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Condenan a un guía de Les Corts por agresión sexual a una menor en una visita escolar

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Vista de una sala de juicios vacía. EFE/Emilio Naranjo/Archivo

València, 28 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).- La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y tres meses de prisión a un trabajador de Les Corts Valencianes por agredir sexualmente a una menor de edad durante una visita escolar al Parlamento valenciano en octubre de 2022.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE tras el juicio celebrado el pasado día 12, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros por daños morales y además se le impone un año de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de la pena de prisión.

También se fija una inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo superior en dos años a la condena impuesta.

La Audiencia ha decidido imponerle una pena de prisión «ligeramente superior a la mínima», habida cuenta de que el acusado cometió el delito en su lugar de trabajo, mientras realizaba una excursión guiada por el mismo, lo que supone una agresión a la menor en un contexto que era totalmente inesperado para ella.

Según los hechos probados, este trabajador era el guía que realizaba la visita en Les Corts Valencianes el 13 de octubre de 2022 del grupo escolar del que formaba parte la víctima, que entonces tenía 14 años de edad.

Así sucedieron los hechos

Durante un momento de la visita en el que el profesor estaba atendiendo a otros alumnos, el guía cogió a la menor por la cintura y desplazó su mano hasta su glúteo, para posteriormente desplazar la mano hacia sus genitales, sin que esto último llegue a producirse, al apartarse ella y salir del lugar en que se encontraban.

Los tocamientos fueron presenciados por algunos compañeros de la menor, quien huyó del lugar asustada y quedó en estado de ‘shock’ y llorando, y relató los hechos a su profesor y sus padres, que interpusieron la correspondiente denuncia.

La defensa alegó que no podía existir ánimo libidinoso, al ser el autor de los hechos homosexual, pero la Audiencia afirma que eso «no obsta en absoluto la posibilidad de un ataque corporal» y añade que el acusado «puede tener distintos gustos sexuales».

Asimismo, apunta que «el hecho de estar casado con un hombre no obsta que también pueda disfrutar de actos cometidos sobre mujeres, o que inclusive, sean realizados sin animo libidinoso, por mero sentimiento de superioridad, poder o, incluso, por mero fetiche».

Además, da credibilidad a la víctima frente al acusado pues su declaración se produjo en varias ocasiones, sin que existieran contradicciones en su testimonio y exponiendo los hechos con claridad, y no se ha probado la posible existencia de ánimos o posible móvil espurio.

Condenado un guía de Les Corts Valencianes por agresión sexual

La Sala estima la concurrencia de un delito de agresión sexual de menor entidad porque ese tocamiento, «aun siendo este un ataque serio, de gravedad y a una menor de corta edad», fue «un único ataque, fugaz, dirigido a partes de especial protección del cuerpo, como son cadera y glúteos».

Indica que la actuación de la menor «evitó sin duda que se produjera el tocamiento del órgano genital», y por ello considera que «la conducta solo reviste carácter de menor entidad».

«Se trata de actos que no son cometidos bajo violencia o intimidación. Por supuesto, sin acceso carnal. Son tocamientos producidos por encima de la ropa, fugaces y en un único acto, por lo que el resultado material de lesión del bien jurídico protegido puede calificarse como particularmente leve», recoge la sentencia.

La Sala ve «innegable que existe un perjuicio lógico derivado del propio acto sexual, y que este tiene una incidencia en la menor, pero no de relevancia sustancial como para poder aplicar el tipo ordinario y no el atenuado».

No obstante, deja claro que ello «no obsta a la causación de un perjuicio moral, pues la menor ve afectado su rendimiento escolar consecuencia de esta situación», que además le ha afectado a sus relaciones sociales.

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Detenidos el anestesista y la dueña de la clínica de Alzira tras la muerte de una niña de seis años

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Muere una niña de 6 años tras tratamiento dental Alzira
Cartel en la clínica dental donde fue tratada la menor - EUROPA PRESS

VALÈNCIA, 3 de diciembre de 2025 – La Policía Nacional ha detenido este miércoles al anestesista y a la dueña de la clínica dental de Alzira donde una niña de seis años falleció y otra menor de cuatro años tuvo que ser hospitalizada durante varios días tras un procedimiento de sedación. Los arrestos se producen en el marco de la investigación por presunta mala praxis médica, homicidio imprudente y delitos contra la salud pública.


Arrestos y cargos

El anestesista, de 43 años y nacionalidad española, fue detenido en València a primera hora de la mañana por presuntos delitos de:

  • Homicidio imprudente

  • Lesiones

  • Omisión del deber de socorro

  • Delitos contra la salud pública

  • Hurto

Horas más tarde, en Alzira, la dueña de la clínica, de 50 años, fue arrestada como presunta autora de delitos de:

  • Omisión del deber de socorro

  • Delitos contra la salud pública

Ambos ya habían prestado declaración ante el Servicio de Inspección de la Conselleria de Sanidad y ante la Policía Nacional, que ahora continúa con las gestiones para esclarecer completamente los hechos.


Cronología de los hechos

El incidente ocurrió el 20 de noviembre de 2025 en la clínica dental de Alzira:

  1. Las dos menores, de cuatro y seis años, acudieron junto a sus familiares para tratamientos dentales.

  2. La niña de seis años presentó complicaciones graves y fue trasladada al Hospital de La Ribera, llegando en parada cardiorrespiratoria. Los médicos intentaron reanimarla sin éxito.

  3. La menor de cuatro años también fue ingresada por fiebre, vómitos y somnolencia, siendo trasladada a la UCI pediátrica del Hospital Clínico tras estabilizarla. La menor recibió el alta médica este martes.

La dueña de la clínica declaró que la niña fallecida salió del centro “aparentemente bien” y que la sedación aplicada no era anestesia general, sino un procedimiento para la extracción de dientes de leche y colocación de empastes.


Investigación en curso

El Grupo de Homicidios de la Jefatura Superior de Policía de la Comunitat Valenciana lidera la investigación. Los agentes ya registraron la clínica y el domicilio del anestesista. Se indaga si hubo mala praxis, errores en la administración de sedación y responsabilidades en la supervisión médica del centro.

Las autoridades mantienen abierta la investigación para determinar la cadena de responsabilidades y la posible imputación de otros profesionales relacionados con los tratamientos realizados en la clínica.


Repercusiones

Este caso ha generado gran conmoción en Alzira y en la Comunitat Valenciana, especialmente entre los padres de menores que acuden a clínicas dentales privadas. Las autoridades sanitarias y policiales enfatizan la necesidad de extremar los controles en sedaciones pediátricas y procedimientos dentales con anestesia o sedación consciente.

 

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