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Estas son las medidas para las visitas al cementerio en Todos los Santos

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propuesta del Ayuntamiento de València para enterrar a las personas

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha publicado un protocolo de medidas sanitarias específico para la próxima festividad de Todos los Santos, en previsión de la asistencia masiva a los cementerios de la Comunitat Valenciana.

El protocolo incide en las medidas de protección e higiene ya acordadas por el Pleno del Consell frente a la COVID-19, como el mantenimiento de la distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros.

Para ello, se establece un control de aforo para asegurar que la ocupación del cementerio no exceda de una persona por 2,25 metros cuadrados, incluyendo al personal. Del mismo modo, se establecen circuitos de entrada y salida diferenciados, con itinerarios dirigidos en una dirección para evitar contacto y aglomeraciones. También se facilitará mantener esta distancia con marcas en el suelo, balizas, cartelería y señalización específica.

La Conselleria de Sanidad recuerda en este protocolo que el uso de mascarilla es obligatorio en todo momento, salvo en los casos ya contemplados de personas dependientes, problemas de conducta derivados de su uso o que presenten enfermedades que puedan agravarse por su utilización.

Por otro lado, la entidad titular o responsable de las instalaciones ha de asegurar que se adoptan las medidas de limpieza adecuadas al espacio y afluencia, donde prestará especial atención a aquellos espacios de uso común. Las papeleras serán de pedal y tapa para el material desechado del proceso de limpieza.

El protocolo indica la necesidad de poner a disposición de las visitas dispensadores de gel hidroalcóholico o desinfectantes con viricida, en condiciones de uso, autorizados y registrados, en un lugar visible y en la entrada.

Finalmente, se recuerda que el uso de aseos con una superficie inferior a 4 metros cuadrados se limita a una persona, salvo en casos de personas dependientes que precisen de ayuda. Para espacios superiores, el uso de aseos queda limitado al 50% de su capacidad.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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