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Sanidad alerta de un brote de fiebre Q en la Comunitat con seis casos diagnosticados

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Alicante, 11 oct. – La Conselleria de Sanidad ha confirmado este jueves que una niña de tres años de la Vila Joiosa (Alicante) es el quinto caso diagnosticado y asociado a un brote de fiebre Q detectado en la localidad y el primero en una menor.

A fecha de este jueves, existen seis casos declarados, de los que tres han sido hospitalizados y están ya dados de alta, y hay otros cuatro en estudio, según han informado fuentes de este departamento.

La fiebre Q es zoonosis causada por un bacilo denominado ‘Cloxiella burnetii’ que clínicamente se comporta como una enfermedad febril aguda que se caracteriza por escalofríos, cefalea, malestar general, mialgias y sudoración profusa. El periodo de incubación es de entre 14 y 39 días y su gravedad y duración varían considerablemente.

La principal vía de contagio es la transmisión aérea producida por la inhalación de gotas aerosoles y polvo contaminado por el contacto con animales infectados. También es posible, aunque mucho menos frecuente, la transmisión vía alimentaria por el consumo de leche cruda de animales contaminados, seguida de regurgitación y aspiración, han aclarado.

Ante la clínica inespecífica que presenta estos enfermos, la norma para el diagnóstico confirmado de la enfermedad aguda es la demostración de un incremento al cuádruple de los anticuerpos en dos muestras de suero obtenidas con un intervalo mínimo de 15 días, siendo tomada la primera en la fase aguda de la enfermedad.

El tratamiento habitual consiste en la administración de antibióticos por vía oral y no existe profilaxis ante la fiebre Q dado que la transmisión persona-persona es «excepcional».

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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