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La Audiencia Nacional condena a penas de hasta cuatro años de prisión a cuatro exdirectivos de la CAM

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La Sección Cuarta de lo Penal condena a penas de entre 2 años, 9 meses y un día y 4 años de prisión para 4 exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores, por realizar conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”. Los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto L.A. y Maria Dolores A., resultan condenados a 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable.

Al exdirector general de Planificación y Control Teófilo S. se le condena a cuatro años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable (3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores (1 año). Respecto al exdirector General de Inversiones y Riesgos Francisco José M.G., la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El tribunal absuelve a los otros 4 acusados, Modesto C., Vicente S., Juan Luis S. y Salvador O. y absuelve de los delitos societario continuado de falsedad de cuentas, estafa agravada, apropiación indebida agravada, administración desleal y falsedad documental formulados por las acusaciones.

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.
La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

Respecto a las cuotas participativas emitidas en 2008 la Sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor- personado o no en el procedimiento- haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la Sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

Respecto a Teófilo S., se le condena también por el delito de falsedad en la información contable a los inversores del artículo 282 bis del C.P. porque se le considera responsable del envío desde la CAM a la CNMV de información falsa sobre resultados positivos intermedios para ser publicada como hecho relevante.

En relación con los delitos que venían siendo acusados de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas como componentes del Comité de Dirección, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.

Los magistrados destacan el caso de uno de los únicos posibles perjudicados, el Sr. P.S., que compareció al plenario y que a propuesta de su defensa no pudo finalmente prestar declaración testifical por sobrevenida renuncia por parte de su defensa, única proponente. Y ningún otro posible perjudicado, continúa argumentando el tribunal, ha sido llamado al juicio oral para que diera sus explicaciones del supuesto mecanismo de engaño del que fue víctima. Tampoco las partes han podido acreditar ni demostrar actos de apropiación indebida de dinero ajeno, por parte de los acusados.

Absueltos los acusados de responsabilidad civil

La Sala también exonera de la responsabilidad civil a la Fundación CAM, Banco Sabadell y CASER. El tribunal recuerda que en el orden jurisdiccional penal no pueden declararse responsabilidades civiles derivadas de conductas delictivas si éstas no han sido probadas, lo que ocurre en este caso con todas aquellas relacionadas con los delitos patrimoniales y falsarios que no han quedado probados, “quedando –indica la sentencia- a la vía civil correspondiente, si procediere”.

La razón de este vacío probatorio, argumentan los jueces, “estriba en que, al contrario de lo que sostienen las acusaciones, con una gran dosis de incongruencia discursiva, este tribunal tiene el convencimiento de que la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general, donde muchas entidades financieras- no únicamente bancarias- no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión”.

Por ello, la Sala concluye que “huelga realizar cualquier pronunciamiento, inmediato o de futuro, sobre responsabilidades civiles a satisfacer por los acusados dimanantes de los delitos cometidos. Y en consecuencia, no procede efectuar declaraciones sobre las responsabilidades civiles que, desde distintas perspectivas, han pretendido las partes personadas”. Por tanto, debe ser la vía civil ordinaria la que habrá de dilucidar la patente controversia existente entre la Fundación CAM y el Banco de Sabadell

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La tendencia viral de las caricaturas con ChatGPT: así puedes crear un retrato de tu vida personalizado

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caricaturas ChatGPT
CREACIÓN DE CHATGPT PARA OFFICIAL PRESS

Las caricaturas personalizadas generadas con ChatGPT se han convertido en una de las tendencias más virales del momento en redes sociales. Cada vez más usuarios comparten ilustraciones inspiradas en su trabajo, su estilo de vida, sus mascotas o su personalidad, creadas a partir de descripciones y conversaciones con el asistente.

Este fenómeno digital combina creatividad, humor y tecnología, y demuestra cómo la inteligencia artificial se ha integrado en el entretenimiento cotidiano. Las imágenes resultantes no son simples retratos: suelen incluir escenas simbólicas de la vida del usuario, elementos de su profesión o detalles que lo representan.

Cómo pedir a ChatGPT una caricatura basada en tu vida

La clave para sumarse a esta tendencia es realizar una petición clara y detallada. Muchos usuarios solicitan su caricatura con un mensaje sencillo en el que piden al asistente que cree una ilustración inspirada en su vida, su trabajo y su personalidad.

Para obtener un resultado más preciso, es recomendable aportar información como:

  • Rasgos físicos (gafas, peinado, estilo de ropa)

  • Profesión o actividades habituales

  • Aficiones

  • Mascotas

  • Escenario en el que te gustaría aparecer

  • Estilo de dibujo (cómico, realista, cartoon)

Cuantos más detalles se faciliten, más personalizada será la caricatura.

¿Hace falta tener un historial de conversación?

No es necesario. Aunque algunos usuarios piden la caricatura basándose en conversaciones previas, cualquier persona puede crear la suya aportando datos básicos en el momento. Incluso se puede adjuntar una fotografía para mejorar el parecido, aunque este paso es opcional.

La inteligencia artificial interpreta la descripción y genera una escena visual que mezcla rasgos físicos y elementos simbólicos del día a día del usuario.

Por qué estas caricaturas se han hecho virales

El éxito de estas ilustraciones radica en su carácter personal y compartible. Ver una representación divertida de uno mismo resulta atractivo y fácil de publicar en redes sociales. Además, cada imagen es distinta, lo que anima a los usuarios a experimentar con diferentes estilos y escenarios.

En Instagram, X o TikTok se han multiplicado las publicaciones con caricaturas personalizadas. Muchas incluyen detalles como ordenadores, cámaras, libros, mascotas o elementos del trabajo, lo que hace que el resultado sea reconocible y cercano.

De la moda Ghibli a las caricaturas personalizadas

Antes de esta tendencia, otra similar se hizo viral: la transformación de fotografías al estilo de animación japonesa. Durante meses, miles de usuarios generaron imágenes inspiradas en el universo de la animación, lo que demostró el enorme interés por las herramientas creativas basadas en inteligencia artificial.

Las caricaturas personalizadas continúan esa evolución, pero con un enfoque más individual: cada imagen refleja la identidad y la vida de quien la solicita.

Creatividad digital al alcance de cualquiera

La popularidad de estas caricaturas confirma que la inteligencia artificial ya no se limita al ámbito técnico o profesional. También se ha convertido en una herramienta creativa y lúdica accesible para cualquier usuario.

Pedir una caricatura personalizada se ha transformado en una forma de entretenimiento y de expresión personal. Desde retratos humorísticos hasta ilustraciones más artísticas, la tendencia seguirá creciendo a medida que más personas experimenten con sus propias versiones.

Una tendencia que seguirá creciendo en 2026

Todo apunta a que las caricaturas generadas con ChatGPT seguirán ganando popularidad durante 2026. La posibilidad de crear imágenes únicas en pocos minutos y compartirlas en redes sociales ha impulsado esta moda digital.

Para muchos usuarios, estas ilustraciones no solo son un juego, sino también una forma de contar su historia de manera visual. La combinación de tecnología, creatividad y personalización ha convertido esta tendencia en una de las más comentadas del año.

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