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Sanidad recomienda el uso de mascarillas en transporte público a partir de este lunes

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El Gobierno hará desde este lunes un reparto masivo de mascarillas reutilizables como una medida de prevención, una vez que el Consejo de Ministros haya autorizado hoy la vuelta al trabajo a aquellas actividades consideradas como no esenciales, y que han estado paralizadas las últimas dos semanas.

La distribución se llevará a cabo, fundamentalmente, en las estaciones de metro y cercanías, con el fin de evitar así el riesgo de un posible rebrote de contagios por las aglomeraciones que, en muchas ocasiones, suelen producirse y que impedirían, asimismo, que se pueda guardar la distancia de seguridad aconsejada.

No será necesario, sin embargo, el uso de mascarillas para aquellas personas que se desplacen o bien andando, en bicicleta o en vehículo privado, porque «no hay dificultad de guardar la distancia que en algunos casos debe ser de un metro y en otras dos», ha señalado el titular de Sanidad, Salvador Illa, al término del Consejo de Ministros celebrado este viernes.

El ministro también ha anunciado que entre hoy y mañana se va a repartir otro millón de test rápidos a las comunidades autónomas, que ya han recibido 64.3 millones de material sanitario desde que comenzó la crisis. Y ha desvelado que en el día de hoy han llegado a España por el corredor aéreo otras 800.000 mascarillas y 500.000 guantes que irán destinados a personal sanitario y a otros colectivos profesionales esenciales.

Como el de los transportistas, concretamente los trabajadores del transporte público estatal, autonómico y local, y también a los del ámbito privado, de viajeros y de mercancías, a los que se les va a empezar a distribuir desde este sábado otro millón más de mascarillas, según han anunciado también desde el ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Pese a estas nuevas medidas adoptadas en este primer tramo para la reactivación económica, las autoridades advierten que el país todavía sigue en estado de alarma, con las mismas restricciones de movilidad estipuladas el pasado 14 de marzo, incluidos los niños, que seguirán sin poder salir a la calle. No estamos todavía en fase de desescalada de las medidas adoptadas. Continúa el cierre de centros educativos, de establecimientos de ocio, y se deben seguir manteniendo todas las medidas preventivas de distanciamiento social.

Además, recomiendan que al menor síntoma no se acuda a trabajar, que tampoco lo hagan aquellas personas que han tenido contacto estrecho con otras que han dado positivo; y recuerdan que las medidas «claves y más relevantes» para evitar contagios siguen siendo mantener la distancia interpersonal, el lavado de manos y la higiene en los espacios públicos y privados.

En relación con las recomendaciones que Sanidad publicará a lo largo de la tarde ante la vuelta al trabajo de las personas que cesaron su actividad por no ser imprescindible, Illa ha adelantado que estas contemplan que no se incorporen todos aquellos que presenten síntomas de COVID-19 o tengan un contacto estrecho de personas con síntomas o positivos por coronavirus.

En cuanto al transporte público ha incidido en la importancia de la distancia interpersonal “mínimo un metro, si es posible dos metros”. En el centro de trabajo, ha explicado que se asegurará esta distancia interpersonal y se evitarán las aglomeraciones. Asimismo, se extremarán las medidas de higiene.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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