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Procesan al exconseller Blasco y a 20 personas más por fraude de subvenciones en el caso Cooperación

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El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha concluido la instrucción y ha dictado el auto de procedimiento abreviado en dos piezas separadas del “Caso Cooperación”, en las que se investiga a 21 personas, entre ellas, el exconseller de Inmigración y Ciudadanía de la Generalitat Valenciana, Rafael Blasco, por presuntas irregularidades en la concesión de subvenciones a ONG’s y en la construcción de un hospital en Haití.

El auto notificado hoy a las partes transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado y deja el caso preparado para el juicio. En la resolución, la jueza Nieves Molina, concluye que existen indicios para juzgar a los investigados por los delitos de prevaricación, cohecho, asociación ilícita, malversación, encubrimiento, fraude de subvenciones, blanqueo y falsedad documental.

Entre los procesados, además del exconseller Blasco, se encuentra la anterior cúpula de la Conselleria de Inmigración: el que fuera jefe de área de Solidaridad, Marc Llinares; la exsecretaria general, Tina Sanjuán; el exdirector general, José María Felip, el empresario César Augusto Tauroni y su hermano Arturo, además de una funcionaria de la Generalitat, trabajadores de las empresas de Tauroni, personas vinculadas a las mercantiles que emitieron facturas falsas y responsables de evaluar y puntuar los proyectos solidarios que concurrían a las convocatorias para la obtención de subvenciones.

En la resolución, la jueza da traslado al fiscal y a las acusaciones y abre plazo para que soliciten la apertura de juicio oral y presenten los correspondientes escritos de acusación en los que han de concretar los delitos que imputan a cada uno de los procesados y las penas que solicitan para ellos.

En este trámite, las acusaciones también pueden solicitar el sobreseimiento de la causa si entienden que no hay pruebas para llevar a juicio a los procesados; de manera excepcional pueden solicitar la práctica de nuevas diligencias.

Respecto del delito de asociación ilícita, la instructora concluye que es “evidente” el concierto entre el exconseller Blasco, el exjefe de área Llinares y el empresario César Augusto Tauroni, quienes ejercían como “directores o jefes” del “grupo criminal” para poder “organizar el entramado necesario al objeto de obtener beneficios, repartiéndose de forma ilícita los fondos públicos”.

El hermano de Tauroni, dos trabajadores de la Fundación Entre pueblos, dirigida por el empresario y el administrador de las evaluadora externa, que puntuaba los proyectos que presentaba la Fundación a los concursos para la obtención de subvenciones, ejercían como “miembros activos” de la trama.

En el auto, de casi 400 folios, la magistrada explica que Tauroni, desde su puesto de director de “facto” de la Fundación Entre Pueblos, “era quien emitía órdenes dirigidas tanto a su hermano D. Arturo Tauroni, como a su trabajadora de confianza Dª Maribel Castillo, o a quien figuraba como presidente de la Fundación, D. Alfonso Navarro”.

La jueza añade que “prueba de lo anterior son los abundantes correos electrónicos que se cruzan entre ellos, en los que se refleja la subordinación de éstos a las órdenes y decisiones de aquel, quien era consultado ante la toma de decisiones relevantes”.

Según recoge la resolución judicial, Tauroni estaba en contacto permanente con el jefe de Área en la Conselleria, “pieza fundamental en la organización dentro de la Administración, quien se encargaba de facilitar al anterior toda la documentación e información de interés para poder concurrir a las convocatorias públicas, y quien a su vez, daba normas y directrices al evaluador externo, cuya participación era necesaria para poder obtener el beneficio económico buscado con su actividad ilícita”.

La titular de Instrucción 21 ha dictado un único auto de procedimiento abreviado con el que cierra la instrucción de las dos piezas, que se unifican.

La instrucción, en cifras

Las dos piezas se abrieron por presuntas irregularidades en la concesión de ayudas a los países del Tercer Mundo. Una de ellas, por las subvenciones concedidas a distintas ONG’s en los años 2009, 2010 y 2011,y la otra, por el desvío de fondos para la construcción de un hospital en Haití.

Tanto la investigación por las subvenciones a las ONG’s, como la pieza por la construcción del hospital, que comenzaron a instruirse en la Sala Civil y Penal del TSJCV, pasaron a Instrucción 21 en 2014 una vez que el exconseller dimitió como diputado autonómico y dejó de estar aforado ante el Alto Tribunal.

Blasco, junto a otros miembros de su equipo, y Cesar Augusto Tauroni ya fueron condenados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a penas de prisión en la primera pieza del “Caso Cooperación”, por comprar varios inmuebles con fondos públicos destinados a la Cooperación y el Desarrollo.

La causa consta de 168 tomos, integrados por 50.000 folios. A ello hay que sumar las 24 piezas separadas con más de 40.000 folios formadas con la documentación intervenida en las entradas y registros. Durante la instrucción, que arrancó en 2011, la jueza ha revisado más de 35.000 correos electrónicos que han dado lugar a la formación de 15 tomos más. Se ha analizado, igualmente, el contenido de los 75 dispositivos informáticos intervenidos, con miles de archivos que ocupan más de 5 teras.

Piezas 4 y 5

Instrucción 21 mantiene abierta la investigación de otras dos piezas del “Caso Cooperación”. Una de ellas, relacionada con las irregularidades en la contratación de los servicios informáticos de los años 2008, 2009, 2010 y 2011, por parte de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía.

La segunda pieza investiga si Tauroni utilizó un ordenador de la cárcel de Picassent, donde estaba preso tras la condena por la primera pieza, para realizar operaciones

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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