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La Generalitat acusa a Camps por irregularidades en la F1 y la Fiscalía pide el sobreseimiento de la causa

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VALÈNCIA, 4 Jun. – La Abogacía de la Generalitat ha presentado finalmente un escrito de acusación ‘ad cautelam’ –preventivamente– contra el expresidente de la Generalitat Francisco Camps, otros ex altos cargos del Consell y empresarios por las presuntas irregularidades durante el proceso de construcción del circuito urbano de F1 en València, pendiente de que la magistrada resuelva definitivamente su petición de completar la prueba pericial de la causa, una solicitud que la instructora ha rechazado y esta acusación ha recurrido. Para la Abogacía, existen indicios de delito de prevaricación y malversación en la actuación del ‘expresident’.

La presentación del escrito se ha hecho efectiva el día en el que finaliza el plazo para presentar los escritos correspondientes. En este caso, según ha podido saber Europa Press, la Abogacía de la Generalitat acusa ‘ad cautelam’ a Camps y el resto de personas procesadas en la causa, pendiente de que se resuelva definitivamente su petición para que se complete la prueba pericial dado que, en la realizada por el Interventor, éste advirtió de que no tenía el «criterio técnico suficiente» para evaluar determinados aspectos.

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 17 de València, encargada del caso, ha denegado este mismo martes la petición de estas diligencias suplementarias y/o complementarias para la realización de este informe, decisión contra la que la Abogacía ha presentado un recurso de reforma en el que reclama la conveniencia de disponer de esa pericial y de que medios técnicos concreten si hubo desviación en los costes del circuito.

Aunque la Abogacía quería contar con un informe complementario para tener cerrados determinados aspectos, considera que existen indicios de delito para elevar un escrito de acusación, «sin perjuicio de que siga explorando todas las vías procedimentales oportunas en defensa del interés general».

La Abogacía había argumentado que conoció el informe del interventor de la Generalitat, en el que reconoce que «no se dispone del criterio técnico suficiente» para pronunciarse sobre aspectos como los presupuestos que se aprobaron, los precios de los contratos, las valoraciones técnicas o los modificados, cuando ya estaba cerrada la causa, por lo que solicitó diligencias complementarias para que se realizara ese análisis técnico.

No obstante, mantiene que hay «indicios suficientes» que establece la magistrada instructora en su auto de procesamiento a Camps para presentar el escrito de acusación por los delitos de prevaricación y malversación en relación a un circuito que el ‘expresident’ aseguró que «no iba a costar un euro» y que comportó un desembolso de unos 90 millones de euros, según se recoge en ese escrito de la instructora.

En su solicitud de diligencias complementarias, la Abogacía pedía que la magistrada acordara que los medios técnicos que correspondan determinaran si hubo desviación en los costes de la obra del circuito, que no pudo analizar el Interventor en su informe. Sin embargo, la magistrada, según han apuntado a Europa Press fuentes jurídicas, ha desestimado esa petición porque la instrucción ya está cerrada y, por tanto, no es posible pedir nuevas diligencias.

La magistrada acordó, en un primer auto del pasado 2 de mayo, el procesamiento de Camps; del que fuera su vicepresidente Vicente Rambla; del exconseller de Infraestructuras Mario Flores y a cargos del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios, en la causa por la construcción del circuito urbano de la Fórmula 1 en València, una actuación que supuso un coste cercano a los 89 millones de euros entre 2007 y 2008.

La magistrada sostenía que Camps «capitaneó» al resto de procesados para obtener un «rédito político y personal» como «máxime artífice» de un evento de interés mundial y dio traslado a Ministerio Fiscal y Abogacía de la Generalitat para que en el plazo de diez días formularan escrito de acusación, pidieran apertura de juicio oral, el archivo de la causa o solicitaran la práctica de diligencias complementarias.

POSICIÓN DE FISCALÍA
En el caso de la Fiscalía, ha pedido por dos veces el sobreseimiento de las actuaciones al considerar que no existen elementos de prueba suficientes para calificar los hechos, a nivel de indicios, por los delitos de prevaricación –que sería administrativa y estaría prescrita– ni de malversación.

La Abogacía de la Generalitat también pidió el procesamiento de Belén Reyero, asesora de Camps y para la que la magistrada sobreseyó la causa, al considerar que no era una «convidada de piedra». La instructora se reafirmó recientemente en su posición de archivar el caso para ella, en la decisión de procesar al ‘expresident’ y cuestionó la actitud de Anticorrupción, al ser precisamente el órgano que interpuso la querella contra Camps que dio origen a este procedimiento.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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