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Valencia

Nochebuena en València: 56 denuncias por saltarse el toque de queda y 10 actas por ruido

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València, 25 dic (EFE).- La Policía Local de València ha denunciado a 56 personas en Nochebuena por saltarse la restricción de movilidad de 12 de la noche a seis de la mañana y ha levantado diez actas por ruido de fiestas en domicilios.

Agentes de la Unidad de Convivencia y Seguridad (UCOS) actuaron en dos locales por incumplir la normativa aprobada por las autoridades sanitarias para hacer frente a la COVID-19 y en tres botellones en los que denunciaron a ocho personas por no llevar mascarillas, informan fuentes de la Policía Local.

El concejal de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de València, Aarón Cano, ha destacado el comportamiento «ejemplar» de la mayoría de la ciudadanía y ha manifestado que en una ciudad de 800.000 habitantes, 56 denuncias es «una cifra baja».

Cano ha felicitado a toda la población que ha hecho «una demostración una vez más de su responsabilidad para superar esta situación».

Por otra parte, la Policía Local de València ha detenido a dos personas por delitos contra la seguridad vial tras dar positivo,a dos hombres por delitos de violencia de género y a otro hombre por una tentativa de agresión sexual que se produjo en las inmediaciones de la avenida de Francia a las 22.58 horas, cuando un hombre agarró a una mujer presuntamente para realizarle tocamientos.

La víctima facilitó, junto a su madre, la descripción del presunto agresor al que agentes de UCOS localizaron y detuvieron en las inmediaciones del lugar.

Respecto a una de las dos detenciones por violencia de género, la detención se produjo alrededor de las 00.15 horas cuando las patrullas fueron alertadas de una persona que al parecer estaba muy agresiva y no quería marcharse de una vivienda.

Al llegar al lugar de los hechos, la víctima les explicó que convive con su expareja, con la que finalizó la relación hace dos semanas, y este le había insultado y amenazado tras llegar ebrio al domicilio. Un amigo de la familia intervino en el momento en que el presunto agresor estaba empujando a su expareja en presencia de su hijo, por lo que fue detenido en la azotea del edificio, en un intento de escapar.

Cano ha señalado que la violencia de género es «el mayor desafío de seguridad que tiene esta ciudad para el que trabajamos con todo nuestro esfuerzo desde todo el cuerpo de Policía Local y en especial desde la Unidad GAMA».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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