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La presidenta de la AVM3J asegura que están «muy contentos» con la reapertura del caso porque es lo que llevaban «pidiendo desde el día siguiente al accidente»

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(EUROPA PRESS)-La presidenta de la Asociación de Víctimas del Metro 3 de Julio (AVM3J), Rosa Garrote, ha mostrado este lunes su satisfacción por la decisión de la Audiencia de Valencia de ordenar al juzgado instructor que reabra la causa del accidente de la Línea 1 de Metrovalencia, ocurrido el 3 de junio de 2006, en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, al ver indicios de delito. «Estamos muy contentos porque es lo que llevábamos pidiendo desde el día siguiente del accidente», ha señalado en declaraciones Europa Press.

Garrote, que ha realizado las declaraciones junto al monolito al lado de la estación de Jesús en memoria a las víctimas, ha recordado que la asociación siempre ha querido «que se investiguen todas las posibles circunstancias del accidente y que no se ciña solo la investigación a la velocidad», que es lo que, según ha recalcado, pretende la jueza de Instrucción, Nieves Molina. «Para ella ya estaba todo mirado referente a la velocidad y pensaba que no había nada más que mirar», ha resaltado.

Sin embargo, ha insistido en que la AVM3J quiere «que se tengan en cuenta todos los factores como el estado de la vía, el de vagón, la preparación del maquinista, y la falta de medidas de seguridad en la vía» ya que «no había nada que impidiera ese exceso de velocidad» que alcanzó el convoy en la Línea 1.

Asimismo, ha mostrado su satisfacción por que la investigación se vaya a reabrir con la citación de los directivos de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) investigados por su posible responsabilidad, entre ellos la exgerente, Marisa Gracia.

«Es importante que se les cite porque, a parte de oír su testimonio para ver si de eso se deriva responsabilidad, de haberse archivado en instrucción sin citar a declarar, habría sido imposible achacarles ningún un delito», ha precisado, para congratularse de que la Audiencia, pese al criterio de la jueza, «está por la labor de investigar y mirar otras posibles circunstancias».

Garrote ha insistido en que hay testimonios y peritos que lo han ratificado en las dos comisiones parlamentarias creadas y expertos ferroviarios que sostienen que un accidente «tan brutal» y «exagerado» no ocurre «nunca» por una sola causa sino por una «concatenación».

«Es muy importante señalar que la medida de seguridad (la baliza) no estaba instalada en la Línea 1» pero sí en el resto, ha dicho, para hacer hincapié en que «con esa medida se hubiera podido evitar el accidente». «FGV disponía de ella, simplemente es que los directivos de FGV, no el conductor, decidieron no instalarla en la Línea 1, lo que hubiera hecho imposible un exceso de velocidad y el accidente hubiera sido imposible», ha resumido.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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