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Juicio por el asesinato de Patraix: Hablan los amantes de Maje

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No ha sido un buen día para la defensa de Maje, la conocida como «la viuda negra de Patraix», en el juicio que se celebra en la Ciudad de la Justicia de València por el asesinato de Antonio Navarro. En el cuarto día de la vista han declarado dos testigos que mantenían relaciones en aquel momento con la acusada, además de su marido y el otro acusado y asesino confeso, Salvador R.. Ninguno de ellos sabía que compartía su relación con las demás.

Uno de los testigos, José, ha declarado que conoció a Maje en mayo de 2017 en la puerta de una discoteca, que ella se presentó como ginecóloga (es enfermera) y que en ningún momento le dijo que estaba casada. De hecho, le contó que tenía dos estudiantes alquilados en su vivienda. La relación fue creciendo hasta verse 3 o 4 veces por semana, y llegaron a plantearse la compra de un piso. Se enteró de la muerte de Antonio Navarro días después del crimen, cuando Maje lo llamó para contarle «algo muy fuerte». La acusada le contó que la policía sospechaba de terroristas islamistas.

La misma excusa, el terrorismo islámico, le dio a otro de sus amantes, Tomás, un fisioterapeuta, cuando le contó la muerte de su marido. Según Tomás, la relación entre ellos fue estable hasta mayo del 17 y después más espaciada, aunque continuaron viéndose hasta octubre de ese mismo año. El testigo ha confirmado que mantuvo conversaciones con Maje en las que ella acusaba a su esposo de malos tratos o afirmaba que tenía cáncer. También ha recordado otra que ha retumbado en la sala de vistas: «Me dijo que quería verlo muerto».

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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