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Hugo Mallo, condenado por abuso sexual a la mujer que vestía de mascota del Espanyol

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Hugo Mallo condena abuso sexual

El juez impone una indemnización de 1.000 euros a Hugo Mallo

La sentencia incluye un pago de 10 euros diarios durante 20 meses

El juez ha determinado que el jugador Hugo Mallo es culpable de abuso sexual y le ha impuesto una indemnización de 1.000 euros más intereses por el daño moral causado a la víctima. Este monto incluye un pago diario de 10 euros durante 20 meses, según informó el diario deportivo As.

Denuncia presentada tras el partido entre Espanyol y Celta

El jugador realizó tocamientos inapropiados a una trabajadora vestida de mascota

La denuncia fue presentada el 25 de abril de 2019, un día después del partido entre Espanyol y Celta. Según la acusación, Mallo aprovechó un saludo protocolario para realizar tocamientos inapropiados a la trabajadora, quien vestía el disfraz de la mascota del Espanyol. El incidente ocurrió poco antes del inicio del encuentro, cuando Mallo, al saludar a las mascotas del club, introdujo sus manos bajo el disfraz y tocó los pechos de la mujer.

La respuesta del jugador

Hugo Mallo niega las acusaciones

El Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona ha declarado culpable a Hugo Mallo por este acto de abuso sexual, aunque el jugador ha negado en todo momento la veracidad de los hechos imputados.

 

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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