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Sanidad no recomienda los test rápidos de anticuerpos para autodiagnóstico

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València, 11 dic (EFE).- La Conselleria de Sanidad ha advertido de que las pruebas rápidas de detección de anticuerpos a partir de una muestra de sangre obtenida mediante un pinchazo en el dedo tienen un rendimiento menor que las técnicas que se hacen en los laboratorios a partir de una muestra de sangre extraída de una vena.

Los test de autodiagnóstico se pueden hacer fuera del laboratorio pero, según advierten las personas expertas, hay más riesgo de que den falsos positivos y falsos negativos, han señalado fuentes de la Conselleria en un comunicado.

Cualquier prueba de detección de anticuerpos informa de la presencia de defensas en el organismo contra alguno de los componentes del SARS-CoV-2, agente causal de la COVID-19, lo que sugiere que el o la paciente ha tenido contacto previo con el virus.

Sin embargo, han señalado las mismas fuentes, su positividad no garantiza la inmunidad, por lo que se deben seguir cumpliendo las medidas de protección.

La Conselleria asegura estar alineada con la evidencia científica actual, las recomendaciones del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y la Organización Mundial de la Salud, y únicamente recomienda el uso de test rápidos de anticuerpos COVID-19 para determinados estudios, y siempre con fines de investigación.

Por eso, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha pedido prudencia en la utilización e interpretación de pruebas de detección rápida de anticuerpos.

«Lo único que puede acreditar el test de autodiagnóstico de anticuerpos es si la persona ha pasado la enfermedad o no», ha indicado Barceló, quien ha señalado que las pruebas de detección rápida de anticuerpos COVID-19 «en ningún caso se consideran adecuadas para el diagnóstico de infección activa, ni en pacientes sintomáticos ni en asintomáticos».

En este sentido, la Conselleria de Sanidad no contempla el registro sistemático de los resultados de estas pruebas ni las incluye en su estrategia de rastreo y control de casos. EFE

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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