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Extremadura detecta un caso de infección por la variante india

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Mérida, 2 may (EFE).- La Junta de Extremadura ha confirmado por secuenciación la infección por coronavirus en su variante india de una persona que llegó de otra comunidad autónoma entre los días 19 y 20 de abril, donde estaba haciendo un máster internacional.

Desde entonces, ha permaneciendo aislado en el domicilio familiar en todo momento, ha informado este domingo el Ejecutivo regional en un comunicado.

El día 20 se le realizó una PCR en Extremadura, en la que dio positivo, y se procedió a su aislamiento estricto, además de comprobar que su red de contactos se ciñe a su familia.

La persona procedía de una región en la que estaba realizando un máster internacional, que se celebraba entre los días 12 al 18 de abril y que fue suspendido por la organización al detectar un positivo el pasado día 16.

Esta persona, en la encuesta epidemiológica, comenzó con síntomas el pasado día 19 de abril y en el seguimiento clínico declaró que en la citada actividad formativa había estado en contacto con un ciudadano de origen indio.

Sus contactos estrechos han sido asintomáticos y él ha tenido síntomas leves. La PCR de control efectuada el 30 de abril fue negativa.

Ante esto, se ha procedido a secuenciar la muestra obtenida el día 20 y este sábado se confirmó en el laboratorio de microbiología de Badajoz que era variante india.

Las autoridades sanitarias extremeñas ha informado de lo ocurrido a la comunidad autónoma de origen y el próximo día 3 de mayo se enviará la muestra a Majadahonda (Madrid), al Centro Nacional de Microbiología, para la segunda y definitiva confirmación.

La Junta ha agradecido la colaboración que en todo momento ha mostrado la persona infectada.

Tras dar negativo en la PCE esta persona y sus contactos estrechos, el estudio se completará con una serología que muestre que la infección está pasada para proceder a su alta epidemiológica.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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