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Las comunidades se preparan con temor y dudas para el fin del estado de alarma

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Madrid, 28 abr (EFE).- El fin del estado de alarma, el 9 de mayo, supondrá que se acabe el cierre perimetral de las autonomías y el toque de queda, por lo que las comunidades se preparan para ese escenario y exigen al Gobierno la modificación de leyes que les dé margen para dictar restricciones y evitar el caos jurídico.

Así lo trasladarán este miércoles a Sanidad en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, porque la intención de las comunidades es disponer de instrumentos jurídicos para mantener, si es necesario, las restricciones por la covid-19.

Con el fin del estado de alarma también decae la limitación de aforos o la prohibición de reuniones de más de seis personas en espacios públicos o privados. Por eso, las autonomías presionan para que el Gobierno les confiera seguridad jurídica y las decisiones que en un futuro adopten no dependan de los tribunales.

Desde Castilla-La Mancha, la consejera de Igualdad y portavoz del Gobierno regional, Blanca Fernández, ha informado de que pedirá al Consejo Interterritorial que deje «muy claro» el margen de maniobra que tienen las comunidades en lo que atañe de manera «muy evidente» a los derechos fundamentales, como son el cierre perimetral, el toque de queda y las restricciones de reuniones.

«Vamos a pedir al Ministerio un marco jurídico que sea solvente y de seguridad. Lo que queremos es tener seguridades», ha indicado Blanca Fernández, quien ha agregado que no lo hacen porque quieran tener «indefinidamente» medidas restrictivas sino porque necesitan seguridad jurídica.

Mientras, desde el País Vasco, la vicelehendakari Idoia Mendia ha sugerido que el estado de alarma se prorrogue solo en las autonomías en peor situación epidemiológica.

Mendia no se ha sumado a la petición expresa de Iñigo Urkullu de que siga el estado de alarma a partir del 9 de mayo, aunque ha señalado: «Comparto con el lehendakari la preocupación por la situación que estamos viviendo, que está presionando el sistema sanitario».

«No niego que el estado de alarma puede ser un escenario para Euskadi correcto, pero la pandemia nos ha señalado la volatilidad de los escenarios; hoy estamos mal pero dentro de dos semanas podemos estar en un estado óptimo», ha comentado.

También desde Andalucía, el presidente de la Junta, Juanma Moreno, ha expresado su preocupación por lo que pueda pasar cuando decaiga el estado de alarma.

«Me preocupa que a partir del 9 de mayo pueda haber algún rebrote en algún municipio o provincia de Andalucía, y yo no tenga instrumentos legales para cerrarlo y evitar contagios a municipios aledaños», ha dicho.

Se ha referido además a la reunión que va a mantener el lunes con representantes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), precisando que lo que se va a plantear es que haya coordinación y asesoramiento.

«Lo que queremos es que el TSJA nos recomiende cómo plantear aquellas actuaciones que queramos hacer en términos de limitación de libertades para intentar que los decretos que apruebe la Junta lleven el marchamo de la Justicia y no entrar en circunstancias como las acontecidas en el País Vasco, donde el Gobierno adoptaba una medida y los tribunales decían lo contrario», ha dicho.

En la Comunidad de Madrid, el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ya ha avanzado que pedirá al Gobierno «pequeñas modificaciones» en tres leyes: la ley general de Sanidad, la de Cohesión y la de Salud Pública para tener herramientas que les permitan adoptar decisiones de control.

Por su parte, Cataluña está preparando un marco legal que le permita poder aplicar el toque de queda nocturno a partir del día 9.

Según ha explicado la consellera de Presidencia, Meritxell Budó, el Govern está estudiando «mecanismos para dotarse de un marco normativo en caso de que sea necesario decretar un toque de queda».

Un «paraguas legal», ha precisado, que podría se aplicable también en caso de restricciones de movilidad.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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