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Pedro Cavadas ya advirtió sobre el uso de las mascarillas

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Cavadas rodilla
Pedro Cavadas A3 MEDIA

En octubre de 2020 el doctor Pedro Cavadas acudió al programa de A3 «El hormiguero», que presenta Pablo Motos, y volvió a mostrarse muy crítico con la gestión del gobierno respecto a la pandemia y muy pesimista sobre la posibilidad de que la vacuna esté próxima. «La realidad es que, una vacuna, para que sea real, antes de un par de años no me la creo», llegó a decir el cirujano valenciano. Pero como suele pasar con las declaraciones del doctor, su vaticinio sobre las mascarillas ahora que vuelven a ser obligatorias, han vuelto a salir a la luz.

Pedro Cavadas sobre las mascarillas

Es por ello que la contestación del cirujano ante la pregunta de Pablo Motos de cuándo nos podremos quitar la mascarilla fue lacónica: «me gustaría pensar que en un par de años será opcional y decisión de cada uno, pero no lo veo tan rápido». Es decir, según sus cálculos estaríamos hablando de octubre de 2022.

Cavadas se volvió a mostrar extremadamente crítico con la gestión que se ha hecho en España de la pandemia. «No sé quién habrá controlado la epidemia, pero quién lo haya hecho, lo ha hecho muy mal y por dos veces», afirmó el doctor, que añadió que «si el resultado es malo es que quién estaba al cargo lo ha hecho muy mal. Quién estaba al cargo, no sé, pero el resultado es muy malo».

El cirujano también fue muy crítico con Fernando Simón, de quien llegó a decir «no lo conozco, ni ganas». En opinión del valenciano, España tiene suficiente talento para haberlo hecho bien y, en cambio, es el país que peor lo ha hecho «no en la primera, sino en las dos olas».

Cavadas carga contra las vacunas

Para Cavadas también habló de los efectos secundarios de las vacunas contra la COVID-19 «es metafísicamente imposible que haya una vacuna testada como Dios manda. Eso, son años, no meses. Hay propuestas de vacuna con ensayos clínicos que aceptamos como tal, y si la empezamos a administrar masivamente, a ver quién se come las primeras 15-20 encefalitis que producirán cualquiera de ellas». Nadie puede asumir, recalcó el cirujano, los riesgos de una vacuna poco testada.

 

La entrevista a Pedro Cavadas en «El hormiguero» supuso el máximo de audiencia de la temporada para el programa que dirige Pablo Motos, con un 23,3% de share y casi 4 millones de espectadores. También se convirtió rápidamente en trending topic en las redes sociales.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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