en mayores de 65 años ante la falta de información sobre la eficacia en este colectivo, ya en los ensayos solo participaron personas de entre 18 y 55 años, tramo de edad para el que la Agencia Europea del Medicamento (EMA, por sus siglas en inglés) emitió su dictamen favorable.

De esta forma, países como Alemania o Francia la han descartado para mayores de 65, pero otros como Italia o Bélgica la han aconsejado solo para menores de 55.

Pero en España, de momento, está solo descartada para las personas de más de 80 años, para las que España ha reservado las vacunas de ARN mensajero que, por el momento, son las de Pfizer y Moderna, tal y como explicó ayer la ministra de Sanidad, Carolina Darias.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

Publicado

en

Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo