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La Audiencia Nacional condena a penas de hasta cuatro años de prisión a cuatro exdirectivos de la CAM

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La Sección Cuarta de lo Penal condena a penas de entre 2 años, 9 meses y un día y 4 años de prisión para 4 exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores, por realizar conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”. Los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto L.A. y Maria Dolores A., resultan condenados a 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable.

Al exdirector general de Planificación y Control Teófilo S. se le condena a cuatro años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable (3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores (1 año). Respecto al exdirector General de Inversiones y Riesgos Francisco José M.G., la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El tribunal absuelve a los otros 4 acusados, Modesto C., Vicente S., Juan Luis S. y Salvador O. y absuelve de los delitos societario continuado de falsedad de cuentas, estafa agravada, apropiación indebida agravada, administración desleal y falsedad documental formulados por las acusaciones.

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.
La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

Respecto a las cuotas participativas emitidas en 2008 la Sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor- personado o no en el procedimiento- haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la Sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

Respecto a Teófilo S., se le condena también por el delito de falsedad en la información contable a los inversores del artículo 282 bis del C.P. porque se le considera responsable del envío desde la CAM a la CNMV de información falsa sobre resultados positivos intermedios para ser publicada como hecho relevante.

En relación con los delitos que venían siendo acusados de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas como componentes del Comité de Dirección, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.

Los magistrados destacan el caso de uno de los únicos posibles perjudicados, el Sr. P.S., que compareció al plenario y que a propuesta de su defensa no pudo finalmente prestar declaración testifical por sobrevenida renuncia por parte de su defensa, única proponente. Y ningún otro posible perjudicado, continúa argumentando el tribunal, ha sido llamado al juicio oral para que diera sus explicaciones del supuesto mecanismo de engaño del que fue víctima. Tampoco las partes han podido acreditar ni demostrar actos de apropiación indebida de dinero ajeno, por parte de los acusados.

Absueltos los acusados de responsabilidad civil

La Sala también exonera de la responsabilidad civil a la Fundación CAM, Banco Sabadell y CASER. El tribunal recuerda que en el orden jurisdiccional penal no pueden declararse responsabilidades civiles derivadas de conductas delictivas si éstas no han sido probadas, lo que ocurre en este caso con todas aquellas relacionadas con los delitos patrimoniales y falsarios que no han quedado probados, “quedando –indica la sentencia- a la vía civil correspondiente, si procediere”.

La razón de este vacío probatorio, argumentan los jueces, “estriba en que, al contrario de lo que sostienen las acusaciones, con una gran dosis de incongruencia discursiva, este tribunal tiene el convencimiento de que la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general, donde muchas entidades financieras- no únicamente bancarias- no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión”.

Por ello, la Sala concluye que “huelga realizar cualquier pronunciamiento, inmediato o de futuro, sobre responsabilidades civiles a satisfacer por los acusados dimanantes de los delitos cometidos. Y en consecuencia, no procede efectuar declaraciones sobre las responsabilidades civiles que, desde distintas perspectivas, han pretendido las partes personadas”. Por tanto, debe ser la vía civil ordinaria la que habrá de dilucidar la patente controversia existente entre la Fundación CAM y el Banco de Sabadell

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Consejos para montar el Belén

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Consejos para montar el Belén

Con la llegada del mes de diciembre es momento de decorar la casa. Uno de los clásicos que no pueden faltar, junto con el árbol de Navidad, es el Belén. Sin duda el montar el Belén es una bonita tradición y es una pieza principal de la decoración navideña, junto a las luces de Navidad.

Consejos para montar el Belén

El portal y las casa

Si quieres que el portal o alguna casita sea destaque del resto del belén, puedes elevarlo con latas de conservas. Luego, para que no se vean puedes forrarlas con papel de aluminio y luego rodearlas con musgo o pintarlas con acuarela en un tono marrón oscuro, que imite al corcho.

El río

Ese río en el que los peces beben y vuelven a beber como cuenta el villancico se puede hacer de varias formas. El más conocido es recortar papel de regalo color azul en forma de ‘S’ para que imite el cauce de un río.
Alrededor puedes poner piedras y hasta hacer un círculo que simule un lago. En las tiendas también encontrarás imitaciones de río y regalos.
Para los más manitas, se puede serrar una lámina de madera fina también en forma de ‘S’ y a continuación primero pintarla de blanco y después de azul, dejando que se vean algunos trozos de blanca que simula en caudal.

El camino

Siguiendo con los villancicos, el camino que lleva a Belén se puede hacer de varias maneras. El pan rallado es un elemento muy utilizado.
Si haces el portal elevado deberás crear también una pequeña cuesta. ¿Cómo? Pon en fila latas de distintas alturas, para que imiten un camino, y cúbrelas con cartulina.
Si no tienes pana rallado puedes, echar serrín. Decora los bordes con musgo o piedras. Para que no se caiga el serrín pueden esparcir un poco de pegamento por la cartulina.

Corcho para el portal

Es uno de los grandes clásicos a la hora de hacer el belén. Puedes utilizar el corcho para ponerlo en los bordes y así simular una roca. En los huecos pon cintas de navidad o rellénalos con musgo.

Papel que imita a la roca

De fondo del portal puedes pegar sobre la pared el papel que imita el cielo, el desierto, el pueblo o un papel especial que lo arrugas un poco y simula la roca. Este papel también sirve para montar un portal.

Colócalo justo detrás de la mula y el buey para dar el efecto de portal.

El ángel

Para lograr que el ángel esté sobre el portal puedes probar a pegarlo a un trozo de alambre y clavarlo sobre el tejado.

Consejo: Pinta el alambre con pintura azul para disimular. También puedes pegarlo a un palo de madera o de plástico y apoyarlo justo detrás.

Luces y velas

Para crear el ambiente más acogedor,  puedes encender las velitas que hayas puesto o puedes comprar luces específicas para el portal que simulan luz en las casas.

Si tienes cerca un enchufe, perfecto. Si no, no te preocupes porque puedes unir las luces a una petaca de pilas que venden en cualquier tienda donde hay objetos navideños. Las luces de colores también pueden quedar bien.

Árboles 

Busca en un vivero plantitas pequeñitas. En esta época el acebo es ideal para estos casos. Si lo prefieres, puedes fabricar con plastilina verde y marrón una palmera y colocarla cerca del nacimiento además hacer árboles más pequeñitos para distribuirlos por todo el portal.

Herodes y el pueblo

Para crear el pueblo puedes elevar el castillo de Herodes y debajo poner casitas más pequeñas, como si fueran el poblado. El resto de portal es de serrín y musgo, aquí puedes utilizar piedras para crear los caminos.

 

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