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Generalitat abre expediente informativo a El Corte Inglés por fomentar una visión «estereotipada» de la madre

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VALÈNCIA, 6 May. (EUROPA PRESS) –

La dirección general de Comercio y Consumo de la Conselleria de Economía Sostenible ha iniciado este lunes actuaciones previas a la apertura de un expediente sancionador contra El Corte Inglés por su campaña publicitaria para el ‘Día de la Madre’, una campaña que cree que puede «fomentar el estereotipo de madre que resigna a las mujeres a cumplir con su papel de ‘buena madre’ basado en la entrega, por encima del resto de identidades».

Así se recoge en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que requiere a El Corte Inglés para que aporte información sobre dicha campaña, «a efectos de valorar su posible calificación como infracción de las normas de protección de las personas consumidoras».
El cartel principal de la campaña con motivo del ‘Día de la Madre’ dice: «97% entregada, 3% egoísmo, 0% quejas».

Consumo ha emprendido estas acciones tras recibir una queja de la Secretaría Autonómica de Inclusión e Igualdad que le solicita que analice, -tanto en base de la legislación materia de igualdad como de consumo-, las posibles consecuencias de una publicidad que a su entender «fomenta el estereotipo de la madre que resigna a las mujeres a cumplir con su papel de ‘buena madre’ basado en la entrega por encima del resto de identidades que la conformen».

Para esta Secretaría, «es necesario romper los estereotipos patriarcales que someten a la mujer a su vertiente de madre sobre el resto y trabajar para acabar con la presión social a la que las mujeres, desde pequeñas, sienten acerca de la maternidad». En este sentido, insiste: «la maternidad representa una parte más de la identidad de las mujeres al resto de identidades de la mujer para materializarse».

COSTA: «UNA CAMPAÑA PROPIA DEL SIGLO XIX»
Tras recibir este escrito, Comercio requiere a El Corte Inglés para que aporte información sobre esta campaña, cuyos anuncios –recuerda– han tenido «amplia repercusión negativa» en diversos sectores de la sociedad. Para el director general, Natxo Costa, esta es una campaña más propia del «siglo XIX» que del siglo XXI, pero en todo caso, insta a esperar las alegaciones que presente la compañía.

En su requerimiento, Comercio basa su petición en normativas como la Ley 34/1988, del 11 de noviembre, General de Publicidad, que establece que es «ilícita» la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren los artículos 14, 18 y 20.

«Se entenderán incluidos los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género».

Así mismo, la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, completa dicha normativa en su artículo 18.1, que dispone: «Además de lo dispuesto en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, en relación con la publicidad ilícita, está prohibida toda comunicación comercial que vulnere la dignidad humana o fomente la discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, nacionalidad, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual. Igualmente está prohibida toda publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio».

Igualmente, su artículo 7, referido a los derechos de las personas de menor edad, dispone que: «Las comunicaciones comerciales no deberán producir perjuicio moral o físico a los menores. En consecuencia tendrán las siguientes limitaciones: (…) e) No deben incitar conductas que favorezcan la desigualdad entre hombres y mujeres».

Además, la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE, sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de la radiodifusión televisiva, señala que «la publicidad o la tele venta dirigidas a menores deberá transmitir una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres».

Asimismo, la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, dispone en su artículo 65.5 que «constituyen infracciones en materia de normalización técnica, documentación y condiciones o técnicas de venta y suministro de productos y
servicios» como «el uso de prácticas comerciales desleales con las personas consumidoras y usuarias y la realización de publicidad ilícita, infringiendo lo dispuesto por las disposiciones aplicables».

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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.

El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.

El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda

El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.

PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.

La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.

Junts mantiene su rechazo a los decretos

El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.

Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.

El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.

¿Qué medidas dejan de estar vigentes?

La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.

También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.

La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.

El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas

El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.

La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.

La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.

El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda

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