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Justicia busca en València su nueva sede provisional

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VALÈNCIA, 4 Abr. (EUROPA PRESS) – La Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas busca un inmueble provisional en València, de unos 3.000 metros cuadrados, para trasladar las dependencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) mientras se acometen las obras de reforma en su actual sede.

Así lo publica este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), que concreta que los interesados en realizar propuestas tienen 20 días para hacerlo a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.

Los requisitos que debe cumplir el inmueble a alquilar son: que esté ubicado en València, en un lugar céntrico y bien comunicado por transporte público; que sea un edificio exclusivo para este uso, para evitar interferencias funcionales y de seguridad; y que tenga una superficie de unos 3.000 m2.

Así mismo, el inmueble deberá contar con acceso exclusivo y directo desde la vía pública; con un nivel de accesibilidad adaptado o susceptible de ser adaptado, con acceso público a pie plano desde el espacio público; con espacios urbanos inmediatos amplios apropiados para este tipo de edificios públicos; y con un uso administrativo para sede judicial.

El inmueble, por otro lado, deberá tener una distribución de espacio fácilmente adaptable a las necesidad de los órganos judiciales para reducir el coste de las obras de adecuación y tiempo para realizar el traslado. El edificio tendría que tener un alto grado de iluminación y ventilación natural.

Los interesados en formular propuestas deberán ponerse en contacto con la Secretaría General Administrativa de la Generalitat.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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