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Valencia

La falta de nichos obliga al Ayuntamiento a construir 650 unidades en el Cementerio General de Valencia

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cementerio general de valencia

La elevada tasa de mortalidad que se ha sufrido en los últimos meses en la ciudad de València, provocado en gran parte por los fallecimientos derivados de la pandemia de la COVID-19, ha obligado al ayuntamiento de València a poner en marcha las obras para construir 650 nuevas unidades de nichos sencillos y columbarios en el Cementerio General. Desde el inicio de la pandemia han muerto 7.998 personas en la Comunitat Valenciana y 4.034 en la ciudad de Valencia.

El concejal de Cementerios y Servicios Funerarios, Alejandro Ramon, ha anunciado el comienzo de estos trabajos, lo que supone, a la vez, la puesta en marcha del nuevo acuerdo marco para las obras en general y para la construcción de unidades de enterramiento en los cementerios municipales de València.

El acuerdo marco, adjudicado el mes pasado por la Junta de Gobierno Local, se prolongará durante los próximos dos años y contempla un presupuesto máximo total de 700.000 euros de donde se desprenden dos contratos derivados que ahora se ponen en marcha: el de construcción de nichos sencillos y el que permitirá disponer de nuevos nichos columbarios. En ambos casos, las obras se ejecutan en el Cementerio General de València.

Por un lado, la Sección 21ª del cementerio más grande de la ciudad acogerá las 300 nuevas unidades de nichos sencillos, cuyas obras ya han comenzado. El presupuesto de esta intervención llega a los 299.314,34 euros y se prevé que las obras finalicen durante los primeros dos meses del año que viene.

Con la misma estimación en cuanto a la fecha de finalización de las obras ya está en marcha también la construcción de 352 nichos columbarios en dos bloques diferentes de la misma sección del Cementerio General. En este caso, el importe final es de 99.332,78 euros.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


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