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La Audiencia confirma las condenas de cárcel por la caja ‘B’ del PP valenciano

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MADRID/VALÈNCIA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) – La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado las penas impuestas a 18 personas por el Juzgado Central de lo Penal del mismo órgano judicial, José María Vázquez Honrubia, a penas de entre cuatro y seis años y nueve meses de cárcel al considerar acreditada su participación en la financiación irregular del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) de las campañas electorales de 2007 y 2008 que organizaron las empresas de la trama Gürtel.

Los magistrados confirman las penas impuestas hace un año por tres piezas de la rama valenciana de la Gürtel que se juzgaron en la Audiencia Nacional, en la que, además varios acusados, entre ellos el ex secretario general del PP valenciano Ricardo Costa, los líderes de la trama y nueve empresarios reconocieron que las campañas para las elecciones municipales y autonómicas del 2007 y las generales de 2008 fueron pagadas con dinero negro.

Por estas declaraciones, el titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional afirmó en su sentencia, que ahora ha sido ratificada, que el Partido Popular de la Comunitat Valenciana (PPCV) se financió de manera «tan absolutamente irregular» durante dichos procesos electorales.

Entre los 18 condenados se encuentran el líder de la trama Gürtel, Francisco Correa, a quien le impusieron cinco años y tres meses de prisión; el ‘número dos’ de la red corrupta, Pablo Crespo, penado con cinco años de cárcel; y el responsable de la empresa Orange Market, Álvaro Pérez ‘el Bigotes’, condenado a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los ‘populares’.

Estas penas se acumulan a las impuestas ya por las irregularidades en Fitur –la única sentencia firme por el Tribunal Supremo–; por la primera época de la trama Gürtel –en esta última ‘El Bigotes’ resultó absuelto– y por los amaños de los contratos con empresa pública Aena.

El magistrado Vázquez Honrubia también consideró culpable al ex secretario general del PPCV Ricardo Costa, que podrá eludir su condena de cuatro años de prisión a cambio de una multa de 192.000 euros y 365 horas de trabajo comunitario gracias a la colaboración que está prestando para esclarecer determinadas piezas del ‘caso Gürtel’ y de la presunta ‘caja b’ del PP. El juez Vázquez Honrubia lo dictaminó así, de acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, el pasado marzo, cuando emitió un auto en el que elogió la colaboración «excepcional» del exdirigente ‘popular’.

CONFESIÓN DE COSTA
En el juicio en la Audiencia Nacional, Costa hizo una declaración sorprendente, confesando que el PP valenciano que él dirigía junto con Francisco Camps se había financiado con dinero negro y que él lo supo desde el principio y no hizo nada para evitarlo. Esta revelación supuso la reapertura de una de las piezas de la trama Gürtel, la relativa al expositor de la Comunitat Valenciana en la Feria Internacional de Turismo (Fitur), por la que el expresidente valenciano se encuentra procesado y por la que Anticorrupción solicita dos años y medio de prisión.

De los 18 acusados, solo Correa, Crespo, ‘el Bigotes’ y el considerado ‘cerebro’ financiero de la red corrupta, Ramón Blanco Balín –condenado a 3 años de cárcel– recurrieron esta sentencia, pero los magistrados tan solo han estimado parcialmente el recurso del líder de la Gürtel en el sentido de modificar las cuantías de las multas impuestas por delitos contra la Hacienda Pública por las que fue condenado.

La resolución que se ha dado a conocer este martes confirma que Orange Market, empresa que organizó los eventos y actos electorales, y el PPCV no respetaron los límites cuantitativos y requisitos a la formación por las leyes de régimen electoral y de financiación de partidos políticos.

REBASARON LOS LÍMITES LEGALES
Asimismo, subraya que los responsables del PP valenciano condenados rebasaron completamente los límites legales del partido e idearon un sistema de forma que la empresa de Correa cobrara los servicios prestados a través de empresarios simpatizantes y beneficiarios de adjudicaciones de obra pública, que «aceptaron ese acuerdo con la esperanza de obtener una posición ventajosa en futuras adjudicaciones».

Además de Costa, el titular del Juzgado Central de lo Penal condenó a la exgerente del partido Cristina Ibáñez, a tres años y cuatro meses de prisión; al exsecretario David Serra, a tres años y cuatro meses de cárcel; y a la extesorera Yolanda García, a tan sólo cuatro meses. Si bien, absolvió al exvicepresidente Vicente Rambla.

La Sala explica en su resolución que el ‘modus operandi’ fue el diseño de un sistema que consistía en el pago de cantidades en metálico y en dinero negro y en el pago de cantidades que se justificaban con unas facturas que no respondían a la realidad, porque el servicio reflejado en las mismas no había sido prestado al destinatario de la factura, sino al PPCV.

A su vez, afirman los magistrados, los ingresos que los responsables y socios de Orange Market obtenían por esta «singular» forma de cobrar sus servicios no eran transparentes para la Hacienda pública, por lo que varios de los acusados han sido condenados también por delitos fiscales por impago del impuesto de sociedades, del IVA e incluso del IRPF.

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Julio Iglesias demanda a Yolanda Díaz por llamarlo “abusador sexual”

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julio iglesias estado salud
Julio Iglesias-ARCHIVO

Julio Iglesias pasa al contraataque judicial contra Yolanda Díaz

El cantante Julio Iglesias ha presentado una demanda de conciliación contra la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, por las declaraciones en las que lo calificó de “abusador sexual” y habló de supuestas situaciones de “esclavitud” y “estructura de poder basada en la agresión permanente”.

La acción judicial, paso previo a una posible querella por calumnias o injurias, solicita que la ministra de Trabajo se retracte públicamente, reconozca el daño causado y abone una indemnización en función de la difusión de sus manifestaciones.


La demanda se produce tras el archivo de la denuncia en la Audiencia Nacional

El movimiento del artista llega después de que la denuncia presentada por dos extrabajadoras ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional fuera archivada en enero por falta de competencia.

Según el escrito de la defensa, Iglesias nunca ha tenido la condición de investigado ni de sospechoso en el procedimiento.


Las declaraciones de Yolanda Díaz en redes y televisión

Los abogados del cantante señalan especialmente un mensaje publicado por Díaz en redes sociales el 13 de enero, en el que aludía a testimonios de extrabajadoras y agradecía a periodistas por difundir el caso.

Además, citan una entrevista en televisión en la que la vicepresidenta se refirió al artista como “presunto agresor” y habló de vulneraciones graves de derechos en el entorno laboral.

Tras conocerse la demanda, Díaz reafirmó su postura señalando que seguirá defendiendo a las mujeres trabajadoras “con denuncias o sin denuncias”.


La defensa invoca la presunción de inocencia

El equipo jurídico del cantante, encabezado por el penalista José Antonio Choclán, sostiene que las declaraciones de la vicepresidenta vulneran el derecho a la presunción de inocencia y afectan al honor y la reputación del artista.

El escrito argumenta que atribuir la condición de víctimas a las denunciantes sin hechos acreditados supone emitir prejuicios de culpabilidad desde una posición institucional.


Posibles nuevas acciones legales

La demanda de conciliación es el primer paso dentro de una estrategia legal más amplia. La defensa también ha solicitado acceder al contenido íntegro de las actuaciones de la Fiscalía para valorar si procede emprender otras acciones, incluido el análisis de un posible delito de denuncia falsa.


Un conflicto con dimensión política y mediática

El caso añade tensión al debate público sobre las acusaciones, el papel de las instituciones y la protección de la reputación, situando el foco tanto en el ámbito judicial como en el político.

La evolución del procedimiento dependerá ahora de si se produce un acto de conciliación o si finalmente se formaliza una querella.


 

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