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Reconocen a un interino el derecho a reducir un 99% su jornada para cuidar a un hijo con una enfermedad rara

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València, 4 oct (EFE).- Un juzgado de València ha reconocido el derecho a disfrutar a un docente funcionario interino de una reducción del 99 % de su jornada laboral retribuida para cuidar de un hijo con una enfermedad grave de las contempladas en la normativa, distinta del cáncer.

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de Valencia ha estimado así una demanda presentada contra la Conselleria de Educación por los servicios jurídicos del Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza (STEPV), que considera el fallo «un gran avance» y pide a la administración que «se aplique de oficio para casos futuros».

En el fallo, el juzgado considera que, en contra de lo que resuelve Conselleria, que solo le había concedido una reducción del 50 % de la jornada, se puede aplicar el 99 % de la reducción en casos en que no resulta necesaria la hospitalización del menor, pero sí es necesaria un cuidado directo, continuado y permanente, aunque el menor se encuentre escolarizado.

En un comunicado, el sindicato asegura que «celebra» la sentencia, ya que hasta ahora únicamente se había conseguido esta reducción del 99 % en casos de hijos e hijas menores enfermos de cáncer en estado crítico.

El hijo del demandante padece el síndrome de dravet, una enfermedad grave y rara neurológica de origen genético, que requiere de cuidado directo, continuo y permanente.

El sindicato de Trabajadores de la Enseñanza ha solicitado a Conselleria de Educación una reunión urgente porque se haga extensiva esta sentencia a otros casos similares.

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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