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La ONU considera arbitraria la inhabilitación de Garzón y da 6 meses a España para que se le repare

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Madrid, 26 ago (EFE).- El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón fue inhabilitado en un «proceso arbitrario» cuando instruía el caso Gürtel, y pide a España «una reparación fectiva» porque el Tribunal Supremo vulneró su presunción de inocencia.

La resolución del organismo de la ONU, adelantada por el diario.es y a la que ha tenido acceso Efe, concluye que el Tribunal Supremo vulneró la presunción de inocencia de Baltasar Garzón y no observó las preceptivas garantías de un proceso judicial cuando en 2012 le condenó a 11 años de inhabilitación por ordenar que se interceptaran las comunicaciones que mantuvieron los cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados.

Entiende el Comité de Derechos Humanos de la ONU que el proceso judicial que acabó con la inhabilitación de Garzón fue «arbitrario» y critica que el magistrado fuese privado de una segunda instancia ante la que poder recurrir.

Así, exige al Estado español una «reparación integral» a Garzón, que borre sus antecedentes penales y le proporcione «una compensación adecuada por el daño sufrido».

El dictamen da a España seis meses para «garantizar una reparación efectiva» a Garzón por los derechos lesionados.

«El Comité considera que la condena del autor fue arbitraria e imprevisible al no estar basada en provisiones suficientemente explícitas, claras y precisas que definan con exactitud la conducta prohibida», detalla el escrito, que aboga por una «reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados».

«En consecuencia, el Estado parte tiene la obligación de borrar los antecedentes penales del autor y de proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido. El Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro», concluye.

Y añade que el Comité desea recibir del Estado español, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen, y que le de publicidad.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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