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F1| Camps pide a la juez citar a Garzón como testigo para averiguar su relación con los abogados de Costa y El Bigotes

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VALÈNCIA, 16 Oct. (EUROPA PRESS) – El expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps ha pedido a la juez del Juzgado de Instrucción número 17 de València, que investiga las adjudicaciones en la construcción del circuito urbano de Fórmula 1, que cite a declarar como testigo a Baltasar Garzón, a raíz de unas declaraciones judiciales de Pablo Crespo, exsecretario de Organización del PP en Galicia y condenado a 37 años y medio de prisión por la primera época de actividades de la trama Gürtel, en las que atribuía al exjuez la relación y coordinación de los abogados de Ricardo Costa y Álvaro Pérez El Bigotes.

Así consta en un escrito con fecha 10 de octubre, en la que la defensa de Camps recuerda que Costa, ex secretario general del PPCV, prestó declaración voluntaria como testigo ante Fiscalía sobre los hechos investigados en esta pieza, declarada secreta, y manifestó que esa comparecencia no obedecía a ningún acuerdo alcanzado con el fiscal en la causa seguida en la Audiencia Nacional y en la que atribuyó a su antiguo jefe la decisión de contratar con la empresa Orange Market de Álvaro Pérez, vinculada a la Gürtel, para organizar los actos de campaña de las elecciones de 2007 y generales de 2008 y que se financiasen en parte con dinero negro.

En el seno de este caso, Crespo declaró como testigo el pasado 6 de septiembre y, según consta en el escrito de la defensa de Camps, fue preguntado por el interés de Costa en realizar esas manifestaciones en la causa en la Audiencia Nacional en la que fue sentenciado a cuatro años de cárcel, condena que no recurrió y resultaba coincidente con la petición de Anticorrupción.

Así, en el escrito, la defensa de Camps señala que Crespo atribuyó esa declaración de Costa que ha provocado la investigación a su cliente a «la relación más allá de la coincidencia en juicio entre el Señor A.Pérez y el Sr R.Costa, sus abogados, el letrado Sr. Vasallo (personado en esta causa) y el Sr. Manuel Ollé, atribuyendo la relación y coordinación de estos entre sí y sus clientes para este particular al abogado ejerciente Sr. D. Baltasar Garzón».

Además, apunta los «últimos acontecimientos que se han conocido entorno a estos señores de continuo y reciente reflejo mediático» y las revelaciones «de la investigación seguida por un juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional al respecto de la participación del referido Sr. Garzón y la sociedad de servicios que administra» en «pactos, acuerdos y encomiendas en el seno de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, pone de relieve la declaración del Sr. Crespo y, por tanto, la plausible veracidad de la misma, frente a la más que probable mendacidad de las manifestaciones del Sr. Costa y por ende el interés espurio en el que estas se fundaran».

Por ello, la defensa de Camps ve oportuno, para «dar luz» a la controversia, la declaración como testigo de Garzón «toda vez que si no fuera abogado de ninguno de los autores de los testimonios controvertidos quedaría libre de excusar su conocimiento en el secreto profesional y por tanto habilitado para testificar» sobre estos extremos.

En su declaración como testigo en esta pieza, Crespo afirmó que Costa había estado ayudando a Pérez en los diez años de «problemas judiciales» y que mantenían una estrategia «conjunta» con reuniones de sus abogados, desconociendo los beneficios procesales que pudiera tener el ex secretario general del PPCV, al tiempo que negó que hubiera llamada a Camps en la reunión en la que Costa propuso la facturación a empresas constructoras para hacer frente a la situación de Orange Market por la deuda que mantenía con el partido.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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