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Los test rápidos enfrentan a farmacéuticos con médicos, enfermeros y técnicos de laboratorio

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Lo han pedido las dos comunidades autónomas más influyentes, Cataluña y Madrid. Bruselas lo admite para la Unión Europea si se garantizan una serie de condiciones de seguridad. Es el último frente abierto en la pandemia de coronavirus: la realización de test de antígenos contra la COVID-19 en las farmacias.

En España, el Ministerio de Sanidad se ha mostrado muy reticente a adoptar la medida, ya que sus expertos consideran muy complicado que se pueda garantizar la seguridad de la personas en estos establecimientos.

Los colegios profesionales también han hablado, y las opiniones están muy enfrentadas. Los farmacéuticos, como es obvio, están completamente a favor de la medida, siempre que se dé el visto bueno desde Sanidad. El presidente del Muy Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia, Jaime Giner, ha afirmado hoy en declaraciones a Radio Valencia SER que sus colegiados son «los profesionales sanitarios mejor preparados» de todos.

Las organizaciones que representan al resto de profesiones sanitarias han salido en tromba en contra de la medida. La Organización Medica Colegial, a través de su vicepresidenta segunda, Manuela García, ha dicho esta tarde a la agencia EFE que desaconseja por completo la realización de estos test rápidos, ya que consideran que las farmacias «no son lugares adecuados».

La reacción de los enfermeros y enfermeras españoles ha sido todavía más contundente. La Mesa de la Profesión Enfermera, que forman el sindicato Satse y el Consejo General de Enfermería (CGE), ha enviado una carta a la presidenta de la Comisión Europea,  Ursula von der Leyen, mostrándole su oposición absoluta a la medida.

En la carta, los enfermeros españoles desarrollan una serie de argumentos jurídicos, administrativos y sanitarios que, en su opinión, la hacen inviable. Además, expresan su preocupación porque se puedan realizar estos análisis en «establecimientos comerciales como son las oficinas privadas de farmacia».

La primera reacción contra la posibilidad de realizar test de antígenos en las farmacias llegaba esta mañana por parte de los Técnicos de Laboratorio. La Asociación Española de Técnicos de Laboratorio (Aetel) ha señalado su «más absoluta oposición» a la medida, ya que ni el recinto ni los farmacéuticos están cualificados para este tipo de pruebas que además, en su opinión, vulnerarían la normativa vigente.

 

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Esta será la nueva edad de jubilación y de jubilación anticipada a partir del 1 de enero de 2026

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La edad legal de jubilación subirá a 66 años y ocho meses en 2025: Novedades en pensiones y jubilación anticipada
Un par de jubilados sentados en bancos de un parque. EFE/Archivo

A partir del 1 de enero de 2026, jubilarse en España será un poco más exigente en cuanto a edad y años cotizados. La aplicación progresiva de la reforma de las pensiones de 2013 continúa avanzando hacia su objetivo final: situar la edad legal de jubilación ordinaria en los 67 años en 2027. El próximo año marca un nuevo escalón clave en este calendario.

La normativa distingue entre quienes han cotizado largas carreras laborales y quienes no alcanzan determinados umbrales, lo que afecta tanto a la jubilación ordinaria como a la anticipada y a la parcial.

Edad legal de jubilación en 2026

En 2026, la edad ordinaria de jubilación dependerá directamente de los años cotizados a lo largo de la vida laboral.

Jubilación con el 100% de la pensión

  • 66 años y 10 meses: será la edad exigida para quienes no alcancen los 38 años y 3 meses de cotización.

  • 65 años: podrán jubilarse quienes sí acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, manteniendo así la edad tradicional.

Este sistema busca premiar las carreras laborales más largas, permitiendo jubilarse antes sin penalización en la pensión.

Cotización mínima obligatoria

La reforma no modifica el requisito mínimo para acceder a una pensión contributiva de jubilación, que sigue siendo de:

  • 15 años cotizados, de los cuales

  • 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de la jubilación.

Jubilación parcial en 2026

La jubilación parcial permite compatibilizar trabajo y pensión, reduciendo la jornada laboral.

Sin contrato de relevo

  • La edad mínima será la edad legal ordinaria de jubilación que corresponda en cada caso.

  • La reducción de jornada podrá situarse entre el 25% y el 75%.

Una de las principales novedades de la última reforma es que el límite máximo del 75% de reducción se aplica ahora en todos los supuestos.

Con contrato de relevo

En 2026, las edades mínimas serán:

  • 62 años y 10 meses, si se acreditan 33 años o más cotizados.

  • 64 años y 8 meses, si se tienen menos de 33 años cotizados.

Jubilación anticipada en 2026

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad legal, aunque con recortes en la cuantía de la pensión mediante coeficientes reductores.

Jubilación anticipada voluntaria

  • Se puede adelantar hasta 24 meses respecto a la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 64 años y 10 meses, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados.

  • Quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses podrán hacerlo desde los 63 años.

Jubilación anticipada involuntaria

Cuando la jubilación se produce tras un despido objetivo o colectivo, el adelanto puede ser mayor:

  • Hasta 48 meses antes de la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 62 años y 10 meses con 33 años cotizados.

  • O a los 61 años si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización.

Penalizaciones en la pensión por jubilación anticipada

En todos los casos de jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores mensuales sobre la pensión. Estos recortes dependen de:

  • El número de meses de adelanto.

  • El total de años cotizados.

Cuanto mayor sea el anticipo y menor la carrera de cotización, mayor será la reducción permanente en la pensión.

Un paso más hacia los 67 años en 2027

El año 2026 se consolida como una fase clave en el endurecimiento progresivo de las condiciones de jubilación en España. La reforma culminará en 2027, cuando la edad legal ordinaria alcance definitivamente los 67 años para quienes no acrediten largas carreras laborales, marcando un cambio estructural en el sistema público de pensiones.

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