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Nuevo impuesto a las viviendas vacías: esto es lo que tendrás que pagar

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impuesto viviendas vacias

La recién aprobada Ley de Vivienda contempla un nuevo impuesto a las viviendas vacías. Así, ofrecerá a los Ayuntamientos la opción de establecer penalizaciones económicas a aquellos propietarios que mantengan sus inmuebles vacíos, con el objetivo de fomentar su salida al mercado.

No obstante, esta decisión será competencia municipal.

Impuesto a las viviendas vacías

Se define una  vivienda vacía como aquella que permanezca desocupada, de forma continuada, por un plazo superior a 2 años salvo determinadas causas justificadas. Esta situación de desocupación se declarará mediante un procedimiento administrativo con audiencia del contribuyente.

Para promover su salida al mercado, se ofrece a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer un recargo de hasta el 150% (ahora está en el 50%) en la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que afectaría a las viviendas que se hayan mantenido desocupadas durante más de dos años, sin causa justificada, para propietarios con un mínimo de cuatro viviendas.

Si el inmueble lleva tres años vacío, el recargo podrá llegar al 100%. Por último, está la opción de elevarlo otros 50% adicional en caso de inmuebles cuyos propietarios tengan dos o más pisos en el mismo término municipal.

Ley de vivienda: los 7 puntos clave

Regulación efectiva de los alquileres
Ampliación de las zonas tensionadas en el mercado del alquiler
Nueva definición para grandes tenedores
Medidas de protección a inquilinos
Límite de la actualización anual del alquiler eliminando el IPC
Medidas de protección frente a los desahucios
Beneficios fiscales para propietarios

Ley de Vivienda: limitados los precios del alquiler

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Fallos en la Renta 2025 en Valencia: Hacienda no permite aplicar algunas deducciones autonómicas

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¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en pagar la devolución de la Renta?

El inicio de la campaña de la declaración de la Renta 2025 ha generado incidencias en la Comunitat Valenciana. Varios contribuyentes han detectado que no pueden aplicar algunas deducciones autonómicas aprobadas por la Generalitat Valenciana, ya que aparecen como “inhabilitadas” en la plataforma de la Agencia Tributaria.


⚠️ Qué deducciones no se pueden aplicar

Los errores afectan principalmente a nuevas deducciones autonómicas relacionadas con:

  • Gastos sanitarios
  • Actividades deportivas
  • Compra de instrumentos musicales

Estas desgravaciones forman parte de las últimas medidas impulsadas por la Generalitat Valenciana, pero todavía no se están aplicando correctamente en el sistema.


💻 Qué está pasando en la web de Hacienda

La aplicación oficial de la Agencia Tributaria muestra avisos indicando que algunas deducciones están:

👉 “Inhabilitadas por cambios normativos

Esto significa que el sistema aún no ha incorporado completamente las modificaciones fiscales autonómicas, lo que está impidiendo a muchos contribuyentes beneficiarse de ellas en el inicio de la campaña.


🔧 Solución en marcha

Desde la Agencia Tributaria aseguran que ya están trabajando para corregir estos fallos técnicos lo antes posible.

Se espera que:

  • Las deducciones se habiliten progresivamente
  • Los contribuyentes puedan aplicarlas sin problemas en los próximos días
  • No se pierdan beneficios fiscales si se corrige antes de presentar definitivamente la declaración

🧾 Recomendaciones para los contribuyentes

Ante esta situación, los expertos recomiendan:

  • No presentar la declaración inmediatamente si tienes derecho a deducciones autonómicas
  • Revisar periódicamente el borrador
  • Esperar a que el sistema esté actualizado para evitar perder beneficios fiscales

📊 Errores más comunes en la Renta 2025

Además de este problema, Hacienda recuerda algunos fallos habituales:

  • No revisar el borrador antes de confirmarlo
  • Olvidar declarar ingresos adicionales
  • No aplicar deducciones disponibles

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