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La Audiencia Nacional condena a penas de hasta cuatro años de prisión a cuatro exdirectivos de la CAM

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La Sección Cuarta de lo Penal condena a penas de entre 2 años, 9 meses y un día y 4 años de prisión para 4 exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores, por realizar conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”. Los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto L.A. y Maria Dolores A., resultan condenados a 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable.

Al exdirector general de Planificación y Control Teófilo S. se le condena a cuatro años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable (3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores (1 año). Respecto al exdirector General de Inversiones y Riesgos Francisco José M.G., la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El tribunal absuelve a los otros 4 acusados, Modesto C., Vicente S., Juan Luis S. y Salvador O. y absuelve de los delitos societario continuado de falsedad de cuentas, estafa agravada, apropiación indebida agravada, administración desleal y falsedad documental formulados por las acusaciones.

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.
La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

Respecto a las cuotas participativas emitidas en 2008 la Sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor- personado o no en el procedimiento- haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la Sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

Respecto a Teófilo S., se le condena también por el delito de falsedad en la información contable a los inversores del artículo 282 bis del C.P. porque se le considera responsable del envío desde la CAM a la CNMV de información falsa sobre resultados positivos intermedios para ser publicada como hecho relevante.

En relación con los delitos que venían siendo acusados de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas como componentes del Comité de Dirección, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.

Los magistrados destacan el caso de uno de los únicos posibles perjudicados, el Sr. P.S., que compareció al plenario y que a propuesta de su defensa no pudo finalmente prestar declaración testifical por sobrevenida renuncia por parte de su defensa, única proponente. Y ningún otro posible perjudicado, continúa argumentando el tribunal, ha sido llamado al juicio oral para que diera sus explicaciones del supuesto mecanismo de engaño del que fue víctima. Tampoco las partes han podido acreditar ni demostrar actos de apropiación indebida de dinero ajeno, por parte de los acusados.

Absueltos los acusados de responsabilidad civil

La Sala también exonera de la responsabilidad civil a la Fundación CAM, Banco Sabadell y CASER. El tribunal recuerda que en el orden jurisdiccional penal no pueden declararse responsabilidades civiles derivadas de conductas delictivas si éstas no han sido probadas, lo que ocurre en este caso con todas aquellas relacionadas con los delitos patrimoniales y falsarios que no han quedado probados, “quedando –indica la sentencia- a la vía civil correspondiente, si procediere”.

La razón de este vacío probatorio, argumentan los jueces, “estriba en que, al contrario de lo que sostienen las acusaciones, con una gran dosis de incongruencia discursiva, este tribunal tiene el convencimiento de que la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general, donde muchas entidades financieras- no únicamente bancarias- no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión”.

Por ello, la Sala concluye que “huelga realizar cualquier pronunciamiento, inmediato o de futuro, sobre responsabilidades civiles a satisfacer por los acusados dimanantes de los delitos cometidos. Y en consecuencia, no procede efectuar declaraciones sobre las responsabilidades civiles que, desde distintas perspectivas, han pretendido las partes personadas”. Por tanto, debe ser la vía civil ordinaria la que habrá de dilucidar la patente controversia existente entre la Fundación CAM y el Banco de Sabadell

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Empresas

Así es la cesta de Navidad de Inditex de 2025 con productos valorados en 200 euros 

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cesta de navidad inditex
Foto de RRSS

La Navidad ya se deja sentir en todas las tiendas y oficinas de Inditex, donde miles de empleados han recibido su esperada cesta navideña 2025. Este tradicional obsequio corporativo, valorado en 200 euros y viral cada año en redes sociales, vuelve a sorprender por su cuidada presentación, sus productos gourmet y el simbólico detalle navideño que acompaña a cada caja. La cesta vuelve a consolidarse como uno de los gestos empresariales más comentados y apreciados del sector retail en España.Los empleados de las distintas franquicias de la marca triunfan en las redes sociales mostrando el generoso regalo que les brinda Amancio Ortega, valorado en 200 euros, como preludio de lo que serán las grandes comilonas propias de estas fechas.

La cesta de Inditex triunfa en TikTok por su contenido y su packaging

En TikTok ya podemos encontrar vídeos de varias trabajadoras que han descubierto, in situ, el contenido de la cesta que, este año, tiene un bonito packaging: una caja de rayas blancas y granates, que bien se puede reutilizar como almacenaje. Como siempre, el primer producto que aparece es un original adorno para el árbol de Navidad que, este año, es un ratoncito de peluche. Después, la trabajadora en cuestión ha sacado un pequeño paquete blanco que contiene una carta escrita y firmada por Marta Ortega, hija del magnate, acompañada de una tableta de chocolate para celebrar los 50 años de la marca ZARA.

Alimentos gourmet, clásicos navideños y nuevos productos para 2025

Ya en el centro de la caja, encontramos: bombones de pistacho, un generoso bote de nueces, galletas de nata artesanas, moscovitas, que se incluyen todos los años, polvorones, sardinillas, mejillones en escabeche, un bote de setas, queso de mezcla y humus como la gran novedad de este 2025. No pueden faltar tampoco los turrones Picó, el paté de centollo y buey de mar, un chorizo y salchichón ibérico de bellota, champán, vino tinto, vino blanco, aceite de oliva Virgen Extra y la carne que ya se incluyó el año pasado: una lata con un pollo campero de Navidad de Galo Celta.

Un gesto de Marta Ortega que refuerza el compromiso con los empleados

Con este regalo, Marta Ortega agradece -un año más- el compromiso de los trabajadores para con la empresa; un detalle que, por lo que se puede leer en los comentarios de los vídeos, no es frecuente en todos los conglomerados. Cada Navidad, los empleados de Inditex muestran una gran emoción por recibir esta cesta, lo que contribuye a una mayor satisfacción en la plantilla.

Este tipo de iniciativas tiene también un impacto positivo en la reputación de marca y en la motivación de los equipos, además de reforzar el sentimiento de pertenencia a la compañía textil más influyente del mundo. La cesta navideña se ha convertido en un símbolo de agradecimiento y tradición corporativa dentro del universo Inditex.


Cestas de Navidad: ¿cómo las personalizan otras empresas?

Mientras que Inditex opta por una apuesta gastronómica, otras compañías siguen estrategias diferentes para premiar a sus empleados. Algunas de las opciones más destacadas incluyen:

  • Cheques regalo: Para que los empleados elijan lo que más necesiten.
  • Experiencias: Como cenas en restaurantes, viajes o actividades de ocio.
  • Cestas de cuidado personal: Con productos de cosmética y bienestar.

Esta variedad de enfoques refleja cómo las empresas adaptan este gesto a sus valores y al perfil de sus trabajadores.


Cómo elegir la mejor cesta de Navidad para una empresa

Si estás pensando en seguir el ejemplo de Inditex, aquí tienes algunos consejos para elegir la cesta ideal para tus empleados:

  1. Conoce a tu equipo: Adapta la selección de productos a los gustos y necesidades de los trabajadores.
  2. Incluye variedad: Asegúrate de que haya opciones para todos, incluyendo alternativas vegetarianas o libres de alérgenos.
  3. Elige productos de calidad: Las delicatessen y productos artesanales son siempre un acierto.
  4. Añade un toque personalizado: Una nota de agradecimiento o un detalle único puede marcar la diferencia.

Unboxing en redes sociales: un fenómeno viral

El fenómeno de compartir la cesta de Navidad en redes sociales, especialmente en plataformas como Instagram o TikTok, ha convertido este detalle empresarial en una herramienta de marketing indirecto. En el caso de Inditex, el contenido exclusivo y el diseño cuidado de su cesta de 2025 han generado miles de interacciones, posicionándola como un referente de generosidad y buen gusto.

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