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Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO el curso que viene

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institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO

València, 10 jul (OFFICIAL PRESS- EFE).- Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO el curso que viene. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano ha suprimido la obligatoriedad de los ámbitos y de las horas lectivas para la realización de proyectos interdisciplinares en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de la Comunitat Valenciana.

Así se ha determinado en sentencias del tribunal que estiman tres recursos presentados por UGT-PV, ANPE y el Observatori Crític de la Realitat Educativa (OCRE), conocidas este lunes.

El TSJCV suprime la obligatoriedad de los ámbitos y proyectos interdisciplinares en la ESO

Las sentencias determinan la anulación de los artículos 10.3, 11.3 y 15.7 del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establece la ordenación y el currículum de la ESO.

Sobre la agrupación en ámbitos, las sentencias, a las que ha tenido acceso EFE, establecen que «calificar conjuntamente materias de diferente índole por profesionales que en ocasiones no disponen de la especialización adecuada para impartir la misma supone un grave riesgo que no garantiza una evaluación objetiva, cuando debería acogerse una calificación diferenciada de las distintas materias».

Por otra parte, sobre los proyectos interdisciplinares obligatorios, manifiestan que «no deja margen de elección a su destinatario en contra de las previsiones de la normativa básica del Estado y su desarrollo normativo».

Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO

En el artículo 10.3 se indicaba que «además de las horas lectivas semanales de las materias indicadas en los puntos 1 y 2 de este artículo, los centros educativos disponen de un tiempo lectivo específico para el desarrollo de proyectos interdisciplinares y un tiempo destinado a la tutoría».Asimismo, en el artículo 11.3 se indicaba que «la agrupación por ámbitos de conocimiento se tiene que aplicar para el primer curso de la etapa en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos debidamente autorizados».

Por otra parte, en el artículo 15.7 se establecía que «los proyectos interdisciplinares los tiene que desarrollar todo el alumnado de 1.º, 2.º y 3.º curso y el alumnado de 4.º curso que los elija como optativa», y desde la Conselleria de Educación han asegurado que la anulación de este punto no afecta a cuarto de la ESO.

La conselleria mantiene al profesorado

Desde la Conselleria han enviado este lunes una carta a las directivas de los centros educativos para hacer las adaptaciones necesarias antes de inicio de curso y teniendo en cuenta que los centros finalizan hoy el proceso de determinación de plantillas de personal docente.En la carta, han especificado que el tiempo destinado a la tutoría que se preveía en el artículo 10.3 continúa en vigor, pero que el alumnado de primero a tercero de la ESO tendrá una reducción de dos horas lectivas semanales como consecuencia de la sentencia.

Sin embargo, «para garantizar que se pueda llevar a cabo el inicio del curso escolar sin que eso implique una tarea añadida para los centros», así como para evitar retrasos en las adjudicaciones de plazas, Educación ha determinado que se mantendrá este curso el profesorado previsto para impartir esa materia, aunque ya no sea obligatoria para el alumnado.

Además, la Conselleria ha indicado a los centros que deben introducir esa materia como una más de las de opción de oferta obligatoria para los cursos de primero a tercero de la ESO.

Asimismo, se ha decidido el mantenimiento de la materia de proyectos interdisciplinares como opcional para el cuarto curso de la ESO.

Sobre si se plantean recurrir la sentencia, fuentes de Educación se han limitado a señalar las instrucciones a los centros y han recordado que el Consell está actualmente en funciones a la espera de la investidura del nuevo gobierno valenciano.

Reacciones de los sindicatos

Desde UGT han explicado que su recurso, en el que pedían medidas cautelares, fue el que dejó sin efecto durante el curso 2022-2023 la obligatoriedad de los ámbitos, y han recibido con «satisfacción» el fallo.»El modelo de los ámbitos es una herramienta y opción válida más, que puede ser adecuada si se lleva a cabo con los recursos y profesorado necesarios y se tiene en cuenta la opinión del profesorado en un proceso dialogado y razonado», han indicado.

Así, han criticado que se quisiera poner en marcha «con imposiciones y contra la realidad del aula y de los centros» y han considerado que el tribunal les da la razón en que «hay que respetar tanto la autonomía de los centros como la especialidad docente, y que esto tiene un impacto directo en la calidad de la enseñanza».

Según ha informado el sindicato de docentes de la enseñanza pública ANPE, la sentencia, que puede ser recurrida, «da la razón a los recurrentes frente al autoritarismo y la nula voluntad de diálogo mostradas por la Conselleria en esta materia».

El sindicato se ha mostrado crítico con «las imposiciones adoptadas unilateralmente aprovechando la pandemia de la Covid-19 en el caso de los ámbitos en 1º ESO y la implantación de la LOMLOE en nuestra comunidad, la única autonomía donde se ha llevado a cabo este despropósito legislativo que no ofrece libertad a los docentes para llevarlo a la práctica si lo estiman oportuno y que ahora la justicia ha venido a subsanar».

Desde ANPE lamentan «el posicionamiento autoritario de la Conselleria»

ANPE se explica en un comunicado que no se oponen a los ámbitos ni a los proyectos interdisciplinares, pero sí a su «imposición obligatoria» y lamentan «el posicionamiento autoritario y el nulo talante negociador demostrado por la Conselleria cuando se ha intentado discutir y hacer entrar en razón sobre estos temas, sobre los cuales nunca se ha contado ni con la opinión del profesorado ni con el apoyo de estudios empíricos que avalasen estas decisiones».Por su parte, desde el Observatori Crític de la Realitat Educativa (OCRE), han considerado que la sentencia implica que «gana la Educación en mayúsculas» y han denunciado «la imposición pedagógica y organizativa que se había pretendido legislar desde la administración educativa valenciana».

En la sentencia, han concluido, se establece que los centros educativos «solo pueden proponer agrupar en ámbitos de conocimiento teniendo en cuenta el interés del profesorado, su cualificación y el beneficio de dicha medida para el alumnado».

Por ello, «solo puede establecerse la materia de proyecto interdisciplinar en caso de que se incluya con más optativas ya que, en ningún momento puede dejarse al alumnado sin opción de tener una alternativa a su realización».

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El móvil de Juanfran Pérez Llorca no muestra mensajes de WhatsApp con Mazón ni con Pradas el día de la dana

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Juanfran Pérez Llorca dana
El candidato del PP a presidir la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, a su salida del juzgado de Catarroja para declarar en el juicio por la dana, a 21 de noviembre de 2025, en Catarroja - Jorge Gil - Europa Press

La investigación judicial sobre la gestión institucional durante la dana que dejó 229 víctimas mortales en la provincia de València suma un nuevo capítulo. El teléfono móvil del candidato del PP a la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, no registra ningún mensaje de WhatsApp con el president en funciones, Carlos Mazón, ni con la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, el 29 de octubre de 2024, día en que se produjo la catástrofe meteorológica.

Así consta en el acta de cotejo elaborada por la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ), tras revisar las fotografías aportadas por Pérez Llorca al juzgado, en las que se reflejan las conversaciones almacenadas en su terminal.

Las conversaciones aportadas: sin mensajes en la fecha crítica

La instructora ha incorporado a la causa tres capturas del dispositivo del dirigente popular:

1. Conversación con Emilio Argüeso

Una de las fotografías corresponde a un chat con el exsecretario autonómico Emilio Argüeso, investigado en la causa. En esa imagen se observa únicamente el envío del contacto del alcalde de Algemesí, sin mensajes adicionales de ese día.

2. Conversación con Carlos Mazón

La segunda captura muestra la conversación entre Pérez Llorca y Carlos Mazón en WhatsApp. En ella no aparece ningún mensaje enviado ni recibido el 29 de octubre, justamente la fecha bajo análisis.

3. Conversación con Salomé Pradas

La tercera conversación corresponde a Salomé Pradas, también investigada. Tampoco figura ninguna comunicación entre el 30 de septiembre y el 31 de octubre, por lo que ese día no hubo intercambio de mensajes registrado en el móvil.

La jueza ordena contrastar también las llamadas telefónicas

El pasado viernes, durante la declaración de Pérez Llorca como testigo, la magistrada ordenó que la LAJ cotejara todas las comunicaciones por WhatsApp entre él y Mazón, Pradas y Argüeso el día de la dana. Tras no hallarse mensajes en el dispositivo, la instructora dio un paso más.

Dado que el propio Pérez Llorca manifestó en su declaración estar conforme con el cotejo, la jueza le requirió aportar, en un plazo de cinco días, la factura detallada del teléfono corporativo del Ayuntamiento de Finestrat —del que es alcalde— desde el cual realizó o recibió llamadas el 29 de octubre.

El objetivo es determinar:

  • Si las llamadas con Mazón a las 18:57 horas fueron entrantes o salientes.

  • Si las comunicaciones con Pradas a las 18:57, 18:58 y 18:59 fueron enviadas por él o recibidas.

  • La duración exacta de cada llamada.

  • El orden cronológico en que se produjeron.

Por qué los cotejos de llamadas y mensajes son clave en la investigación

La magistrada busca reconstruir con precisión la cronología de comunicaciones políticas durante las horas críticas de la danna, un aspecto que ha generado controversias por la falta de concordancia entre algunas declaraciones públicas y los datos objetivos aportados a la causa.

Saber qué llamadas se realizaron, en qué momento, y si hubo o no mensajes intercambiados puede ayudar a esclarecer:

  • Qué autoridades estaban coordinando actuaciones.

  • Quién asumió decisiones clave durante el episodio meteorológico.

  • Si existieron retrasos en las comunicaciones internas en un momento de emergencia extrema.

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