Valencia
Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO el curso que viene
Publicado
hace 2 añosen
València, 10 jul (OFFICIAL PRESS- EFE).- Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO el curso que viene. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano ha suprimido la obligatoriedad de los ámbitos y de las horas lectivas para la realización de proyectos interdisciplinares en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de la Comunitat Valenciana.
Así se ha determinado en sentencias del tribunal que estiman tres recursos presentados por UGT-PV, ANPE y el Observatori Crític de la Realitat Educativa (OCRE), conocidas este lunes.
El TSJCV suprime la obligatoriedad de los ámbitos y proyectos interdisciplinares en la ESO
Las sentencias determinan la anulación de los artículos 10.3, 11.3 y 15.7 del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establece la ordenación y el currículum de la ESO.
Sobre la agrupación en ámbitos, las sentencias, a las que ha tenido acceso EFE, establecen que «calificar conjuntamente materias de diferente índole por profesionales que en ocasiones no disponen de la especialización adecuada para impartir la misma supone un grave riesgo que no garantiza una evaluación objetiva, cuando debería acogerse una calificación diferenciada de las distintas materias».
Por otra parte, sobre los proyectos interdisciplinares obligatorios, manifiestan que «no deja margen de elección a su destinatario en contra de las previsiones de la normativa básica del Estado y su desarrollo normativo».
Los institutos valencianos tendrán una asignatura menos en la ESO
En el artículo 10.3 se indicaba que «además de las horas lectivas semanales de las materias indicadas en los puntos 1 y 2 de este artículo, los centros educativos disponen de un tiempo lectivo específico para el desarrollo de proyectos interdisciplinares y un tiempo destinado a la tutoría».Asimismo, en el artículo 11.3 se indicaba que «la agrupación por ámbitos de conocimiento se tiene que aplicar para el primer curso de la etapa en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos debidamente autorizados».
Por otra parte, en el artículo 15.7 se establecía que «los proyectos interdisciplinares los tiene que desarrollar todo el alumnado de 1.º, 2.º y 3.º curso y el alumnado de 4.º curso que los elija como optativa», y desde la Conselleria de Educación han asegurado que la anulación de este punto no afecta a cuarto de la ESO.
La conselleria mantiene al profesorado
Desde la Conselleria han enviado este lunes una carta a las directivas de los centros educativos para hacer las adaptaciones necesarias antes de inicio de curso y teniendo en cuenta que los centros finalizan hoy el proceso de determinación de plantillas de personal docente.En la carta, han especificado que el tiempo destinado a la tutoría que se preveía en el artículo 10.3 continúa en vigor, pero que el alumnado de primero a tercero de la ESO tendrá una reducción de dos horas lectivas semanales como consecuencia de la sentencia.
Sin embargo, «para garantizar que se pueda llevar a cabo el inicio del curso escolar sin que eso implique una tarea añadida para los centros», así como para evitar retrasos en las adjudicaciones de plazas, Educación ha determinado que se mantendrá este curso el profesorado previsto para impartir esa materia, aunque ya no sea obligatoria para el alumnado.
Además, la Conselleria ha indicado a los centros que deben introducir esa materia como una más de las de opción de oferta obligatoria para los cursos de primero a tercero de la ESO.
Asimismo, se ha decidido el mantenimiento de la materia de proyectos interdisciplinares como opcional para el cuarto curso de la ESO.
Sobre si se plantean recurrir la sentencia, fuentes de Educación se han limitado a señalar las instrucciones a los centros y han recordado que el Consell está actualmente en funciones a la espera de la investidura del nuevo gobierno valenciano.
Reacciones de los sindicatos
Desde UGT han explicado que su recurso, en el que pedían medidas cautelares, fue el que dejó sin efecto durante el curso 2022-2023 la obligatoriedad de los ámbitos, y han recibido con «satisfacción» el fallo.»El modelo de los ámbitos es una herramienta y opción válida más, que puede ser adecuada si se lleva a cabo con los recursos y profesorado necesarios y se tiene en cuenta la opinión del profesorado en un proceso dialogado y razonado», han indicado.
Así, han criticado que se quisiera poner en marcha «con imposiciones y contra la realidad del aula y de los centros» y han considerado que el tribunal les da la razón en que «hay que respetar tanto la autonomía de los centros como la especialidad docente, y que esto tiene un impacto directo en la calidad de la enseñanza».
Según ha informado el sindicato de docentes de la enseñanza pública ANPE, la sentencia, que puede ser recurrida, «da la razón a los recurrentes frente al autoritarismo y la nula voluntad de diálogo mostradas por la Conselleria en esta materia».
El sindicato se ha mostrado crítico con «las imposiciones adoptadas unilateralmente aprovechando la pandemia de la Covid-19 en el caso de los ámbitos en 1º ESO y la implantación de la LOMLOE en nuestra comunidad, la única autonomía donde se ha llevado a cabo este despropósito legislativo que no ofrece libertad a los docentes para llevarlo a la práctica si lo estiman oportuno y que ahora la justicia ha venido a subsanar».
Desde ANPE lamentan «el posicionamiento autoritario de la Conselleria»
ANPE se explica en un comunicado que no se oponen a los ámbitos ni a los proyectos interdisciplinares, pero sí a su «imposición obligatoria» y lamentan «el posicionamiento autoritario y el nulo talante negociador demostrado por la Conselleria cuando se ha intentado discutir y hacer entrar en razón sobre estos temas, sobre los cuales nunca se ha contado ni con la opinión del profesorado ni con el apoyo de estudios empíricos que avalasen estas decisiones».Por su parte, desde el Observatori Crític de la Realitat Educativa (OCRE), han considerado que la sentencia implica que «gana la Educación en mayúsculas» y han denunciado «la imposición pedagógica y organizativa que se había pretendido legislar desde la administración educativa valenciana».
En la sentencia, han concluido, se establece que los centros educativos «solo pueden proponer agrupar en ámbitos de conocimiento teniendo en cuenta el interés del profesorado, su cualificación y el beneficio de dicha medida para el alumnado».
Por ello, «solo puede establecerse la materia de proyecto interdisciplinar en caso de que se incluya con más optativas ya que, en ningún momento puede dejarse al alumnado sin opción de tener una alternativa a su realización».
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Valencia
El conseller de Educación reconoce “fue un error” irse a su casa durante la DANA y descarga responsabilidades en los ayuntamientos
Publicado
hace 2 horasen
1 diciembre, 2025
Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:
El conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana, José Antonio Rovira Jover, reconoció este lunes en la Comisión de Investigación de la DANA en el Congreso de los Diputados que marcharse a su domicilio durante la tarde de la gota fría (DANA) fue “un error”. Sin embargo, Rovira atribuyó parte de la responsabilidad a los ayuntamientos y a la Delegación del Gobierno, asegurando que su departamento no contaba con la información adecuada para actuar.
El conseller explica su decisión
Rovira aseguró que se trasladó a Alicante por motivos personales y por la “falsa tranquilidad” que, según él, transmitía la Delegación del Gobierno. Durante su intervención, afirmó no recordar que la consellera Salomé hubiera advertido esa misma mañana en el Pleno del Consell sobre la existencia de alerta roja y rescates en la Ribera.
“No tenemos competencias en Emergencias y no contábamos con la información adecuada”, señaló Rovira, insistiendo en que la gestión de la crisis dependía de otros organismos.
Descargo de responsabilidades hacia ayuntamientos y delegación
El conseller aprovechó su comparecencia para deslindar responsabilidades, responsabilizando principalmente a:
-
Ayuntamientos locales, por la gestión territorial durante la DANA.
-
Delegación del Gobierno, por la transmisión de información sobre el riesgo real en las zonas afectadas.
A pesar de reconocer que su decisión de marcharse “fue un error”, Rovira intentó contextualizarla como una acción tomada bajo criterios de prudencia ante la información disponible.
La jueza de la dana descarta «por ahora» citar de nuevo a Vilaplana y pregunta a Pradas si quiere volver a declarar
VALÈNCIA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) – La jueza que investiga la gestión de la catastrófica dana, que ha dejado 229 víctimas mortales en la provincia de Valencia, descarta «por el momento» volver a citar a Maribel Vilaplana, periodista que comió con el presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el día de la ríada, y ha preguntado a la exconsellera de Justicia e Interior, investigada en el procedimiento, si quiere volver a declarar –ya lo hizo hace unos meses–.
Así se desprende de un auto, facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y dictado por la magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza 3).
En su resolución, la jueza descarta «en el presente momento» volver a citar a declarar como testigo a la periodista que comió con Mazón el 29 de octubre de 2024, como había solicitado la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos y otra acusación particular.
La jueza de la dana cuestiona el reservado del Ventorro y abre la puerta a nuevas declaraciones
La jueza considera que antes debe recibir declaración a otros testigos pertenecientes al equipo de Presidencia de la Generalitat. Ciudadanos realizó esta petición por considerar que la comunicadora pudo incurrir en falsedades en el testimonio que dio el pasado 3 de noviembre tras escuchar al dueño del restaurante El Ventorro y ver las fotografías aportadas a la causa sobre las dimensiones del reservado en el que comieron la periodista y Mazón.
En su resolución, la instructora señala que, «ciertamente, las dimensiones del reservado del Ventorro convierten en altamente improbable que no se escucharan las conversaciones o comentarios, a no ser que la testigo permaneciera completamente abstraída de lo que sucedía a su alrededor».
No obstante, cree «necesario, antes de reiterar una declaración ya prestada» por Vilaplana, «oír al resto de las personas que pudieron tener conocimiento de aquellas manifestaciones que pudieron referirse al proceso de decisión en la remisión del mensaje Es-Alert, de las medidas de protección a la población, oír a los testigos que de manera similar a la sra. Vilaplana, pudieran haber tenido conocimiento de las manifestaciones que por el señor Carlos Mazón se pudieran haber efectuado respecto de ese proceso de decisión y cualesquiera otros destinados a proteger a la población».
La magistrada también rechaza la petición de que se investigue a la testigo por un delito de falso testimonio porque, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para ello «es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida, lo que solo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme».
En cualquier caso, la instructora deja abierta la posibilidad de recibir declaración ya nuevamente a la periodista si ésta manifestara públicamente o ante el propio juzgado su voluntad de hacerlo nuevamente.
PRADAS Y SALVADOS
Por otro lado, ante la solicitud de la acusación popular que ejerce Podemos de incorporar a la causa el vídeo de la entrevista con la exconsellera de Justicia e Interior investigada en esta causa, que se emitirá por el programa Salvados de La Sexta el próximo domingo, 30 de noviembre, la magistrada ha acordado requerir a su defensa para que manifieste en el plazo de un día si desea volver a declarar en sede judicial. Solo si su respuesta es afirmativa se requeriría a la empresa de comunicación Atresmedia la aportación del programa de televisión.
En este sentido, la jueza recuerda que cualquier declaración de un investigado, para que pueda tener «efecto en el proceso», ha de efectuarse con la «oportuna asistencia letrada y en el seno de este procedimiento», pues se trata de «una garantía para la propia investigada».
Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón
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