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Nuevo Bachillerato: Estos son los cambios

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Nuevo Bachillerato

Tenemos nuevo Bachillerato. El borrador del real decreto del Ministerio de Educación y Formación Profesional (FP) que lo regula incluye, entre otros cambios, que el alumno pueda obtener el título con un suspenso si así lo decide el claustro completo de profesores, o la posibilidad excepcional de cursarlo en tres años.

Según la propuesta que el departamento de Pilar Alegría envía este jueves a las comunidades autonómas y a la que ha tenido acceso RTVE, el objetivo de esta etapa educativa no obligatoria no será «la mera adquisición de contenidos», sino aprender a utilizarlos para solucionar «necesidades encarnadas en la realidad».

Entre las novedades del texto, se establece que el alumno de segundo podrá presentarse a Selectivad a pesar de tener una asignatura pendiente.

Además, para poder titularse con un suspenso, tienen que cumplirse unas condiciones: el claustro ha de considerar que el estudiante ha alcanzado los objetivos de la etapa a pesar de la materia pendiente, no ha faltado a clase de manera continua y sin justificar, ha realizado los exámenes de la asignatura y su calificación media en todo el Bachillerto es, al menos, de un cinco.

El alumno de primero podrá pasar al segundo curso con dos suspensos, pero repetirá si tiene más de dos, como en la actualidad. Y una vez en segundo, el estudiante deberá también matricularse de las dos asignaturas que tenga pendientes.

El nuevo Bachillerato podrá cursarse en tres años en casos excepcionales

Aunque el Bachillerato consta de dos cursos, de manera excepcional, como en el caso de deportistas de élite o quienes cursen enseñanzas profesionales de música, los dos cursos podrán distribuirse en tres años académicos.

También podrán acogerse a esta opción, quienes requieran «una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo» o quienes aleguen «otras circunstancias, que a juicio de la Administración educativa, justifiquen la aplicación de esta medida».

Los alumnos podrán permanecer cursando Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años, consecutivos o no. Se mantienen los exámenes de recuperación, al contrario de lo que ocurre en Primaria y Secundaria, y la evaluación será continua y diferenciada.

Cinco ramas y materias obligatorias

Habrá cinco ramas de Bachillerato: Ciencia y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, y Artes, que se desdoblará en dos -Artes Plásticas, Imagen y Diseño, y Música y Artes Escénicas-, y además, habrá un Bachillerato general, de enseñanza más generalista, y que incluirá nuevas asignaturas como emprendimiento, actividad empresarial o movimientos culturales y artísticos.

Se fijan también nuevas materias obligatorias en todas las modalidades de Bachillerato: Educación Física en primero, e Historia de la Filosofía en segundo, que además, tendrá más horas lectivas.

Se mantienen también como obligatorias Filosofía, Lengua Castellana y Literatura y Lengua Cooficial, si la hubiera, y Lengua Extranjera en primero; e Historia de España, Lengua Castellana y Literatura y Lengua Cooficial, si la hubiera, y Lengua Extranjera en segundo.

Los centros ofrecerán todas las materias y vías, y solo se podrá limitar la elección cuando haya un número insuficiente de alumnos. Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por razones organizativas, las administraciones educativas facilitarán que se pueda cursar alguna materia mediante educación a distancia o en otros centros escolares.

La pretensión del Gobierno es que el borrador del nuevo Bachillerato, se apruebe en las próximas semanas, después de que las comunidades autónomas y el Consejo Escolar de Estado se pronuncien, y que entre en vigor para primero el próximo curso y en 2022/2023 para segundo.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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