Síguenos

Otros Temas

La Audiencia Nacional condena a penas de hasta cuatro años de prisión a cuatro exdirectivos de la CAM

Publicado

en

La Sección Cuarta de lo Penal condena a penas de entre 2 años, 9 meses y un día y 4 años de prisión para 4 exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores, por realizar conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”. Los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto L.A. y Maria Dolores A., resultan condenados a 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable.

Al exdirector general de Planificación y Control Teófilo S. se le condena a cuatro años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable (3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores (1 año). Respecto al exdirector General de Inversiones y Riesgos Francisco José M.G., la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El tribunal absuelve a los otros 4 acusados, Modesto C., Vicente S., Juan Luis S. y Salvador O. y absuelve de los delitos societario continuado de falsedad de cuentas, estafa agravada, apropiación indebida agravada, administración desleal y falsedad documental formulados por las acusaciones.

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.
La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

Respecto a las cuotas participativas emitidas en 2008 la Sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor- personado o no en el procedimiento- haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la Sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

Respecto a Teófilo S., se le condena también por el delito de falsedad en la información contable a los inversores del artículo 282 bis del C.P. porque se le considera responsable del envío desde la CAM a la CNMV de información falsa sobre resultados positivos intermedios para ser publicada como hecho relevante.

En relación con los delitos que venían siendo acusados de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas como componentes del Comité de Dirección, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.

Los magistrados destacan el caso de uno de los únicos posibles perjudicados, el Sr. P.S., que compareció al plenario y que a propuesta de su defensa no pudo finalmente prestar declaración testifical por sobrevenida renuncia por parte de su defensa, única proponente. Y ningún otro posible perjudicado, continúa argumentando el tribunal, ha sido llamado al juicio oral para que diera sus explicaciones del supuesto mecanismo de engaño del que fue víctima. Tampoco las partes han podido acreditar ni demostrar actos de apropiación indebida de dinero ajeno, por parte de los acusados.

Absueltos los acusados de responsabilidad civil

La Sala también exonera de la responsabilidad civil a la Fundación CAM, Banco Sabadell y CASER. El tribunal recuerda que en el orden jurisdiccional penal no pueden declararse responsabilidades civiles derivadas de conductas delictivas si éstas no han sido probadas, lo que ocurre en este caso con todas aquellas relacionadas con los delitos patrimoniales y falsarios que no han quedado probados, “quedando –indica la sentencia- a la vía civil correspondiente, si procediere”.

La razón de este vacío probatorio, argumentan los jueces, “estriba en que, al contrario de lo que sostienen las acusaciones, con una gran dosis de incongruencia discursiva, este tribunal tiene el convencimiento de que la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general, donde muchas entidades financieras- no únicamente bancarias- no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión”.

Por ello, la Sala concluye que “huelga realizar cualquier pronunciamiento, inmediato o de futuro, sobre responsabilidades civiles a satisfacer por los acusados dimanantes de los delitos cometidos. Y en consecuencia, no procede efectuar declaraciones sobre las responsabilidades civiles que, desde distintas perspectivas, han pretendido las partes personadas”. Por tanto, debe ser la vía civil ordinaria la que habrá de dilucidar la patente controversia existente entre la Fundación CAM y el Banco de Sabadell

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Otros Temas

Horóscopo chino 2026: así será el Año del Caballo de Fuego para cada signo

Publicado

en

Horóscopo chino
Horóscopo Chino-PEXELS

Muchas personas siguen la astrología occidental, pero la astrología china ofrece una perspectiva milenaria con una profunda carga simbólica y cultural. A diferencia del calendario gregoriano, el Año Nuevo chino se rige por el calendario lunar, por lo que su inicio varía cada año. En 2026, el Año del Caballo de Fuego comenzará el 17 de febrero y se prolongará hasta el 5 de febrero de 2027, marcando un ciclo intenso, dinámico y lleno de transformaciones.

Qué significa el Año del Caballo de Fuego en el horóscopo chino

El Caballo es símbolo de acción, independencia, movimiento y espíritu libre. Cuando se combina con el elemento Fuego, su energía se intensifica, dando lugar a un año de ritmo acelerado, decisiones firmes y cambios que difícilmente pueden posponerse.

El tema general de 2026 será el movimiento constante, las pruebas personales y la necesidad de adaptación. No será un año especialmente sencillo, pero sí uno muy revelador, en el que cada signo deberá aprender a gestionar impulsos, emociones y expectativas.

Según las interpretaciones del horóscopo chino, el Fuego aporta pasión, intensidad y también cierto riesgo de agotamiento, por lo que el equilibrio entre acción y prudencia será clave.

Cómo saber cuál es tu signo en el zodiaco chino

El zodiaco chino se organiza en ciclos de 12 años, cada uno representado por un animal. Para conocer tu signo, debes fijarte en tu año de nacimiento, teniendo en cuenta que si naciste en enero o febrero es importante comprobar si tu fecha fue anterior o posterior al Año Nuevo chino de ese año.

Estos son los signos del horóscopo chino y algunos de sus años correspondientes:

  • Rata: 1924, 1936, 1948, 1960, 1972, 1984, 1996, 2008, 2020

  • Buey: 1925, 1937, 1949, 1961, 1973, 1985, 1997, 2009, 2021

  • Tigre: 1926, 1938, 1950, 1962, 1974, 1986, 1998, 2010, 2022

  • Conejo: 1927, 1939, 1951, 1963, 1975, 1987, 1999, 2011, 2023

  • Dragón: 1928, 1940, 1952, 1964, 1976, 1988, 2000, 2012, 2024

  • Serpiente: 1929, 1941, 1953, 1965, 1977, 1989, 2001, 2013, 2025

  • Caballo: 1930, 1942, 1954, 1966, 1978, 1990, 2002, 2014, 2026

  • Cabra: 1931, 1943, 1955, 1967, 1979, 1991, 2003, 2015, 2027

  • Mono: 1932, 1944, 1956, 1968, 1980, 1992, 2004, 2016, 2028

  • Gallo: 1933, 1945, 1957, 1969, 1981, 1993, 2005, 2017, 2029

  • Perro: 1934, 1946, 1958, 1970, 1982, 1994, 2006, 2018, 2030

  • Cerdo: 1935, 1947, 1959, 1971, 1983, 1995, 2007, 2019, 2031

Signos con más suerte en el Año del Caballo de Fuego

Algunos signos se verán especialmente favorecidos en 2026:

  • Tigre: año de crecimiento profesional, reconocimiento y buenas oportunidades económicas.

  • Cerdo: mejora notable tras un periodo complicado, con opciones de ascenso y estabilidad emocional.

  • Perro: fluidez en el trabajo, buenas finanzas y avances en el plano espiritual.

  • Gallo: estabilidad laboral, ingresos constantes y relaciones personales sólidas.

  • Cabra: excelente año para la carrera y el amor, siempre que controle los gastos.

Signos con más desafíos en 2026

Otros signos deberán extremar la prudencia:

  • Caballo: al ser su propio año, vivirá cambios profundos, con posibles tensiones emocionales y laborales.

  • Rata: inestabilidad y necesidad de controlar impulsos, especialmente en el ámbito financiero.

  • Buey: conflictos en relaciones personales y decisiones que exigirán cautela.

  • Conejo: altibajos emocionales y desafíos en la carrera, compensados por apoyo familiar.

Signos con suerte intermedia

  • Dragón: año neutro, ideal para consolidar y evitar riesgos innecesarios.

  • Serpiente: buen momento para el amor y la estabilidad, sin grandes sobresaltos.

  • Mono: estabilidad general, con oportunidades que llegarán en la segunda mitad del año.

Un año de cambios que marcará tendencia

El Año del Caballo de Fuego no pasará desapercibido. Históricamente, estos ciclos —como los de 1906 o 1966— han coincidido con transformaciones sociales y cambios profundos. En 2026, la energía dominante invita a cerrar etapas, redefinir prioridades y avanzar con determinación, pero siempre con conciencia y equilibrio.

Será un año exigente, intenso y revelador, ideal para quienes estén dispuestos a moverse, adaptarse y tomar decisiones valientes sin perder de vista el autocuidado y la reflexión.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo