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La Audiencia Nacional archiva la querella contra cuatro exministros y Florentino Pérez por el proyecto Castor

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La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha desestimado y archivado la querella interpuesta contra cuatro exministros del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y uno del de Mariano Rajoy, además de empresarios como Florentino Pérez, en relación con el proyecto Castor, al entender que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal.

La querella de L’Observatori del Deute en la Globalització se dirigía contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, Magdalena Álvarez, Elena Espinosa y José Manuel Soria, así como el exconsejero de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana Juan Cotino; Florentino Pérez, presidente de la constructora ACS y accionista mayoritario de la sociedad mercantil ESCAL UGS S.L. (quien tenía la concesión del almacén de gas); el presidente de la mercantil ESCAL UGS S.L., Recaredo del Potro; y el exsecretario general de Energía de Industria, Comercio y Turismo Ignasi Nieto.

Tras estudiar los hechos denunciados, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 concluye que la construcción de las instalaciones a las que se refiere la querella no responde a una idea aislada ni peregrina, sino que fue acorde con una política desarrollada en la explotación y suministro de gas, previamente planeada (desde el año 2002).

Para Lamela, las resoluciones que se fueron dictando en las distintas fases del proyecto, y cuyas firmas por los querellados determinarían su responsabilidad, no aparece, y tampoco se expone en la querella, apunta, que se hayan adoptado al margen del procedimiento establecido.

En el auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción 3 ha desestimado la querella planteada por delitos de malversación, prevaricación y fraude a la administración pública. Además, el informe de la Fiscalía, con fecha de 18 de junio, solicita que se desestime la querella y se archiven las actuaciones.

Así, tras estudiar los hechos, la juez concluye que la construcción del almacén de gas es fruto no de una idea «aislada ni peregrina», sino acorde a la política de explotación y suministro de gas, que se había planteado previamente, en 2002, antes de que los querellados accedieran a sus respectivos cargos. Si bien, admite que esta política con los años se comprobó «deficitaria».

Además, el auto de la juez considera que no parece que la actuación de los querellados se guiase por «un afán de perjudicar los intereses de la Administración adoptando resoluciones injustas, arbitrarias o manifiestamente contrarias a la ley». De hecho, añade que «por el contrario, su actuación fue razonada y documentada».

La juez añade que las resoluciones que se fueron dictando en las distintas fases del proyecto y cuyas firmas por parte de los querellados determinan su responsabilidad, según el querellante «no aparece» y «tampoco se expone en la querella que se hayan adoptado al margen del procedimiento establecido».

De hecho, el auto admite que la actuación podría ser discutida jurídicamente, «tal y como sucedió» pero añade que esta discrepancia se ha resuelto a través de diversos procedimientos en la vía contencioso-administrativa.

Asimismo, añade Lamela que tras examinar las distintas resoluciones recaídas no se desprende de «ninguna de ellas» que la actuación de los querellados fuera arbitraria e incluso en algunos casos la actuación fue amparada desde la Administración, mientras en otros, la estimación se debió a motivos «formales, no de fondo». En otros, por su parte, el auto de la juez estima que se pone de manifiesto la «complejidad del problema y la falta de doctrina jurisprudencial».

«Pero en ningún caso se puso de manifiesto que la Resolución impugnada adoleciera de una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa, estos es, que fuera manifiestamente arbitraria», aclara.

De este modo, Lamela señala que no puede estimar que se haya cometido delito de prevaricación porque según la jurisprudencia, ese delito se comete cuando se adopta en un asunto administrativo una resolución «injusta, no en el sentido meramente ilegal o contraria a Derecho, sino patente y clamorosamente opuesta al ordenamiento jurídico», y que el agente del hecho obre «con clara conciencia» de la arbitrariedad, algo que «no acontece en el supuesto examinado».

La juez concluye que esto le lleva «igualmente» a considerar que no se puede estimar los delitos de malversación y fraude a la Administración, puesto que no se desprende del relato de hechos en la querella y en los documentos que la acompañan que los querellados hayan quebrantado los deberes del ejercido de su cargo, «quebrantando una especial confianza, ni que los caudales públicos hayan sido desviados torticeramente de su destino».

A ese respecto, agrega que estas circunstancias tampoco han sido apreciadas en las distintas resoluciones dictadas por la Audiencia Nacional, Tribunal Supremo o Tribunal Constitucional.

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El IPC baja al 3,4% en la Comunitat Valenciana en noviembre, su nivel más bajo desde agosto

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El Índice de Precios de Consumo (IPC) se redujo hasta el 3,4% interanual en la Comunitat Valenciana durante el mes de noviembre, una décima menos que en octubre, según los datos definitivos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este registro supone el nivel más bajo desde agosto de 2025, confirmando una ligera moderación en el ritmo de crecimiento de los precios.

La inflación mensual sube un 0,2% y acumula un alza del 3% en 2025

Aunque la tasa interanual desciende, la inflación mensual en noviembre subió un 0,2%. Con este dato, la Comunitat acumula una subida de precios del 3% en lo que va de año.

Vivienda y energía, los grupos que más encarecen la cesta

Todos los grupos de gasto presentan precios superiores a los de noviembre de 2024, aunque con ritmos desiguales. Los mayores incrementos se concentran en:

  • Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles: +8,5% respecto al año anterior
    (2,3 puntos menos que la tasa de octubre).

  • Restaurantes y hoteles: +4,8%

  • Bebidas alcohólicas y tabaco: +4%

  • Enseñanza: +3,6%

Por el contrario, los incrementos más moderados se registran en:

  • Ocio y cultura: +1,5%

  • Comunicaciones: +1,5%

  • Muebles y artículos del hogar: +1,5%

  • Vestido y calzado: +1,6%

En estos grupos, algunos valores incluso muestran descensos respecto a las tasas interanuales del mes anterior, lo que contribuye a frenar la inflación general.

El IPC nacional baja al 3% interanual

En el conjunto de España, el IPC también subió un 0,2% mensual, mientras que la tasa interanual descendió hasta el 3%, una décima menos que en octubre.

La Comunitat, entre las regiones con mayor inflación

Al cierre de noviembre, las tasas más altas de España se registraron en:

  • Madrid: 3,7%

  • Comunitat Valenciana: 3,4%

  • Baleares: 3,2%

Las más bajas correspondieron a:

  • Canarias: 2,3%

  • La Rioja: 2,4%

  • Murcia: 2,5%

En términos de evolución mensual, los mayores aumentos de precios se dieron en Extremadura (+0,5%), Murcia (+0,3%) y Navarra (+0,3%), mientras que las mayores caídas se registraron en Andalucía (-0,3%), Cantabria (-0,2%) y Canarias (-0,2%).


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