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Condenan a un guía de Les Corts por agresión sexual a una menor en una visita escolar

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Vista de una sala de juicios vacía. EFE/Emilio Naranjo/Archivo

València, 28 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).- La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y tres meses de prisión a un trabajador de Les Corts Valencianes por agredir sexualmente a una menor de edad durante una visita escolar al Parlamento valenciano en octubre de 2022.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE tras el juicio celebrado el pasado día 12, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros por daños morales y además se le impone un año de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de la pena de prisión.

También se fija una inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo superior en dos años a la condena impuesta.

La Audiencia ha decidido imponerle una pena de prisión «ligeramente superior a la mínima», habida cuenta de que el acusado cometió el delito en su lugar de trabajo, mientras realizaba una excursión guiada por el mismo, lo que supone una agresión a la menor en un contexto que era totalmente inesperado para ella.

Según los hechos probados, este trabajador era el guía que realizaba la visita en Les Corts Valencianes el 13 de octubre de 2022 del grupo escolar del que formaba parte la víctima, que entonces tenía 14 años de edad.

Así sucedieron los hechos

Durante un momento de la visita en el que el profesor estaba atendiendo a otros alumnos, el guía cogió a la menor por la cintura y desplazó su mano hasta su glúteo, para posteriormente desplazar la mano hacia sus genitales, sin que esto último llegue a producirse, al apartarse ella y salir del lugar en que se encontraban.

Los tocamientos fueron presenciados por algunos compañeros de la menor, quien huyó del lugar asustada y quedó en estado de ‘shock’ y llorando, y relató los hechos a su profesor y sus padres, que interpusieron la correspondiente denuncia.

La defensa alegó que no podía existir ánimo libidinoso, al ser el autor de los hechos homosexual, pero la Audiencia afirma que eso «no obsta en absoluto la posibilidad de un ataque corporal» y añade que el acusado «puede tener distintos gustos sexuales».

Asimismo, apunta que «el hecho de estar casado con un hombre no obsta que también pueda disfrutar de actos cometidos sobre mujeres, o que inclusive, sean realizados sin animo libidinoso, por mero sentimiento de superioridad, poder o, incluso, por mero fetiche».

Además, da credibilidad a la víctima frente al acusado pues su declaración se produjo en varias ocasiones, sin que existieran contradicciones en su testimonio y exponiendo los hechos con claridad, y no se ha probado la posible existencia de ánimos o posible móvil espurio.

Condenado un guía de Les Corts Valencianes por agresión sexual

La Sala estima la concurrencia de un delito de agresión sexual de menor entidad porque ese tocamiento, «aun siendo este un ataque serio, de gravedad y a una menor de corta edad», fue «un único ataque, fugaz, dirigido a partes de especial protección del cuerpo, como son cadera y glúteos».

Indica que la actuación de la menor «evitó sin duda que se produjera el tocamiento del órgano genital», y por ello considera que «la conducta solo reviste carácter de menor entidad».

«Se trata de actos que no son cometidos bajo violencia o intimidación. Por supuesto, sin acceso carnal. Son tocamientos producidos por encima de la ropa, fugaces y en un único acto, por lo que el resultado material de lesión del bien jurídico protegido puede calificarse como particularmente leve», recoge la sentencia.

La Sala ve «innegable que existe un perjuicio lógico derivado del propio acto sexual, y que este tiene una incidencia en la menor, pero no de relevancia sustancial como para poder aplicar el tipo ordinario y no el atenuado».

No obstante, deja claro que ello «no obsta a la causación de un perjuicio moral, pues la menor ve afectado su rendimiento escolar consecuencia de esta situación», que además le ha afectado a sus relaciones sociales.

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Muere un trabajador tras caer por el tragaluz de una nave industrial en Albal

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Muere trabajador tragaluz Albal

Un nuevo accidente laboral mortal vuelve a sacudir el área industrial de l’Horta Sud. Un trabajador de 52 años ha fallecido este lunes 22 de diciembre tras precipitarse desde la cubierta de una nave situada en Albal, después de que cediera un tragaluz por el que cayó desde una altura aproximada de diez metros.

El suceso se produjo durante la mañana, cuando el operario realizaba labores de mantenimiento en el tejado de una empresa dedicada a estructuras metálicas para la instalación de paneles solares. Según las primeras informaciones, el trabajador estaba revisando el sistema de aire acondicionado de la nave cuando el tragaluz se rompió, provocando la caída al interior de las instalaciones.

Quinta muerte laboral en poco más de un año en la zona industrial

Este nuevo fallecimiento eleva a cinco las muertes por siniestralidad laboral registradas en poco más de un año en el entorno industrial de Albal y Beniparrell, en un radio inferior a un kilómetro, lo que vuelve a poner el foco en la seguridad en los trabajos en altura y en las condiciones laborales en este tipo de instalaciones.

El trabajador no llevaba arnés de seguridad

Fuentes consultadas han señalado que el operario no portaba arnés de seguridad en el momento del accidente. Como consecuencia de la caída, sufrió graves traumatismos, especialmente un fuerte golpe en la cabeza, que resultó determinante.

Hasta el lugar del siniestro se desplazaron rápidamente efectivos sanitarios del SAMU, que intentaron reanimar al trabajador durante varios minutos. Sin embargo, los esfuerzos resultaron inútiles y su fallecimiento fue confirmado pasadas las once de la mañana.

Un compañero sufre una crisis de ansiedad

En el momento del accidente, otro trabajador se encontraba junto a la víctima en la cubierta de la nave. Tras presenciar la caída y no poder hacer nada por evitarla, sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que ser atendido en el lugar.

También acudieron efectivos de la Policía Local de Albal y de la Guardia Civil, concretamente de la demarcación de Alfafar, además de la ambulancia medicalizada.

Investigación judicial y de Inspección de Trabajo

Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil se han hecho cargo de la investigación de este nuevo accidente laboral mortal para esclarecer las circunstancias exactas de lo ocurrido. Asimismo, un inspector de Trabajo se ha desplazado hasta la nave para comprobar si se cumplía la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja ha autorizado el levantamiento del cadáver, que ha sido trasladado al Instituto de Medicina Legal de Valencia, donde este martes se le practicará la autopsia.

De forma provisional, la causa de la muerte apunta a un traumatismo craneoencefálico severo provocado por el impacto contra el suelo tras la caída desde gran altura.

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