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La Generalitat abre expediente sancionador a El Corte Inglés por fomentar una visión «estereotipada» de la madre

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VALÈNCIA, 4 Jun. (EUROPA PRESS) –

La dirección general de Comercio y Consumo de la Conselleria de Economía Sostenible ha dado instrucciones para tramitar el expediente sancionador a El Corte Inglés por su campaña publicitaria para el ‘Día de la Madre’ por considerar que puede «fomentar el estereotipo de madre que resigna a las mujeres a cumplir con su papel de ‘buena madre’ basado en la entrega, por encima del resto de identidades».

Comercio y Consumo, que el pasado 6 de mayo inició las actuaciones previas a la apertura de expediente tras recibir una queja de la Secretaría Autonómica de Inclusión e Igualdad por la campaña publicitaria de la compañía, ha decidido dar este paso al no recibir respuesta por parte de El Corte Inglés, que «no ha remitido ninguna documentación ni ha efectuado alegaciones o manifestaciones» ante los requerimientos de información por parte de la administración.

Así se recoge en un escrito, consultado por Europa Press, que señala que, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se traslada la documentación para iniciar la tramitación de un expediente sancionador por posible infracción del artículo 3.a) de la Ley 34/1988, del 11 de noviembre, General de Publicidad, con la campaña publicitaria del ‘Día de la Madre’, cuyo cartel principal decía: «97% entregada, 3% egoísmo, 0% quejas».

Desde que reciba la notificación de la tramitación del expediente sancionador, la compañía –que se enfrenta a una multa de entre 3.000 y 15.000 euros– dispondrá de diez días hábiles para formular sus alegaciones y en esta ocasión tiene obligación de responder.

Al igual que cuando se iniciaron las diligencias previas, el pasado 6 de mayo, El Corte Inglés se «reafirma» en que «lejos de ser sexista» su campaña por el ‘Día de la Madre’ pretendía hacer «un homenaje a las madres», han explicado a Europa Press fuentes de la empresa.

De este modo, deja el expediente en manos de su asesoría jurídica, que según han señalado las mismas fuentes, «ya está preparando las alegaciones».

NORMATIVA EN LA QUE SE BASA EL EXPEDIENTE
En su momento, al inicio de las cuestiones previas, el director de Consumo, Natxo Costa, recordaba que los anuncios de esta campaña han tenido «amplia repercusión negativa» en diversos sectores de la sociedad. A su entender, era una campaña más propia del «siglo XIX» que del siglo XXI.

En su requerimiento, Comercio basaba su petición en normativas como la Ley 34/1988, del 11 de noviembre, General de Publicidad, que establece que es «ilícita» la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren los artículos 14, 18 y 20.

«Se entenderán incluidos los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género».

Así mismo, la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, completa dicha normativa en su artículo 18.1, que dispone: «Además de lo dispuesto en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, en relación con la publicidad ilícita, está prohibida toda comunicación comercial que vulnere la dignidad humana o fomente la discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, nacionalidad, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual. Igualmente está prohibida toda publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio».

Igualmente, su artículo 7, referido a los derechos de las personas de menor edad, dispone que: «Las comunicaciones comerciales no deberán producir perjuicio moral o físico a los menores. En consecuencia tendrán las siguientes limitaciones: (…) e) No deben incitar conductas que favorezcan la desigualdad entre hombres y mujeres».

Además, la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE, sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de la radiodifusión televisiva, señala que «la publicidad o la tele venta dirigidas a menores deberá transmitir una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres».

Asimismo, la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, dispone en su artículo 65.5 que «constituyen infracciones en materia de normalización técnica, documentación y condiciones o técnicas de venta y suministro de productos y
servicios» como «el uso de prácticas comerciales desleales con las personas consumidoras y usuarias y la realización de publicidad ilícita, infringiendo lo dispuesto por las disposiciones aplicables».

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Investigación en Logroño: el joven de 20 años y la menor de 13 fallecidos mantendrían una relación

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jóvenes fallecidos Logroño
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La investigación sobre la muerte de una menor de 13 años y un joven de 20, hallados sin vida este sábado en un edificio en obras de Logroño, apunta a que ambos mantenían una relación sentimental, según han confirmado fuentes cercanas al caso.

El suceso tuvo lugar en un inmueble en construcción situado en la calle Marqués de Larios, donde los cuerpos de los dos jóvenes fueron encontrados en la acera tras, presuntamente, precipitarse al vacío desde el interior del edificio.

Denuncia previa por la desaparición de la menor

Horas antes de la tragedia, la familia de la menor había presentado una denuncia por desaparición, al no regresar a su domicilio después de marcharse con el joven. Según publica un medio local, la relación entre ambos no contaba con el respaldo de la familia de ella, principalmente por la diferencia de edad.

Este dato forma parte de las diligencias que están siendo analizadas por los investigadores para reconstruir las horas previas al fallecimiento.

Acceso a la obra y cámaras de seguridad

De acuerdo con la información recabada por Europa Press, los jóvenes accedieron al recinto tras romper una valla de seguridad con un vehículo. El edificio en obras cuenta con cámaras de videovigilancia, que habrían registrado imágenes de ambos momentos antes del trágico desenlace.

Estas grabaciones ya estarían en manos de los investigadores y forman parte de las pruebas clave para esclarecer cómo se produjeron los hechos.

Investigación abierta y llamada a la prudencia

Por el momento, no han trascendido más detalles oficiales sobre las circunstancias exactas del suceso. Las autoridades han pedido respeto y prudencia, tanto hacia las familias como hacia el proceso de investigación, hasta que se esclarezca completamente lo ocurrido.

Los cuerpos de ambos jóvenes fueron trasladados al Instituto de Medicina Legal de La Rioja, donde se les practicará la autopsia, cuyos resultados serán determinantes para avanzar en el caso.

Las cámaras grabaron a los jóvenes fallecidos en Logroño antes de precipitarse desde un edificio en obras

La Policía Nacional investiga la muerte de un joven de 20 años y una menor de 13, cuyos cuerpos fueron localizados de madrugada en la calle Marqués de Larios de Logroño. Según las primeras diligencias, no presentaban signos externos de violencia.

Las pesquisas apuntan a que ambos accedieron a una obra en construcción y, presuntamente, se precipitaron de forma voluntaria desde el interior del inmueble, extremo que continúa bajo investigación.

Acceso al recinto y registros de videovigilancia

De acuerdo con la información recabada por los investigadores, los jóvenes rompieron la valla de seguridad del edificio con una furgoneta para entrar en el recinto. El lugar dispone de cámaras de seguridad que habrían grabado la entrada de ambos instantes antes del suceso, imágenes que ya están siendo analizadas.

La Delegación del Gobierno en La Rioja ha confirmado los hechos y ha subrayado que la investigación sigue abierta para esclarecer las circunstancias exactas de lo ocurrido.

Investigación en curso y llamada a la prudencia

Por el momento, las autoridades no facilitan más detalles y solicitan respeto y prudencia mientras avanzan las diligencias. Los cuerpos fueron trasladados al Instituto de Medicina Legal de La Rioja, donde se realizarán las autopsias, claves para confirmar la causa del fallecimiento.

Recursos de ayuda y prevención

Ante este tipo de tragedias, las autoridades recuerdan la importancia de contar con recursos de apoyo emocional y prevención. En España, están disponibles servicios gratuitos y confidenciales como el Teléfono de la Esperanza (717 003 717) y el Teléfono Contra el Suicidio (911 385 385).

Además, el 024 es el teléfono corto y gratuito, operativo las 24 horas del día, que ofrece atención anónima y especializada para personas que atraviesan situaciones de crisis emocional.

La investigación continúa abierta mientras se analizan todas las pruebas y testimonios relacionados con este suceso que ha conmocionado a la capital riojana.

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