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La Audiencia rechaza el recurso de Zaplana y confirma la prisión provisional acordada por la instructora

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Jun. (EUROPA PRESS) – La Audiencia de Valencia ha rechazado el recurso del expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana, en prisión provisional por el caso Erial, y ha confirmado la decisión de la jueza de Instrucción 8, encargada de investigar esta causa, de mantenerle en la cárcel de Picassent, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La defensa de Zaplana había presentado un recurso de apelación contra el auto de prisión provisional del 24 de mayo y otro posterior, de 1 de junio, en el que rechazó el recurso de reforma presentado por el exministro de Trabajo. Este martes se ha celebrado una vista en la sección quinta de la Audiencia provincial, tras la cual, la sala ha decidido mantener su situación de privación de libertad. Contra esta decisión no cabe recurso.

Eduardo Zaplana está siendo investigado por los delitos de blanqueo de capitales, cohecho, prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraude en la contratación, delito fiscal, falsedad documental, asociación ilícita para delinquir y grupo criminal.

A principios de mes, la instructora rechazó la petición del exministro de quedar en libertad por razones humanitarias o, subsidiariamente, pasar a arresto domiciliario, solicitud que el expresidente basaba en la enfermedad que sufre.

La defensa de Zaplana había presentado un recurso de reforma contra el auto de prisión, en el que alegaba que la medida era «innecesaria y desproporcionada», sostenía que no existía «ningún riesgo objetivo de destrucción de pruebas» ni de fuga, tanto por el «arraigo personal y familiar» como por la «grave enfermedad» que padece desde hace años –leucemia– y que requiere cuidados «continuos y periódicos».

Para las razones humanitarias se basaba en dos informes médicos, uno de ellos forense, en los que se apuntaban que Zaplana presenta un grave riesgo de sufrir «infecciones oportunistas» dado el «cuadro profundo de inmunosupresión» que padece el exministro.

Sin embargo, la jueza, rechazó el recurso con el argumento de que «quien comete presuntamente un delito debe asumir las consecuencias de sus actos siendo él el único responsable» y porque que las vigilancias a las que se ha sometido a Eduardo Zaplana desde el año 2015 –cuando comenzó la investigación– reflejan una vida «muy activa».

Además, apuntaba que Zaplana ha solicitado el uso del gimnasio de la cárcel de Picassent en la que se encuentra, lo que, a juicio de la magistrada, «evidencia que se encuentra en perfecto estado independientemente de la enfermedad que padece». La defensa recurrió entonces a la Audiencia, que ha confirmado ahora la decisión de la instructora.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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