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Ribó dice no a la ampliación del Puerto de València sin un informe del impacto medioambiental

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Valencia, 25 sept. – “El Ayuntamiento se posiciona para cuidar los barrios y las personas que los habitan, la economía y el territorio de la ciudad”. Y por esa razón, el alcalde de València, Joan Ribó, ha defendido este miércoles estudiar primero los accesos en una eventual ampliación del Puerto, y ha apostado por el ferrocarril “para dotar la zona portuaria de las mejores infraestructuras, sin llenar de camiones el entorno de los barrios marítimos, y proteger el medioambiente de la zona”. Así, el alcalde ha celebrado –según sus palabras- “el anuncio de la Autoridad Portuaria, que incluirá en el informe del posible acceso Norte al Puerto, un estudio del reivindicado acceso ferroviario para minimizar el impacto urbano”.

El alcalde Joan Ribó ha hecho estas declaraciones al término de una reunión que ha mantenido con responsables de la Autoridad Portuaria y de la Generalitat. “Un encuentro que ha concluido con la voluntad de trabajar conjuntamente, con la ayuda del vecindario y entidades ciudadanas y ambientalistas, para tener un Puerto sostenible que compense a la ciudad”

“El hecho que hoy el presidente de la Autoridad Portuaria, Aurelio Martínez, nos anuncie que ampliará este estudio a un estudio ferroviario, es muy positivo porque, tal y como he dicho en muchas ocasiones y hoy lo reitero: en estos momentos hacer un acceso Norte por carretera no tiene sentido. Este Ayuntamiento no quiere unos barrios rodeados de camiones, una fórmula obsoleta que se tendría que sustituir para primar un acceso ferroviario”, ha explicado Joan Ribó.

“Ahora tenemos que estudiar como hacerlo”, ha continuado el alcalde al resaltar que la intención del gobierno municipal “es que se haga como lo han hecho los grandes puertos europeos, porque València merece la mejor conexión ferroviaria y que también pueda integrarse en el Corredor Mediterráneo”.

En el encuentro de hoy también han participado el conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España; el presidente de Puertos del Estado, Salvador Encina; y el presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, Aurelio Martínez. Se ha celebrado en la sede del Consorcio Valencia 2007, y entre las conclusiones que han tomado destaca la creación de tres grupos de trabajo; comisiones en las que, además de las tres administraciones, tendrán voz las entidades vecinales, económicas, ambientalistas y sociales de la ciudad.

En cuanto a la ampliación del Puerto, Joan Ribó ha asegurado que se han medido muy bien los pasos a dar. “Quiero tomar las medidas oportunas, junto con los secretarios jurídicos y los técnicos ambientales, para que cualquier decisión vele por los intereses de la ciudad”. Así, según ha dicho Joan Ribó, “nuestros barrios tienen que tener una calidad de vida óptima, tenemos que poder dinamizar la economía de la ciudad con las infraestructuras más avanzadas que nos conectan con Europa como ocurre con el Corredor Ferroviario del Mediterráneo. Y finalmente, es muy importante que València tenga la garantía que una ampliación de este tipo, con una modificación que es sustancial y que afecta 138 hectáreas de terreno, no dañe el medio ambiente, y en caso contrario que se establezcan las medidas correctoras que corresponden”.

En este sentido, el alcalde ha mostrado su posición: “estamos ante una modificación sustancial del planeamiento de ampliación portuaria que se hizo en 2007. Si hay una modificación sustancial, en un proyecto que afecta un terreno muy importante de València, y con una consecuencia directa sobre el entorno natural de la ciudad, lo más lógico es que una Declaración de Impacto Ambiental, señalo cuáles son las posibilidades y los límites de actuación”.

En la reunión, Joan Ribó ha destacado que la relación entre las ciudades y los puertos es muy importante, “y hay que trabajar para llegar a acuerdos como los que ya se han tomado”·, y ha citado algunos ejemplos, como la cesión de terrenos que han permitido la ejecución del parque de desembocadura, o la instalación de una gran zona deportiva.

Por su parte, el conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España, que también ha atendido a los medios de comunicación al término de la reunión, ha destacado que “hay que buscar puntos de equilibrio y de encuentro, porque todos queremos un puerto sostenible que dialogue con la ciudad, que minimice sus impactos y, por supuesto, que compense a la ciudad de València”.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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