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Prisión provisional sin fianza para Oriol Junqueras y siete exconsellers catalanes

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La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que instruye la causa contra catorce exmiembros del Govern de la Generalitat de Cataluña por delitos de rebelión, sedición y malversación, ha acordado este jueves el ingreso en prisión incondicional del exvicepresidente del Ejecutivo autonómico Oriol Junqueras y de los exconsellers Jordi Turull (Presidencia), Raül Romeva (Asuntos Internacionales, Relaciones Institucionales y Transparencia), Josep Rull (Territorio y Sostenibilidad), Dolors Bassa (Trabajo, Asuntos Sociales y Familia), Meritxell Borràs (Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda), Joaquim Forn (Interior) y Carles Mundó (Justicia).

La magistrada también ha acordado el ingreso en prisión del exconseller de Empresa y Conocimiento Santiago Vila, que dimitió de su cargo horas antes de la votación el pasado 27 de octubre en el Parlament de Cataluña de la declaración de independencia, aunque éste saldrá en libertad si deposita la fianza de 50.000 euros que le ha sido exigida.

En todos los casos, las medidas acordadas por la juez son las solicitadas por el Ministerio Fiscal.

En el auto en el que decreta la prisión incondicional de los ochos primeros, Lamela considera que existe riesgo de fuga dada la gravedad de los delitos que se les imputan y las penas que llevan aparejadas y añade que “tampoco puede olvidarse el poder adquisitivo de los querellados, que les permite abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero. En este punto, basta recordar el hecho de que algunos querellados ya se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que pueden haber incurrido”.

“Se aprecia también alta probabilidad de que los querellados puedan proceder a ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba, teniendo en cuenta los cargos que han ostentado hasta hace tan solo unos días en las principales instituciones del Govern de la Generalitat”, añade la juez.

La magistrada, por último, afirma que “existe alto riesgo de reiteración delictiva, teniendo en cuenta que las actividades delictivas descritas en esta resolución se han venido planificando y realizando de forma consciente por los querellados durante más de dos años (…), reincidiendo constantemente en actuaciones contrarias a las resoluciones del Tribunal Constitucional que los investigados conocían de forma personal y directa”.

En cuanto a Santiago Vila, Lamela señala que también aprecia riesgo de fuga y de destrucción de pruebas, pero dice que, “frente a los demás querellados, no se aprecia en el señor Vila riesgo de reiteración delictiva, teniendo en cuenta que él mismo desistió voluntariamente de proseguir con el proceso soberanista el día 26 de octubre de 2017, es decir, un día antes de que la DUI (Declaración Unilateral de Independencia) fuera votada en el Parlament, lo que pone de manifiesto su voluntad contraria a consumar el intento secesionista”.

Junqueras y los ocho exconsellers han prestado hoy declaración ante Lamela, que les había citado en calidad de investigados tras admitir a trámite la querella que la Fiscalía interpuso el pasado lunes contra ellos y contra los restantes exmiembros del Govern: el expresidente Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín (Salud), Clara Ponsatí (Enseñanza), Lluís Puig (Cultura) y Meritxell Serret (Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación), que no han comparecido en el tribunal.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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