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Los 6 requisitos de la OMS para poner fin al confinamiento

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El Director General de la OMS (Organización Mundial de la Salud), Tedros Adhanom,  durante la rueda de prensa sobre la COVID-19 hizo un llamamiento a todos los países para que se aseguren de que, cuando apliquen medidas de permanencia en el hogar, no lo hagan a expensas de los derechos humanos.

Destacó que cada gobierno debe evaluar su situación, protegiendo al mismo tiempo a todos sus ciudadanos y, especialmente, a los más vulnerables.

La nueva estrategia resume lo que hemos aprendido y traza el camino a seguir. Incluye seis criterios que los países deben tener en cuenta al considerar la posibilidad de levantar las restricciones:

En primer lugar, la transmisión ha de estar controlada.

En segundo lugar, el sistema de salud ha de tener capacidad para detectar, someter a pruebas, aislar y tratar a cada caso y rastrear a cada contacto.

En tercer lugar, los riesgos de brotes deben haberse reducido al mínimo en entornos especiales como centros sanitarios y residencias de ancianos.

En cuarto lugar, se han de aplicar medidas preventivas en los lugares de trabajo, las escuelas y otros lugares adonde sea esencial que las personas acudan.

En quinto lugar, los riesgos de importación se deben poder gestionar.

Y, en sexto lugar, las comunidades deben estar completamente informadas, comprometidas y empoderadas para ajustarse a la «nueva norma».

Todos los países deberían aplicar un amplio conjunto de medidas para frenar la transmisión y salvar vidas, con el objetivo de alcanzar un estado estable de bajo nivel de transmisión o de ausencia de transmisión.

Los países deben alcanzar un equilibrio entre las medidas para abordar la mortalidad causada por la COVID-19 y aquellas relacionadas con otras enfermedades debidas al desbordamiento de los sistemas de salud, así como las repercusiones económicas y sociales.

A medida que la pandemia se ha ido extendiendo, sus repercusiones socioeconómicas y para la salud pública han sido profundas y han afectado de manera desproporcionada a las personas vulnerables. Muchas poblaciones ya han experimentado una falta de acceso a los servicios de salud rutinarios y esenciales.

Nuestra conexión mundial significa que el riesgo de reintroducción y resurgimiento de la enfermedad continuará.

En última instancia, será necesario que se desarrolle y ofrezca una vacuna segura y eficaz para interrumpir totalmente la transmisión.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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