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Rajoy da un plazo de cinco días a Puigdemont para que confirme si declara la independencia

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Tal como ha explicado Mariano Rajoy este miércoles, el Gobierno ha remitido al Presidente de Cataluña, Carles Puigdemont el requerimiento para que aclare si ha activado, o no, la independencia catalana. Dicho requerimiento es el paso previo para aplicar el artículo 155 de la Constitución, y Rajoy da un plazo de cinco días, concretamente hasta el luines a las 10.00 horas, al presidente catalán, para que confirme si ha declarado la independencia de Cataluña y fija un segundo plazo, hasta el jueves, para que rectifique y evite así su aplicación.

De esta manera, también lo ha detallado Rajoy, durante su comparecencia en el pleno del Congreso, en la que ha confirmado que el requerimiento se ha entregado este miércoles tarde a la Generalitat y ha avanzado el contenido del documento.

Consulta aquí el requerimiento a Cataluña y los plazos de respuesta

Dicho requerimiento insta a Puigdemont, a que «confirme si alguna autoridad de la Generalitat ha declarado la independencia o si su declaración del 10 de octubre implica la declaración de independencia, al margen de que ésta se encuentre o no en vigor».

En el caso de que la respuesta de Puigdemont sea afirmativa, el Gobierno requerirá al presidente que ordene la revocación de dicha decisión. Para ello, le dará un plazo de tres días más, hasta el jueves de la semana que viene, también a las diez de la mañana.

«Es una pregunta que tiene una respuesta fácil, yo creo que es de obligada respuesta», ha dicho Rajoy tras defender que los catalanes tienen derecho a saber si se ha declarado o no la independencia y si se ha declarado, si sus efectos todavía no van a comenzar.

El segundo plazo, que vence el jueves, marcaría el inicio de la puesta en marcha del controvertido artículo 155 constitucional, que establece la obligatoriedad de que el Gobierno formule un requerimiento al presidente de la Comunidad antes de plantear en el Senado las medidas que piensa aplicar.

Según ha explicado ante el pleno del Congreso el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, con este requerimiento se pretende ofrecer «claridad y seguridad» tras la «confusión» generada este martes por Puigdemont en el Parlament.

Puigdemont dijo que asumía el «mandato del pueblo» para que «Cataluña se convierta en un estado independiente en forma de república» y, acto seguido, propuso «suspender los efectos de la declaración de independencia» para abrir la puerta al diálogo. Lo que desea ahora el Gobierno es que aclare si, con esas palabras, estaba haciendo una declaración unilateral de independencia.

Si Puigdemont confirma que declaró la independencia, o en el caso de que no conteste antes del lunes, el Gobierno aprovecha el mismo requerimiento para darle un segundo plazo, hasta el jueves, instándole a rectificar y volver a la legalidad, ya que de no ser así se aplicaría el 155.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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