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La tercera ola de pandemia supone el 45% de los procesos de incapacidad

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València, 17 feb (EFE).- La tercera ola de la pandemia ha supuesto el 44,79 % de los procesos de incapacidad temporal en la Comunitat Valenciana, que ascienden a un total de 337.648 de los que 50.611 están activos, según Comisiones Obreras.

Del 21 de octubre de 2020 al 27 de enero de este año, en la tercera ola de la pandemia, se han declarado 206.340 procesos, y en el mes de diciembre y la fracción de enero han sido 151.217 procesos, unos datos que reflejan la magnitud de la intensidad con la que ha golpeado la pandemia, según recoge un estudio elaborado por CCOO PV a partir de datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

De los 337.648 procesos (94.466 por infección y 243.182 por aislamiento), 287.037 han finalizado y 50.611 están en vigor, 21.050 de ellos de personas infectadas y 29.561 por aislamiento.

Estas cifras de personas infectadas en la actualidad aconsejan una desescalada prudente, basada en la salud de las personas y la descongestión del sistema sanitario porque, según el responsable de Salud Laboral de CCOO PV, Daniel Patiño, otro mes y medio con estos datos sería «catastrófico» para el sistema sanitario, pero también para las empresas que siguen manteniendo su actividad.

El aislamiento ha sido un elemento de lucha contra el coronavirus y la posibilidad de utilizar esta prestación ha sido una herramienta útil que ha ayudado a mejorar el resultado global de las políticas de salud pública puestas en marcha, según asegura el sindicato en un comunicado.

«Si algo hemos aprendido en estas tres olas es que el falso debate entre salud y economía solo perjudica a las personas más vulnerables, las personas trabajadoras», ha manifestado Patiño.

En la Comunitat Valenciana están la tercera y la quinta provincia de España con mayor número de procesos por incapacidad temporal, un dato que debería hacer reflexionar acerca de» errores cometidos que no pueden repetirse».

Para el responsable de Salud Laboral, es comprensible la preocupación de algunos sectores, pero otra ola de esta magnitud expondría al sistema a «unos riesgos de consecuencias impredecibles para el conjunto de la sociedad».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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