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España, abierta a cambiar la indemnización por despido
Publicado
hace 2 añosen
El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, anunció el martes 2 de abril que el Ministerio de Trabajo y Economía Social está dispuesto a impulsar una reforma en la legislación laboral española. Esta medida se tomará en caso de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictamine a favor de la demanda presentada por el sindicato UGT, señalando que la indemnización por despido en España es demasiado baja.
Pérez Rey explicó que, si la decisión del tribunal sigue el patrón de casos anteriores en países como Italia, Finlandia y Francia, se considerará necesaria una reforma, tal como se contempla en el programa de coalición y en las declaraciones previas de la vicepresidenta segunda del Gobierno. Sin embargo, enfatizó que toda esta especulación está condicionada por el hecho de que la resolución del tribunal aún no se ha hecho pública.
El cambio se conocerá en verano
La resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se espera para el verano, entre junio y julio, según Pérez Rey. Hasta que se haga pública, el contenido de la resolución permanece confidencial.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha expresado en varias ocasiones su opinión sobre la necesidad de ajustar las leyes laborales españolas para cumplir con la Carta Social Europea. En particular, ha señalado deficiencias en el actual sistema de despido, especialmente en cuanto a las sanciones por despidos injustificados, que no siempre reflejan adecuadamente el daño causado y no tienen en cuenta las circunstancias individuales del trabajador.
El tema del despido es un punto incluido en el acuerdo de coalición entre el partido Sumar y el PSOE, donde se comprometieron a mejorar la protección de los trabajadores y cumplir con los estándares europeos en materia laboral.
Cómo está hoy en día
Actualmente, el costo del despido improcedente en España para el empleador es de 33 días por año trabajado, reducido desde los 45 días anteriores a febrero de 2012. UGT ha propuesto ajustes que tendrían en cuenta diversos factores, como la formación del empleado o su capacidad para encontrar otro empleo. Este enfoque, similar al defendido por la ministra de Trabajo, podría implicar un tipo de despido más personalizado.
La demanda presentada por UGT ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos argumenta que el sistema español de despido no protege adecuadamente a los trabajadores, incumpliendo así la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT. El sindicato solicita que la indemnización por despido tenga en cuenta las circunstancias individuales y familiares del trabajador despedido.
¿Qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?
Son tres las variables que intervienen en el cálculo de la indemnización por despido, que desarrollaremos en los próximos epígrafes:
- Salario diario.
- Antigüedad del trabajador en la empresa.
- Tipo de despido practicado.
Salario diario
El salario diario es el punto de partida en el cálculo de la indemnización por despido. Para concretarlo, debemos calcular el salario anual, con la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año.
¡Atención! No se tendrán en cuenta en esta suma las dietas percibidas, ni las aportaciones realizadas por la empresa a planes de pensiones o a seguros, ni otros conceptos que no tengan naturaleza salarial, como por ejemplo, el plus de transporte.
Ejemplo práctico: Eva tiene un salario mensual de 1.300 euros brutos y 2 pagas extraordinarias de 1.000 euros cada una.
- Salario: 1.300 x 12 = 15.600 euros
- Pagas extraordinarias: 1.000 x 2 = 2.000 euros
- Salario anual: 17.600 euros
- Salario diario: 17.600/365 = 48,22 euros
Antigüedad en la empresa
Para el cálculo de la indemnización, debemos obtener el dato de la antigüedad en meses completos.
Para el cálculo de la indemnización, los tiempos inferiores a un mes se redondean al mes completo. Es decir, una persona que tenga una antigüedad de 8 meses y 10 días (por poner un ejemplo) verá su antigüedad redondeada a 9 meses para el cálculo de la indemnización.
Ejemplo práctico (continuación del anterior): Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. El despido tiene fecha de efectos del 30 de octubre de 2020.
Eva ha cumplido 10 años completos (del 2 de abril de 2010 al 2 de abril de 2020) y unos meses. Para tener en cuenta el tiempo trabajado correspondiente a esos meses que no alcanzan el año, debemos calcular cuántos días han sido. Desde el 2 de abril de 2020 al 30 de octubre de 2020 han transcurrido 7 meses.
Por tanto, Eva ha prestado servicios durante 127 meses.
Cálculo de la indemnización según el tipo de despido
Por último, debemos atender a la modalidad del despido para lograr el importe final de la indemnización.
1) Despido objetivo
Si el despido es objetivo, es decir, por causas no imputables al trabajador, la indemnización será equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario, es decir, que la indemnización no podrá ser superior a multiplicar el salario mensual por 12.
Ejemplo práctico: Eva ha sido despedida por causas económicas. La empresa le informa que se ha visto obligada a amortizar su puesto de trabajo y que le pone a su disposición la indemnización equivalente a 20 días por año trabajado.
Multiplicaremos el salario diario por los 20 días del despido objetivo y por los años trabajados (meses trabajados / 12):
- 17.600/365 de salario diario x 127 meses de antigüedad x 20 días por año trabajado / 12 = 10.206,39 euros.
Esa cantidad está por debajo del tope de 12 meses de salario (equivalente a 17.600 euros), por lo que corresponde íntegramente a la trabajadora.
Le corresponden por lo tanto 10.206,39 euros netos de indemnización por el despido objetivo.
2) Despido disciplinario o despido objetivo impugnado
Si el despido practicado ha sido disciplinario o se trata de un despido objetivo injustificado y el trabajador lo impugna, la indemnización será la prevista para el despido improcedente, esto es, de 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un tope máximo de 42 mensualidades y a partir de esa fecha, de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Multiplicaremos el salario diario por los 33/45 días, en función del periodo trabajado antes y después del 12 de febrero de 2012.
Ejemplo práctico: En caso de que Eva considere que las causas de su despido objetivo no son ciertas o que se ha incumplido algún requisito formal esencial en la comunicación del despido, puede impugnar el despido y conseguir la declaración de improcedencia.
También podría declararse improcedente el despido disciplinario, es decir, el motivado por un incumplimiento grave y culpable de la trabajadora, si este incumplimiento no existiera o si la empresa no lo pudiera probar.
Tal y como se ha indicado, Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. Necesitamos este dato, ya que el día 12 de febrero de 2012, fecha en la que entró en vigor un cambio legislativo, supone un cambio en el cómputo de la indemnización. Por tanto tendremos dos periodos, el primero desde el inicio de la relación laboral hasta el 12 de febrero de 2012 y, el segundo, desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020.
- Antes del 12 de febrero de 2012:
- Antigüedad: Desde el 2 de abril de 2010, ha transcurrido 1 año completo y 316 días, es decir, 1,87 años (1 + (316/365)). 1,87 años equivalen a 22,44 meses, que han de redondearse al alza a 23 meses.
- Indemnización: En esta primera fase, se prevén 45 días de salario por año trabajado. Por tanto, en esta primera fase el importe es el siguiente:
17.600/365 de salario diario x 23 meses x 45 / 12 = 4.158,90 euros.
- Después del 12 de febrero de 2012:
- Antigüedad: Desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020 han transcurrido 8 años completos y 261 días, es decir, 8,72 años ( 8 + (261/365)). 8,72 años equivalen a 104,64 meses, que se redondean al alza a 105 meses.
- Indemnización: La indemnización correspondiente a la segunda fase, con 33 días de salario por año trabajado, es la siguiente:
17.600/365 de salario diario x 105 meses x 33 / 12 = 13.923,29 euros.
Por tanto, la indemnización total es la suma de las dos fases, 18.082,19 euros.
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Trump carga contra España y la tacha de “perdedora” tras el rechazo al uso de bases militares
Publicado
hace 1 díaen
5 marzo, 2026
El expresidente de Estados Unidos intensifica sus críticas al Gobierno de Pedro Sánchez por la negativa a permitir el uso de las bases de Rota y Morón en operaciones militares.
Trump redobla sus críticas a España y la califica de “perdedora”
El expresidente de Estados Unidos Donald Trump ha vuelto a lanzar duras críticas contra España, a la que ha llegado a calificar como un país “perdedor” en medio de la creciente tensión diplomática entre Washington y el Gobierno español.
Las declaraciones se producen apenas dos días después de que Trump calificara de “terrible” al Ejecutivo de Pedro Sánchez durante una intervención en el Despacho Oval, tras la negativa de España a permitir el uso de las bases militares de Rota y Morón en una operación contra Irán.
En una conversación telefónica con el tabloide estadounidense New York Post, el dirigente republicano endureció aún más su discurso hacia España.
“No son un jugador de equipo, y nosotros tampoco vamos a ser un jugador de equipo con España”, aseguró Trump, utilizando además el término despectivo “perdedor” para referirse al país.
Críticas de Trump a la aportación de España a la OTAN
Durante la conversación con el medio estadounidense, Trump también volvió a cuestionar la contribución de España a la OTAN, una crítica que ha repetido en varias ocasiones en los últimos años.
Según afirmó, España habría sido el único país que votó en contra de elevar el gasto militar al 5% del PIB, una decisión que, según el republicano, demuestra una actitud “hostil” hacia los aliados.
Este mismo reproche ya lo había planteado el pasado martes en el Despacho Oval, durante una reunión en la que estaba presente el canciller alemán Friedrich Merz.
La actitud del dirigente alemán durante ese encuentro ha sido objeto de críticas en algunos sectores políticos europeos, ya que no intervino para defender la posición española. Posteriormente, Merz trató de aclarar su postura con declaraciones públicas.
España niega cambios en su postura militar
Las nuevas declaraciones de Trump llegan en un contexto de creciente tensión diplomática.
El miércoles, la portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, afirmó en rueda de prensa que España había aceptado “cooperar militarmente” con Estados Unidos tras las críticas del expresidente.
Sin embargo, el Gobierno español negó que se haya producido ningún cambio en su posición, insistiendo en que la decisión sobre el uso de las bases militares sigue siendo la misma.
Amenazas comerciales de Trump contra España
El martes, durante su comparecencia en la Casa Blanca, Trump fue aún más lejos y llegó a advertir que podría “cortar todo el comercio” con España.
Entre las posibles medidas mencionadas por el expresidente estadounidense figuraban sanciones económicas o incluso un embargo comercial, aunque no ofreció detalles concretos sobre cómo se aplicarían esas medidas.
Estas declaraciones han generado preocupación en el ámbito diplomático europeo.
La Unión Europea respalda a España
Ante las amenazas de Trump, la Unión Europea ha mostrado su apoyo al Gobierno español.
El comisario europeo de Industria, Stéphane Séjourné, aseguró que cualquier ataque contra un Estado miembro afecta al conjunto del bloque comunitario.
“Una amenaza contra un país de la Unión Europea es una amenaza contra toda la Unión”, afirmó durante un encuentro con periodistas.
Trump también arremete contra el primer ministro británico
Las críticas del expresidente estadounidense no se han limitado a España. Según el diario británico The Telegraph, Trump también habría arremetido contra el primer ministro del Reino Unido, Keir Starmer, a quien habría calificado igualmente de “perdedor” en conversaciones privadas.
Durante la entrevista con el New York Post, el republicano ironizó sobre el liderazgo del dirigente británico.
“No es Winston Churchill, digámoslo así”, afirmó Trump.
El malestar con el Gobierno británico estaría relacionado con la decisión de Londres de no permitir el uso de bases militares británicas en operaciones ofensivas contra Irán, así como con la gestión del territorio de las islas Chagos, donde se encuentra la base aérea de Diego García, considerada estratégica por Estados Unidos.
Trump calificó la actitud del Ejecutivo británico como “muy decepcionante”, insistiendo en que aliados como el Reino Unido deberían facilitar el uso de instalaciones militares estadounidenses sin objeciones.
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