Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los miembros de ‘La Manada’, de nuevo al banquillo por abusar de una joven en Pozoblanco

Publicado

en

Córdoba, 18 nov.- Cuatro de los cinco miembros de ‘La Manada’ se han sentado este lunes en los juzgados de Córboda acusados de supuestos abusos sexuales a una joven de 21 años en la localidad cordobesa de Pozoblanco, hechos que se produjeron con anterioridad a los hechos del caso de los Sanfermines de 2016.

El juez de lo Penal número 1 ha acordado la celebración a puerta cerrada y sin presencia de público ni prensa de la declaración de la víctima de los presuntos abusos sexuales.

Por la puerta principal entraba el abogado de los acusados, Agustín Martínez, quien ha reiterado su postura de pedir la nulidad del vídeo que grabaron sus clientes sobre los hechos, al considerar «ilegal» su obtención en los móviles de los procesados.

Preguntado por si fue forzada la denuncia de la joven en este caso, ha respondido que «desde luego no fue voluntaria», después de que pusieran en conocimiento de ella el citado vídeo por parte de agentes de la Policía Foral de Navarra, tras hallarlo en la investigación del caso de Pamplona.

Por su parte, la acusación se opone a dicha nulidad del vídeo y defiende la denuncia de la joven, lamentando a tal efecto que la defensa diga que «no fue voluntaria».

Cabe recordar que los cuatro acusados ya han sido condenados a 15 años de cárcel por la citada violación de Pamplona junto a un quinto miembro más del grupo de ‘La Manada’.

El juicio ha comenzado pasadas las 10,00 horas de este lunes con la presentación de las cuestiones previas por las partes personadas en este procedimiento. La defensa prevé plantear la nulidad del vídeo que grabaron los procesados sobre los hechos, y la declaración de los investigados, quienes ya han anunciado que no iban a declarar.

Este martes 19 comparecerán los testigos mientras que el día 20 tendrán lugar las periciales. Según las previsiones, la vista oral concluiría el día 21 con la presentación de los informes finales por las partes.

FUente: Europapress

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

Publicado

en

Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

Continuar leyendo
OFFICIAL PRESS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.