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El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031

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Supremo inhabilitación Junqueras 2031

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.

Pena de inhabilitación de 13 años

En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.

La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.

Algo más que un desorden público

En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».

Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».

Actos concretos

En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.

«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».

La Sala explica que con anterioridad a la reforma, el delito de sedición no exigía una movilización violenta. «Podía conocer episodios de violencia -así aconteció indudablemente en los hechos enjuiciados-, pero también era punible cuando simplemente se ejecutaba ‘fuera de las vías legales‘». A raíz de la reforma, entre el delito de rebelión y el delito de desórdenes públicos «existe un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».

No a la malversación atenuada

En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».

«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.

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Granada se despide de su concejal de Cultura, Juan Ramón Ferreira, fallecido en Nochevieja

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Granada ha vivido este viernes una jornada de luto tras la muerte de Juan Ramón Ferreira, concejal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento, que falleció el pasado 31 de diciembre a consecuencia de un infarto, según han confirmado fuentes municipales. La ciudad ha despedido a uno de sus ediles más veteranos con un multitudinario funeral celebrado en el centro histórico.

Un funeral multitudinario en la Iglesia de la Magdalena

La Iglesia de la Magdalena ha acogido este viernes la misa fúnebre, a la que han asistido familiares, amigos, compañeros de corporación, representantes institucionales y numerosos vecinos. La capilla se quedó pequeña ante la gran afluencia de personas que quisieron rendirle homenaje.

El acto concluyó con un emotivo aplauso, como reconocimiento a su trayectoria política y a su compromiso con la ciudad durante décadas.

Más de 30 años de trayectoria municipal

Juan Ramón Ferreira formaba parte del Ayuntamiento de Granada desde 1995, lo que lo convertía en uno de los concejales con mayor trayectoria del Consistorio. Nacido en Alcalá la Real (Jaén), estudió en la Escuela de la Sagrada Familia de su localidad natal y se licenció en Derecho por la Universidad de Granada.

Inició su carrera política en las filas del Partido Popular, formación con la que desarrolló la mayor parte de su vida pública, tanto a nivel municipal como autonómico, donde también fue parlamentario del PP andaluz.

Aluvión de condolencias y muestras de cariño

Desde que se conoció la noticia, las redes sociales se han llenado de mensajes de condolencia, tanto de representantes políticos como de vecinos de la ciudad, que han destacado su cercanía, talante dialogante y vocación de servicio público.

La alcaldesa de Granada, Marifrán Carazo, expresó su pesar a través de un mensaje en la red social X, donde definió a Ferreira como “una persona especial, un buen compañero, padre y amigo”, subrayando su compromiso y dedicación a Granada.

Por su parte, el presidente de la Junta de Andalucía y del PP andaluz, Juanma Moreno, aseguró que Ferreira fue “una de esas personas que dignifican la política con su forma de ser”, trasladando su apoyo a la familia y lamentando una pérdida “demasiado temprana”.

Reconocimiento desde todos los ámbitos políticos

También desde la oposición se han sucedido los mensajes de respeto. El exalcalde y portavoz municipal socialista, Francisco Cuenca, manifestó su conmoción por la “repentina pérdida” y definió al concejal como una persona cercana, cordial y dialogante.

El presidente de la Diputación de Granada y del PP provincial, Francis Rodríguez, destacó su papel como “gran servidor público” y “excelente concejal”, remarcando, sobre todo, su calidad humana.

Granada, de luto por uno de sus ediles más veteranos

El fallecimiento de Juan Ramón Ferreira ha marcado el inicio de 2026 en Granada con una profunda tristeza institucional y ciudadana. Su figura queda ligada a más de tres décadas de vida municipal, especialmente en el ámbito de la cultura y el turismo, áreas clave para el desarrollo de la ciudad.

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