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La nueva RTVV busca imagen y nombre por 50.000 euros

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La Corporación Valenciana de Medios de Comunicación (CVMC) ha convocado el concurso para la selección del nombre y la imagen del conjunto del ente formado por la televisión, radio, plataforma web y perfiles en redes sociales, entre otros.

Así se refleja en la publicación que recoge este lunes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), donde se explicitan las bases del concurso para la selección del ‘naming’ y ‘books’ o ‘portfolios’ para el diseño de la identidad visual, cuyo plazo de presentación es de 20 días naturales a partir de este martes. Para ello, CVMC ha autorizado un gasto de 50.000 euros, con cargo a su presupuesto.

La propuesta de ‘naming’ elegida será retribuida con una prima de 5.000 euros y cada uno de los tres finalistas seleccionados para el desarrollo visual del nuevo nombre recibirán 5.000 euros. El ganador de esa segunda fase obtendrá una prima adicional de 30.000 euros.

Con todo ello, según la resolución, se busca la selección del nuevo nombre y marca de las plataformas públicas audiovisuales y la selección de tres finalistas que participen en el desarrollo del diseño de la identidad visual. Por tanto, los finalistas seleccionados desarrollarán la identidad visual de la marca elegida durante el proceso de selección previo.

La citada selección tiene la naturaleza de concurso de proyectos, contará con un jurado y se desarrollará en dos fases. Las personas que deseen participar en este proceso pueden hacerlo optando solo al apartado de ‘naming’, solo al apartado de ‘book’ o a ambos apartados.

En el caso de la propuesta de nombre, se seleccionará la nueva marca que debe actuar como marca que englobará la cadena de televisión generalista, dos cadenas de radio, plataforma, perfiles de redes sociales, aplicaciones para dispositivos móviles y otros canales existentes como la televisión híbrida, smart TV y otras plataformas y canales de futura creación.

Respecto al desarrollo de la identidad visual de la nueva marca, se seleccionarán tres finalistas para el diseño de la nueva identidad visual que deberán proponer el desarrollo del conjunto corporativo gráfico que represente a la nueva plataforma audiovisual: televisión, radio e internet, mediante una propuesta de logotipo y símbolo, logotipo y símbolo autónomos o logotipo y símbolos fundidos. La propuesta incluirá el desarrollo de Manual de Identidad Corporativa.

Las propuestas presentadas deben ser en valenciano, así como originales e inéditas. A la hora de evaluar los nombres propuestos se tendrá en cuenta que promocione la cultura valenciana (25% de la puntuación), que contribuya a la vertebración del territorio de la Comunitat Valenciana (25 % de la puntuación), que sea legible y fácil en su lectura, comprensión e interpretación (25 % de la puntuación) y que esté concebido con criterios de durabilidad (25 % de la puntuación).

Los finalistas se comprometen a entregar la propuesta visual y sonora desarrollada a partir del nombre elegido en un plazo de 45 días naturales a contar desde el día siguiente a que el jurado seleccione la propuesta de books o ‘portfolios’ y de naming y se las entregue. El jurado seleccionará el ganador en un plazo máximo de 15 días desde la finalización del plazo anterior.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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