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Un niño de 13 años pierde la mano con un petardo en Jaén, FACUA pide responsabilidades

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Un niño de 13 años ha perdido una mano al explotarle un petardo durante la Nochebuena .El suceso, ocurrido en Jaén, tuvo lugar sobre las 00.20 horas cuando el chico intentó prender un petardo durante la celebración de la Navidad en la calle Murillo, en el barrio de Peñamefecit de la capital, según informa el 112. El servicio de emergencias alertó a la Policía Local y al servicio de emergencias sanitarias del 061, que finalmente no actuaron porque los familiares llevaron al niño por su propios medios al hospital. Al principio se creía que el petardo había afectado solo a un dedo, pero fuentes sanitarias han informado a Efe de que, aunque el niño ya se encuentra en planta y estable, han tenido que amputarle una mano.
El juzgado de guardia se ha hecho cargo de las diligencias sobre las circunstancias en las que explotó el petardo, al parecer antes de prenderlo.
FACUA-Consumidores en Acción pide a comunidades autónomas y ayuntamientos que desarrollen inspecciones para detectar establecimientos que venden artículos de pirotecnia a niños por debajo de las edades establecidas en la normativa que los regula en función de su peligrosidad.

En la madrugada de este lunes 26 de diciembre, un niño de 13 años de Jaén ha sufrido la amputación de la mano izquierda al explotarle un potente petardo mientras trataba de encenderlo. En la misma zona, varios menores estaban jugando también con petardos de alta potencia.

FACUA espera que la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de la capital jiennense investiguen en qué establecimiento fue vendido el petardo para que puedan ser depuradas las pertinentes responsabilidades civiles y penales si se lo suministraron directamente al menor o a otros de su edad. Asimismo, reclama que se evalúe si el producto cumplía con sus obligaciones en materia de etiquetado, donde debe advertirse de la edad mínima a partir de la que puede ser adquirido y utilizado.

Sanciones y clausuras

La asociación reclama a las administraciones que apliquen sanciones económicas y clausuren aquellos establecimientos que comercialicen artículos pirotécnicos a menores que no tengan las edades mínimas fijadas en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

FACUA también exige controles exhaustivos sobre los fabricantes de pirotecnia a fin de verificar que cumplen sus obligaciones en el etiquetado. Éste debe indicar, entre otros datos, la edad mínima a partir de la cuál pueden ser adquiridos: 12, 16 o 18 años, en función del nivel de peligrosidad de estos artículos. Así lo establece el artículo 114 del citado Real Decreto.

Los artículos de pirotecnia que pueden ser adquiridos a partir de 12 años, de la categoría F1, son de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante, destinados a ser usados en zonas delitmitadas, incluido el interior de edificios residenciales. Los de categoría F2 pueden venderse a niños a partir de 16 años, son de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido y están destinados a usarse al aire libre en zonas delimitadas. Los artificios de pirotecnia de peligrosidad media -categoría F3- sólo pueden venderse a mayores de 18 años y únicamente pueden usarse al aire libre en zonas de gran superficie. Los de alta peligrosidad -F4- están destinados al uso por parte de expertos, a nivel profesional.

Asimismo, FACUA apela a la responsabilidad de los padres en el control sobre el uso de petardos por parte de los niños. Los adultos pueden comprobar si estos son adecuados a la edad de los menores con una mera revisión de su etiquetado, más allá de las debidas indicaciones sobre las molestias que pueden provocar los artículos de pirotecnia tanto a las personas como a los animales.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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