PORTADA OFFICIAL PRESS
España, abierta a cambiar la indemnización por despido
Publicado
hace 2 añosen
El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, anunció el martes 2 de abril que el Ministerio de Trabajo y Economía Social está dispuesto a impulsar una reforma en la legislación laboral española. Esta medida se tomará en caso de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictamine a favor de la demanda presentada por el sindicato UGT, señalando que la indemnización por despido en España es demasiado baja.
Pérez Rey explicó que, si la decisión del tribunal sigue el patrón de casos anteriores en países como Italia, Finlandia y Francia, se considerará necesaria una reforma, tal como se contempla en el programa de coalición y en las declaraciones previas de la vicepresidenta segunda del Gobierno. Sin embargo, enfatizó que toda esta especulación está condicionada por el hecho de que la resolución del tribunal aún no se ha hecho pública.
El cambio se conocerá en verano
La resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se espera para el verano, entre junio y julio, según Pérez Rey. Hasta que se haga pública, el contenido de la resolución permanece confidencial.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha expresado en varias ocasiones su opinión sobre la necesidad de ajustar las leyes laborales españolas para cumplir con la Carta Social Europea. En particular, ha señalado deficiencias en el actual sistema de despido, especialmente en cuanto a las sanciones por despidos injustificados, que no siempre reflejan adecuadamente el daño causado y no tienen en cuenta las circunstancias individuales del trabajador.
El tema del despido es un punto incluido en el acuerdo de coalición entre el partido Sumar y el PSOE, donde se comprometieron a mejorar la protección de los trabajadores y cumplir con los estándares europeos en materia laboral.
Cómo está hoy en día
Actualmente, el costo del despido improcedente en España para el empleador es de 33 días por año trabajado, reducido desde los 45 días anteriores a febrero de 2012. UGT ha propuesto ajustes que tendrían en cuenta diversos factores, como la formación del empleado o su capacidad para encontrar otro empleo. Este enfoque, similar al defendido por la ministra de Trabajo, podría implicar un tipo de despido más personalizado.
La demanda presentada por UGT ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos argumenta que el sistema español de despido no protege adecuadamente a los trabajadores, incumpliendo así la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT. El sindicato solicita que la indemnización por despido tenga en cuenta las circunstancias individuales y familiares del trabajador despedido.
¿Qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?
Son tres las variables que intervienen en el cálculo de la indemnización por despido, que desarrollaremos en los próximos epígrafes:
- Salario diario.
- Antigüedad del trabajador en la empresa.
- Tipo de despido practicado.
Salario diario
El salario diario es el punto de partida en el cálculo de la indemnización por despido. Para concretarlo, debemos calcular el salario anual, con la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año.
¡Atención! No se tendrán en cuenta en esta suma las dietas percibidas, ni las aportaciones realizadas por la empresa a planes de pensiones o a seguros, ni otros conceptos que no tengan naturaleza salarial, como por ejemplo, el plus de transporte.
Ejemplo práctico: Eva tiene un salario mensual de 1.300 euros brutos y 2 pagas extraordinarias de 1.000 euros cada una.
- Salario: 1.300 x 12 = 15.600 euros
- Pagas extraordinarias: 1.000 x 2 = 2.000 euros
- Salario anual: 17.600 euros
- Salario diario: 17.600/365 = 48,22 euros
Antigüedad en la empresa
Para el cálculo de la indemnización, debemos obtener el dato de la antigüedad en meses completos.
Para el cálculo de la indemnización, los tiempos inferiores a un mes se redondean al mes completo. Es decir, una persona que tenga una antigüedad de 8 meses y 10 días (por poner un ejemplo) verá su antigüedad redondeada a 9 meses para el cálculo de la indemnización.
Ejemplo práctico (continuación del anterior): Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. El despido tiene fecha de efectos del 30 de octubre de 2020.
Eva ha cumplido 10 años completos (del 2 de abril de 2010 al 2 de abril de 2020) y unos meses. Para tener en cuenta el tiempo trabajado correspondiente a esos meses que no alcanzan el año, debemos calcular cuántos días han sido. Desde el 2 de abril de 2020 al 30 de octubre de 2020 han transcurrido 7 meses.
Por tanto, Eva ha prestado servicios durante 127 meses.
Cálculo de la indemnización según el tipo de despido
Por último, debemos atender a la modalidad del despido para lograr el importe final de la indemnización.
1) Despido objetivo
Si el despido es objetivo, es decir, por causas no imputables al trabajador, la indemnización será equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario, es decir, que la indemnización no podrá ser superior a multiplicar el salario mensual por 12.
Ejemplo práctico: Eva ha sido despedida por causas económicas. La empresa le informa que se ha visto obligada a amortizar su puesto de trabajo y que le pone a su disposición la indemnización equivalente a 20 días por año trabajado.
Multiplicaremos el salario diario por los 20 días del despido objetivo y por los años trabajados (meses trabajados / 12):
- 17.600/365 de salario diario x 127 meses de antigüedad x 20 días por año trabajado / 12 = 10.206,39 euros.
Esa cantidad está por debajo del tope de 12 meses de salario (equivalente a 17.600 euros), por lo que corresponde íntegramente a la trabajadora.
Le corresponden por lo tanto 10.206,39 euros netos de indemnización por el despido objetivo.
2) Despido disciplinario o despido objetivo impugnado
Si el despido practicado ha sido disciplinario o se trata de un despido objetivo injustificado y el trabajador lo impugna, la indemnización será la prevista para el despido improcedente, esto es, de 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un tope máximo de 42 mensualidades y a partir de esa fecha, de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Multiplicaremos el salario diario por los 33/45 días, en función del periodo trabajado antes y después del 12 de febrero de 2012.
Ejemplo práctico: En caso de que Eva considere que las causas de su despido objetivo no son ciertas o que se ha incumplido algún requisito formal esencial en la comunicación del despido, puede impugnar el despido y conseguir la declaración de improcedencia.
También podría declararse improcedente el despido disciplinario, es decir, el motivado por un incumplimiento grave y culpable de la trabajadora, si este incumplimiento no existiera o si la empresa no lo pudiera probar.
Tal y como se ha indicado, Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. Necesitamos este dato, ya que el día 12 de febrero de 2012, fecha en la que entró en vigor un cambio legislativo, supone un cambio en el cómputo de la indemnización. Por tanto tendremos dos periodos, el primero desde el inicio de la relación laboral hasta el 12 de febrero de 2012 y, el segundo, desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020.
- Antes del 12 de febrero de 2012:
- Antigüedad: Desde el 2 de abril de 2010, ha transcurrido 1 año completo y 316 días, es decir, 1,87 años (1 + (316/365)). 1,87 años equivalen a 22,44 meses, que han de redondearse al alza a 23 meses.
- Indemnización: En esta primera fase, se prevén 45 días de salario por año trabajado. Por tanto, en esta primera fase el importe es el siguiente:
17.600/365 de salario diario x 23 meses x 45 / 12 = 4.158,90 euros.
- Después del 12 de febrero de 2012:
- Antigüedad: Desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020 han transcurrido 8 años completos y 261 días, es decir, 8,72 años ( 8 + (261/365)). 8,72 años equivalen a 104,64 meses, que se redondean al alza a 105 meses.
- Indemnización: La indemnización correspondiente a la segunda fase, con 33 días de salario por año trabajado, es la siguiente:
17.600/365 de salario diario x 105 meses x 33 / 12 = 13.923,29 euros.
Por tanto, la indemnización total es la suma de las dos fases, 18.082,19 euros.
Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
Relacionado
Te podría gustar
PORTADA OFFICIAL PRESS
Pilar Bernabé pide perdón por fallo en el canal de denuncias del caso Salazar
Publicado
hace 4 horasen
4 diciembre, 2025
La secretaria de Igualdad del PSOE, Pilar Bernabé, ha reconocido públicamente este jueves un fallo en el canal anónimo de denuncias que se utilizó para reportar el comportamiento del exmilitante socialista y exasesor en Moncloa, Francisco Salazar.
Durante sus declaraciones, Bernabé pidió disculpas y perdón a las mujeres que denunciaron los hechos, asegurando que algunas de ellas no sintieron que sus denuncias hubieran sido atendidas de manera adecuada. “Lamentamos profundamente que algunas víctimas hayan sentido que no se les prestó la atención necesaria”, afirmó la secretaria de Igualdad.
Fallo detectado en el canal de denuncias
Según Bernabé, el error detectado en el canal de denuncias anónimo ya ha sido identificado y se han implementado medidas para corregirlo. Este fallo había generado preocupación sobre la eficacia del sistema para proteger a las víctimas y garantizar que sus denuncias fueran escuchadas y tratadas con seriedad.
El caso Salazar ha sido un tema sensible dentro del PSOE, ya que involucra denuncias de comportamiento inapropiado de un exasesor en Moncloa. La reacción de Bernabé refleja la intención del partido de mejorar los mecanismos internos de protección y atención a víctimas.
Reacciones y medidas
Tras reconocer el fallo, Pilar Bernabé subrayó que el objetivo ahora es restaurar la confianza en los canales de denuncia y asegurar que todas las denuncias sean gestionadas con transparencia, confidencialidad y eficacia. Además, el PSOE ha anunciado que revisará y reforzará los protocolos internos para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro.
Este gesto de pedir perdón públicamente es parte de un esfuerzo más amplio por garantizar un entorno seguro dentro de los partidos políticos, especialmente para las mujeres que denuncian situaciones de acoso o conducta inapropiada.
El reconocimiento del fallo y las disculpas de Pilar Bernabé marcan un paso importante en la gestión del caso Salazar, mostrando que incluso en instituciones políticas se pueden tomar medidas para corregir errores y mejorar la atención a las víctimas. La implementación de soluciones en el canal de denuncias busca garantizar que ninguna denuncia vuelva a pasar desapercibida.
Denuncias contra Paco Salazar: acoso sexual y ocultamiento por el PSOE
Dos trabajadoras que estuvieron a las órdenes de Francisco “Paco” Salazar, exasesor de Moncloa y presidente del Hipódromo de la Zarzuela, han presentado denuncias por acoso sexual y humillación en el canal interno del Partido Socialista (PSOE). Los escritos, presentados en julio, desaparecieron del sistema durante cinco meses y no recibieron respuesta hasta que elDiario.es retomó el caso.
Las denuncias describen un ambiente laboral irrespirable, con comentarios hipersexualizados, exhibiciones inapropiadas y humillaciones constantes hacia las mujeres jóvenes del equipo. Una de las denunciantes relata cómo Salazar pedía ver escotes, escenificaba actos sexuales y degradaba a las trabajadoras mientras disfrutaba de su incomodidad.
El PSOE reconoció que las denuncias no fueron tramitadas “por falta de diligencia”, aunque ahora se han reactivado en el sistema. Las afectadas destacan que su compromiso con el partido las mantuvo dentro, pero reclaman justicia y garantías para que este tipo de comportamientos no se repitan.
Actualmente, Salazar mantiene una asesoría externa para el PSC, lo que ha generado indignación entre las denunciantes y activistas por la protección de las trabajadoras. El caso plantea dudas sobre la gestión interna del acoso sexual en el PSOE y la falta de protocolos efectivos de protección.
Vinculación con Ábalos y Cerdán
Salazar mantiene también lazos estrechos con otras figuras implicadas en escándalos recientes dentro del PSOE. Fue colaborador de José Luis Ábalos, exministro de Transportes, y compañero de piso de Santos Cerdán, exsecretario de Organización y actualmente en prisión provisional por su presunta implicación en la trama de corrupción del caso Koldo.
Su nuevo nombramiento como adjunto a Rebeca Torró, la nueva secretaria de Organización del partido, ha generado rechazo en varios sectores del PSOE, que ven con preocupación que una figura tan cuestionada ocupe un cargo de alta responsabilidad en plena crisis interna del partido.
“Muchos lo han recibido con pavor. Su nombramiento ahonda en la desconexión entre la cúpula del partido y la realidad que viven muchas mujeres en el entorno socialista”, señalan fuentes internas.
Un nuevo escándalo que sacude la renovación de Sánchez
La elección de Paco Salazar por parte de Sánchez llega en uno de los momentos más delicados para el PSOE, con el caso Cerdán todavía en desarrollo judicial y un Comité Federal clave que busca reorientar el rumbo del partido. Estas acusaciones por presunto acoso podrían suponer un nuevo revés para la estrategia de renovación del presidente, justo cuando intenta recuperar la iniciativa política.
Hasta el momento, ni la dirección del PSOE ni Salazar han emitido declaraciones públicas sobre estas acusaciones.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)


Tienes que estar registrado para comentar Acceder