Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

La juez absuelve los miembros de España 2000 acusados de amenazar a Oltra en la puerta de su casa al no ver delito

Publicado

en

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Llíria (València) ha absuelto a los cuatro miembros de España 2000 acusados de amenazar y coaccionar a la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, a las puertas de su vivienda, al considerar que la acción desarrollada era «innecesaria» desde el punto de vista de la libertad de expresión pero no constituye ilícito penal.

Para la magistrada, la alegada «potencialidad peligrosa» de los denunciados por su supuesta vinculación con la extrema derecha «no puede ser tenida en consideración» para valorar los hechos juzgados en este procedimiento. Así, sí que considera que se presentaron «innecesariamente» ante la casa de Oltra, «alterando» su tranquilidad y el sosiego familiar, pero de ello no se deriva «una conminación implícita de causarle mal alguno».

Por ello, la jueza absuelve al asesor jurídico de España 2000 y expresidente de esta formación, José Luis Roberto, y a otros dos hombres y una mujer miembros de este partido, para quienes la fiscal pedía, para cada uno de ellos, 900 euros de multa por un delito leve de amenazas y la prohibición de acercarse a 300 metros de Oltra o, subsidiariamente, la misma condena por coacciones leves. La Abogacía de la Generalitat reclamaba la misma pena pero elevaba la multa a Roberto a los 1.800 euros.

Según la juzgadora, Oltra no intentó salir de su casa; no consta que se pulsara el timbre; ni que quisieran acceder a la casa, o golpearan la puerta o lanzaran objetos, «actitudes que podrían haber infundido objetivamente un temor fundado»; el tono usado es «de corte jocoso y festivo»; el horario no fue «especialmente intempestivo» y con las máscaras usadas querían evitar su identificación.

Tampoco está acreditado que supieran que dentro de la casa estaban los hijos de Oltra, de origen etíope, o que se encontrara también la empleada de hogar, de nacionalidad uruguaya. En esta línea, subraya que no se profirió ninguna consigna ni se realizó una manifestación de corte racista o xenófobo. La vicepresidenta declaró que se sintió «asustada» y temió por sus hijos durante la acción mientras que Roberto y sus compañeros alegaron que actuaron movidos por la intención de defender la unidad de España frente a la actitud de Compromís con el ‘procés’ catalán.

SIN REITERACIÓN PAR SER ACOSO
A juicio de la magistrada, esta conducta desarrollada tendría cabida únicamente en el delito de acoso «pero sólo si tuviera una reiteración en el tiempo», lo que no sucede en este caso, según se señala en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La magistrada, que entiende justificada la intervención de la Abogacía de la Generalitat en el procesado dado que en la acción se referían a Oltra como vicepresidenta además de como miembro de Compromís, la acción supone una «intimidación de carácter circunstancial que no alcanza la calificación delictiva al faltar el elemento objetivo consistente en la conminación al sujeto pasivo de un mal injusto, determinado y posible».

Asimismo, la jueza entiende que no es la sede penal el lugar «idóneo» para analizar el ideario de España 2000, cuya ilegalidad no se alegó en el juicio o si, a consecuencia de él, «los denunciados suponían sin más una amenaza para la denunciante», ya que en España el denominado derecho penal de autor es contrario al principio constitucional de culpabilidad (aquel que sostiene que el hombre debe ser enjuiciado no por lo que hace sino por lo que es).

Así, sostiene que los recortes de prensa aportados en la vista –como los relativos a los incidentes del pasado 9 d’Octubre– son un intento de demostrar la «peligrosidad» de las personas vinculadas con España 2000 y Levantina de Seguridad, lo que supondría aplicar ese derecho penal de autor no permitido, y añade que ninguno de los denunciados tiene antecedentes penales.

Los hechos ocurrieron el 18 de octubre de 2017, sobre las 21.00 horas, cuando un grupo de personas, algunas de las cuales llevaban la cara tapada con caretas de la película Scream, llegó en coche ante la casa de Oltra, desplegaron una bandera española sobre la que se podía leer ‘Viva la Unidad de España’ y pusieron la canción de Manolo Escobar ‘Que viva España’ al tiempo que emitían consignas como «Mira, esta es tu bandera» y grababan un vídeo.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

Publicado

en

Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo