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La ONU considera arbitraria la inhabilitación de Garzón y da 6 meses a España para que se le repare

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Madrid, 26 ago (EFE).- El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón fue inhabilitado en un «proceso arbitrario» cuando instruía el caso Gürtel, y pide a España «una reparación fectiva» porque el Tribunal Supremo vulneró su presunción de inocencia.

La resolución del organismo de la ONU, adelantada por el diario.es y a la que ha tenido acceso Efe, concluye que el Tribunal Supremo vulneró la presunción de inocencia de Baltasar Garzón y no observó las preceptivas garantías de un proceso judicial cuando en 2012 le condenó a 11 años de inhabilitación por ordenar que se interceptaran las comunicaciones que mantuvieron los cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados.

Entiende el Comité de Derechos Humanos de la ONU que el proceso judicial que acabó con la inhabilitación de Garzón fue «arbitrario» y critica que el magistrado fuese privado de una segunda instancia ante la que poder recurrir.

Así, exige al Estado español una «reparación integral» a Garzón, que borre sus antecedentes penales y le proporcione «una compensación adecuada por el daño sufrido».

El dictamen da a España seis meses para «garantizar una reparación efectiva» a Garzón por los derechos lesionados.

«El Comité considera que la condena del autor fue arbitraria e imprevisible al no estar basada en provisiones suficientemente explícitas, claras y precisas que definan con exactitud la conducta prohibida», detalla el escrito, que aboga por una «reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados».

«En consecuencia, el Estado parte tiene la obligación de borrar los antecedentes penales del autor y de proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido. El Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro», concluye.

Y añade que el Comité desea recibir del Estado español, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen, y que le de publicidad.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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