Síguenos

Otros Temas

La Audiencia Nacional condena a penas de hasta cuatro años de prisión a cuatro exdirectivos de la CAM

Publicado

en

La Sección Cuarta de lo Penal condena a penas de entre 2 años, 9 meses y un día y 4 años de prisión para 4 exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores, por realizar conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”. Los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto L.A. y Maria Dolores A., resultan condenados a 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable.

Al exdirector general de Planificación y Control Teófilo S. se le condena a cuatro años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable (3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores (1 año). Respecto al exdirector General de Inversiones y Riesgos Francisco José M.G., la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El tribunal absuelve a los otros 4 acusados, Modesto C., Vicente S., Juan Luis S. y Salvador O. y absuelve de los delitos societario continuado de falsedad de cuentas, estafa agravada, apropiación indebida agravada, administración desleal y falsedad documental formulados por las acusaciones.

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.
La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

Respecto a las cuotas participativas emitidas en 2008 la Sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor- personado o no en el procedimiento- haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la Sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

Respecto a Teófilo S., se le condena también por el delito de falsedad en la información contable a los inversores del artículo 282 bis del C.P. porque se le considera responsable del envío desde la CAM a la CNMV de información falsa sobre resultados positivos intermedios para ser publicada como hecho relevante.

En relación con los delitos que venían siendo acusados de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas como componentes del Comité de Dirección, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.

Los magistrados destacan el caso de uno de los únicos posibles perjudicados, el Sr. P.S., que compareció al plenario y que a propuesta de su defensa no pudo finalmente prestar declaración testifical por sobrevenida renuncia por parte de su defensa, única proponente. Y ningún otro posible perjudicado, continúa argumentando el tribunal, ha sido llamado al juicio oral para que diera sus explicaciones del supuesto mecanismo de engaño del que fue víctima. Tampoco las partes han podido acreditar ni demostrar actos de apropiación indebida de dinero ajeno, por parte de los acusados.

Absueltos los acusados de responsabilidad civil

La Sala también exonera de la responsabilidad civil a la Fundación CAM, Banco Sabadell y CASER. El tribunal recuerda que en el orden jurisdiccional penal no pueden declararse responsabilidades civiles derivadas de conductas delictivas si éstas no han sido probadas, lo que ocurre en este caso con todas aquellas relacionadas con los delitos patrimoniales y falsarios que no han quedado probados, “quedando –indica la sentencia- a la vía civil correspondiente, si procediere”.

La razón de este vacío probatorio, argumentan los jueces, “estriba en que, al contrario de lo que sostienen las acusaciones, con una gran dosis de incongruencia discursiva, este tribunal tiene el convencimiento de que la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general, donde muchas entidades financieras- no únicamente bancarias- no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión”.

Por ello, la Sala concluye que “huelga realizar cualquier pronunciamiento, inmediato o de futuro, sobre responsabilidades civiles a satisfacer por los acusados dimanantes de los delitos cometidos. Y en consecuencia, no procede efectuar declaraciones sobre las responsabilidades civiles que, desde distintas perspectivas, han pretendido las partes personadas”. Por tanto, debe ser la vía civil ordinaria la que habrá de dilucidar la patente controversia existente entre la Fundación CAM y el Banco de Sabadell

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Otros Temas

El día más corto del año: cuándo es el solsticio de invierno en 2025 y por qué es tan importante

Publicado

en

solsticio invierno
FREEPIK ARCHIVO

Cada mes de diciembre, el calendario señala una fecha clave que va mucho más allá de una simple curiosidad astronómica. El solsticio de invierno marca el día con menos horas de luz del año y simboliza un punto de inflexión natural: a partir de ese instante, las jornadas comienzan a alargarse de forma progresiva, aunque casi imperceptible al principio.

Este fenómeno, seguido desde hace miles de años por civilizaciones de todo el mundo, continúa despertando interés tanto por su significado científico como por su carga simbólica. En 2025, el solsticio volverá a producirse puntualmente en diciembre, dando inicio al invierno astronómico en el hemisferio norte.

¿Cuándo se produce el solsticio de invierno en 2025?

En 2025, el solsticio de invierno tendrá lugar el 21 de diciembre a las 15:03 horas (hora peninsular española). Es importante matizar que el solsticio no dura un día entero, sino que es un instante exacto, el momento en el que el Sol alcanza su menor altura aparente sobre el horizonte en el hemisferio norte.

Desde ese preciso segundo, la duración del día empieza a aumentar poco a poco. Aunque durante los días posteriores el amanecer aún puede retrasarse ligeramente, el número total de minutos de luz diurna comienza a crecer, marcando el inicio del llamado “retorno de la luz”.

Qué ocurre exactamente durante el solsticio de invierno

La palabra solsticio procede del latín sol (Sol) y sistere (detenerse), y hace referencia a la sensación de que el Sol “se detiene” en su recorrido antes de invertir su trayectoria aparente.

La explicación científica

El fenómeno se explica por la inclinación del eje terrestre, que se mantiene en unos 23,5 grados respecto al plano de su órbita alrededor del Sol. Esta inclinación es la responsable de que las estaciones existan y de que la cantidad de luz solar que recibe cada hemisferio varíe a lo largo del año.

Durante el solsticio de invierno en el hemisferio norte:

  • El Sol se sitúa perpendicularmente sobre el Trópico de Capricornio, en el hemisferio sur.

  • En el sur se vive el día más largo del año.

  • En el norte se registra la noche más larga y el día más corto.

Por qué la fecha del solsticio cambia cada año

Aunque suele producirse entre el 20 y el 22 de diciembre, el solsticio de invierno no cae siempre el mismo día ni a la misma hora. La razón está en que el calendario gregoriano no encaja de forma perfecta con el año solar real.

La Tierra tarda aproximadamente 365 días y casi seis horas en completar una órbita alrededor del Sol. Ese desfase se corrige con los años bisiestos, que añaden un día extra cada cuatro años. Además, influyen otros factores como:

  • Pequeñas variaciones en la órbita terrestre.

  • La precesión del eje terrestre, un lento movimiento similar al de una peonza.

Todo ello provoca ligeros cambios en la fecha y hora exactas de los solsticios a lo largo del tiempo.

El día más corto del año según la latitud

El impacto del solsticio no se percibe de la misma forma en todos los lugares del planeta. La duración del día depende directamente de la latitud:

  • En España, el 21 de diciembre de 2025:

    • En Madrid, el día durará algo más de nueve horas.

    • En el norte peninsular, la luz será todavía más escasa.

  • En latitudes próximas al Círculo Polar Ártico, el Sol no llega a salir, dando lugar a la conocida noche polar, visible en zonas de Noruega, Finlandia o Islandia.

Cuanto más al norte, menos horas de luz; cuanto más al sur, mayor duración del día durante el solsticio invernal del hemisferio norte.

¿El solsticio marca realmente el inicio del invierno?

Esta es una de las dudas más habituales. Existen dos formas oficiales de definir las estaciones, y ambas conviven:

Invierno meteorológico

  • Se basa en criterios climáticos y estadísticos.

  • Tiene fechas fijas.

  • Comienza el 1 de diciembre y termina el 28 o 29 de febrero.

Invierno astronómico

  • Depende de la posición de la Tierra respecto al Sol.

  • Comienza con el solsticio de invierno.

  • Finaliza con el equinoccio de primavera.

Por eso, aunque muchas previsiones meteorológicas hablan de invierno desde principios de diciembre, el invierno astronómico no arranca hasta que se produce el solsticio.

El solsticio a lo largo de la historia y su simbolismo

El solsticio de invierno ha sido observado, medido y celebrado desde la antigüedad. Numerosas culturas lo consideraban un momento sagrado ligado a la renovación y al ciclo de la vida.

Monumentos como:

  • Stonehenge, en Reino Unido.

  • El Templo del Sol de Machu Picchu, en Perú.

están alineados con la posición del Sol durante el solsticio, lo que demuestra la importancia que este evento tenía para los calendarios agrícolas, los rituales religiosos y la organización social.

Un punto de inflexión en el año

Hoy, aunque la ciencia ha explicado con precisión qué ocurre durante el solsticio de invierno, su significado sigue intacto. Representa el final del descenso de la luz y el inicio de un nuevo ciclo, un recordatorio natural de que incluso tras el día más oscuro del año, la claridad siempre regresa poco a poco.

El 21 de diciembre de 2025 volverá a marcar ese instante exacto en el que el Sol “se detiene” para empezar, lentamente, a ganar altura en el cielo.

Continuar leyendo