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España es el tercer país de la Unión Europea con menos graduados universitarios trabajando

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Suspenso masivo en las oposiciones a docentes

Según el informe anual sobre Educación y Formación de la Comisión Europea, España tiene un 72,3% de graduados universitarios con empleo, lo que supone que sea el tercer país de la Unión Europea con menos graduados universitarios trabajando en 2016. El porcentaje español está muy por debajo de la media europea que se eleva al 82,2%.

Por delante de España están Grecia con un 55% de graduados trabajando e Italia con un 61,3%. Sin embargo, cabe destacar que la tasa de empleo de universitarios españoles ha mejorado 5,5 puntos desde 2013 aunque aún queda mucho para llegar al 85,3% anterior a la crisis económica.

Por otra parte, España registra también el tercer puesto en la peor tasa de empleo entre los graduados de Bachillerato y Educación Postsecundaria, que cuenta con un 56,8% frente al 72,6% de media europea. En esta lista, Grecia (37,8%) e Italia (45,6%) vuelven a ser los dos países con peores porcentajes de la UE.

En cuanto al conjunto de recién graduados con edades comprendidas entre 20 y 34 años que han encontrado trabajo, la tasa de empleo cae hasta el 68%, cifra muy inferior a la media europea de 78,2%. Así, se sitúa también en tercer lugar tras Grecia (49,2%) e Italia (52,9%).

Por su parte, la tasa de abandono escolar española es 10,7%, siendo el segundo país con más abandono escolar temprano de la UE. Malta es el único país que registra mayor tasa de abandono escolar con un 19,6%.

En concreto, este informe se realiza para marcar objetivos en educación año tras año. La UE se ha puesto el objetivo de que el 82% de los jóvenes tarden menos de tres años en encontrar trabajo tras graduarse en Bachillerato o formación Profesional de grado medio en 2020.

Con estos resultados, el Ejecutivo comunitario ha advertido que España necesita «mejorar» la adaptación al mercado laboral de los jóvenes y «aumentar la atractividad» de los programas de Formación Profesional.

El 35,2% de los estudiantes de educación secundaria en España optaron por la FP en 2015 en España, un 1,2% más que el año anterior pero todavía lejos de la media europea. La tasa de empleo de los graduados de FP en España se situó en el 61,3% en 2016, muy por debajo de la media europea.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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