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Pedro Sánchez descarta aplicar medidas excepcionales en Cataluña mientras la oposición reclama el 155

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Madrid, 16 oct. – El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, ha comparecido este miércoles después de reunirse con los principales líderes de la oposición (PP; C’s y Podemos) para tratar opciones a los graves altercados que se están registrando en Cataluña con motivo de las protestas contra la sentencia del ‘Procés’.

«Me he reunido con los principales líderes parlamentarios para abordar la situación en Cataluña. Les he invitado a mantener la unidad ante este desafío. Los grupos violentos nos quieren exaltados y divididos. Esa es su única esperanza. Deben encontrarnos firmes, serenos y unidos», ha declarado.

Tras las imágenes divulgadas este miércoles en que se veía al President de la Generalitat de Catalunya, QUim Torra, participando en una de las marchas independentistas sin ni siquiera condenar los altercados, Sánchez ha exigido a Torra que condene «sin excusas y sin paliativos» el uso de la violencia y deje de ocultarse «tras cortinas de fuego».

«Hago un llamamiento al presidente de la Generalitat de Cataluña. Él y su Gobierno tienen el deber político y moral de condenar el uso de la violencia. Sin excusas, con la máxima claridad y determinación. Ningún gobernante puede camuflar su fracaso tras cortinas de humo y fuego».

El socialista en su declaración institucional ha defendido el derecho a manifestarse «pacíficamente». «El Estado será siempre garante de quienes ejercen su derecho a manifestarse pacíficamente. Pero no consentirá que la violencia se imponga a la convivencia. El Gobierno actúa para garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales y el mantenimiento del orden en Cataluña».

De todo ello se dejaba entrever que pese al reclamo del popular Pablo Casado y del líder de Ciudadanos, Albert Rivera, de aplicar con contundencia el artículo 155, Sánchez dejaba constancia que «por el momento» descarta aplicar medidas excepcionales. «Hago un llamamiento a la serenidad y templanza. El Gobierno de España garantizará los derechos y libertades de todos y todas desde la firmeza democrática, la unidad y la proporcionalidad. La moderación en la respuesta es también una forma de fortaleza», idea que ya adelantaba el líder de Podemos, Pablo Iglesias.

Asimismo, aprovechaba su comparecencia para agradecer públicamente la dedicación y entrega de las fuerzas de seguridad del Estado por defender la integridad de los catalanes.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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