Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Puig anuncia que el Consell adoptará medidas «inmediatas» para apoyar a ayuntamientos y sectores afectados

Publicado

en

CASTELLÓN, 19 Oct. (EUROPA PRESS) – El ‘president’, Ximo Puig, ha anunciado que el Consell adoptará medidas «inmediatas» para apoyar a los ayuntamientos y sectores económicos que se hayan visto afectados por el temporal, y ha agradecido a la ciudadanía su responsabilidad y comportamiento «magnífico».

«La posición de la Generalitat siempre ha sido la misma: lo primero que tenemos que salvar ante cualquier emergencia es la seguridad de las personas», ha afirmado durante una reunión en el Ayuntamiento de Benicarló (Castellón) con responsables del dispositivo preparado para hacer frente a la emergencia.

De cara a las próximas horas, Puig ha pedido a los valencianos que mantengan la «prudencia», dado que ha recordado que la alerta todavía no ha finalizado, informa el Consell en un comunicado.

En cualquier caso, ha garantizado que la Generalitat dará respuesta «inmediata» a través de los acuerdos que sean necesarios y mediante los mecanismos que resulten más eficaces a las necesidades de los ayuntamientos que hayan podido ver sus infraestructuras básicas dañadas, así como a sectores económicos afectados, como el agrícola.

«MÁS VALE PREVENIR QUE CURAR»
El jefe del Consell ha destacado las actuaciones para preservar la seguridad de la ciudadanía, como la suspensión de clases y actividades, unas decisiones que «aunque puedan causar molestias, son absolutamente necesarias porque más vale prevenir que curar», ha recalcado.

Bajo este prisma, ha recordado que la Generalitat trabaja en conjuntamente en el dispositivo de emergencias con los ayuntamientos, el Gobierno central y los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

«Una vez más, ha funcionado la buena coordinación», ha manifestado, para agradecer la labor de los cuerpos policiales, emergencias, alcaldes y personal autonómico encargado de coordinar las actuaciones.

En el encuentro en Benicarló también han participado la alcaldesa del, Xaro Miralles; el director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), José María Ángel, y la subdelegada del Gobierno en Castellón, Soledad Ten.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el límite para pagar en efectivo en España

Publicado

en

limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

Continuar leyendo