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La presidenta de la AVM3J asegura que están «muy contentos» con la reapertura del caso porque es lo que llevaban «pidiendo desde el día siguiente al accidente»

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(EUROPA PRESS)-La presidenta de la Asociación de Víctimas del Metro 3 de Julio (AVM3J), Rosa Garrote, ha mostrado este lunes su satisfacción por la decisión de la Audiencia de Valencia de ordenar al juzgado instructor que reabra la causa del accidente de la Línea 1 de Metrovalencia, ocurrido el 3 de junio de 2006, en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, al ver indicios de delito. «Estamos muy contentos porque es lo que llevábamos pidiendo desde el día siguiente del accidente», ha señalado en declaraciones Europa Press.

Garrote, que ha realizado las declaraciones junto al monolito al lado de la estación de Jesús en memoria a las víctimas, ha recordado que la asociación siempre ha querido «que se investiguen todas las posibles circunstancias del accidente y que no se ciña solo la investigación a la velocidad», que es lo que, según ha recalcado, pretende la jueza de Instrucción, Nieves Molina. «Para ella ya estaba todo mirado referente a la velocidad y pensaba que no había nada más que mirar», ha resaltado.

Sin embargo, ha insistido en que la AVM3J quiere «que se tengan en cuenta todos los factores como el estado de la vía, el de vagón, la preparación del maquinista, y la falta de medidas de seguridad en la vía» ya que «no había nada que impidiera ese exceso de velocidad» que alcanzó el convoy en la Línea 1.

Asimismo, ha mostrado su satisfacción por que la investigación se vaya a reabrir con la citación de los directivos de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) investigados por su posible responsabilidad, entre ellos la exgerente, Marisa Gracia.

«Es importante que se les cite porque, a parte de oír su testimonio para ver si de eso se deriva responsabilidad, de haberse archivado en instrucción sin citar a declarar, habría sido imposible achacarles ningún un delito», ha precisado, para congratularse de que la Audiencia, pese al criterio de la jueza, «está por la labor de investigar y mirar otras posibles circunstancias».

Garrote ha insistido en que hay testimonios y peritos que lo han ratificado en las dos comisiones parlamentarias creadas y expertos ferroviarios que sostienen que un accidente «tan brutal» y «exagerado» no ocurre «nunca» por una sola causa sino por una «concatenación».

«Es muy importante señalar que la medida de seguridad (la baliza) no estaba instalada en la Línea 1» pero sí en el resto, ha dicho, para hacer hincapié en que «con esa medida se hubiera podido evitar el accidente». «FGV disponía de ella, simplemente es que los directivos de FGV, no el conductor, decidieron no instalarla en la Línea 1, lo que hubiera hecho imposible un exceso de velocidad y el accidente hubiera sido imposible», ha resumido.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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