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Un niño de 13 años pierde la mano con un petardo en Jaén, FACUA pide responsabilidades

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Un niño de 13 años ha perdido una mano al explotarle un petardo durante la Nochebuena .El suceso, ocurrido en Jaén, tuvo lugar sobre las 00.20 horas cuando el chico intentó prender un petardo durante la celebración de la Navidad en la calle Murillo, en el barrio de Peñamefecit de la capital, según informa el 112. El servicio de emergencias alertó a la Policía Local y al servicio de emergencias sanitarias del 061, que finalmente no actuaron porque los familiares llevaron al niño por su propios medios al hospital. Al principio se creía que el petardo había afectado solo a un dedo, pero fuentes sanitarias han informado a Efe de que, aunque el niño ya se encuentra en planta y estable, han tenido que amputarle una mano.
El juzgado de guardia se ha hecho cargo de las diligencias sobre las circunstancias en las que explotó el petardo, al parecer antes de prenderlo.
FACUA-Consumidores en Acción pide a comunidades autónomas y ayuntamientos que desarrollen inspecciones para detectar establecimientos que venden artículos de pirotecnia a niños por debajo de las edades establecidas en la normativa que los regula en función de su peligrosidad.

En la madrugada de este lunes 26 de diciembre, un niño de 13 años de Jaén ha sufrido la amputación de la mano izquierda al explotarle un potente petardo mientras trataba de encenderlo. En la misma zona, varios menores estaban jugando también con petardos de alta potencia.

FACUA espera que la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de la capital jiennense investiguen en qué establecimiento fue vendido el petardo para que puedan ser depuradas las pertinentes responsabilidades civiles y penales si se lo suministraron directamente al menor o a otros de su edad. Asimismo, reclama que se evalúe si el producto cumplía con sus obligaciones en materia de etiquetado, donde debe advertirse de la edad mínima a partir de la que puede ser adquirido y utilizado.

Sanciones y clausuras

La asociación reclama a las administraciones que apliquen sanciones económicas y clausuren aquellos establecimientos que comercialicen artículos pirotécnicos a menores que no tengan las edades mínimas fijadas en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

FACUA también exige controles exhaustivos sobre los fabricantes de pirotecnia a fin de verificar que cumplen sus obligaciones en el etiquetado. Éste debe indicar, entre otros datos, la edad mínima a partir de la cuál pueden ser adquiridos: 12, 16 o 18 años, en función del nivel de peligrosidad de estos artículos. Así lo establece el artículo 114 del citado Real Decreto.

Los artículos de pirotecnia que pueden ser adquiridos a partir de 12 años, de la categoría F1, son de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante, destinados a ser usados en zonas delitmitadas, incluido el interior de edificios residenciales. Los de categoría F2 pueden venderse a niños a partir de 16 años, son de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido y están destinados a usarse al aire libre en zonas delimitadas. Los artificios de pirotecnia de peligrosidad media -categoría F3- sólo pueden venderse a mayores de 18 años y únicamente pueden usarse al aire libre en zonas de gran superficie. Los de alta peligrosidad -F4- están destinados al uso por parte de expertos, a nivel profesional.

Asimismo, FACUA apela a la responsabilidad de los padres en el control sobre el uso de petardos por parte de los niños. Los adultos pueden comprobar si estos son adecuados a la edad de los menores con una mera revisión de su etiquetado, más allá de las debidas indicaciones sobre las molestias que pueden provocar los artículos de pirotecnia tanto a las personas como a los animales.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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