PORTADA OFFICIAL PRESS
El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031
Publicado
hace 3 añosen
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.
En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.
La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.
En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».
Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».
En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.
«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».
En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».
«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.
Publicado
hace 6 horasen
1 enero, 2026
Cristina Pedroche ha vuelto a hacerlo. Y precisamente ahí está el problema. En sus duodécimas Campanadas, la presentadora ha presentado el que ella misma define como su vestido más simbólico, emotivo y definitivo: un diseño construido a partir de retales de sus once looks anteriores, convertido en una gran capa de upcycling con la que asegura cerrar una etapa.
Sin embargo, más allá del relato, el resultado vuelve a confirmar lo que ya es evidente desde hace varias ediciones: el modelo Pedroche está creativamente agotado. Cambia el envoltorio conceptual, se eleva el discurso y se multiplica la simbología, pero el impacto visual vuelve a ser el mismo de siempre: casi desnudez, cuerpo como eje central y mínima estructura textil.
Pedroche se “lo ha puesto todo encima”, literalmente. Fragmentos de vestidos pasados, piezas icónicas recicladas, plumas, cadenas, cristales, esculturas corporales y referencias constantes a su propio archivo estético. Un ejercicio autorreferencial que funciona como resumen de su trayectoria, pero que no aporta una lectura nueva de la moda ni del cuerpo.
El mensaje es claro: no hay ruptura, hay acumulación. No hay evolución, hay repetición sofisticada. El vestido no avanza, se mira a sí mismo.
Durante años, el casi desnudo de Cristina Pedroche fue rompedor. Hoy se ha convertido en automatismo. La fórmula es reconocible hasta el extremo: piel protagonista y el vestido como ornamento y una narrativa emocional que intenta elevar lo que visualmente ya no sorprende.
El upcycling presentado como gran novedad no es más que un nuevo argumento para sostener un resultado idéntico: el cuerpo vuelve a ser el centro absoluto, y el diseño queda relegado a acompañarlo.
La causa social elegida por Cristina Pedroche es, probablemente, el mayor acierto de sus Campanadas. Vincular su vestuario a la labor de la Asociación Española Contra el Cáncer aporta profundidad y sentido a un formato que, a nivel estético, muestra claros signos de desgaste.
El respaldo a la AECC introduce un mensaje útil, necesario y transversal, que conecta con una realidad que afecta a miles de familias. Es ahí donde Pedroche acierta de pleno: cuando el foco se desplaza del cuerpo al acompañamiento, la investigación y el apoyo a los pacientes, la elección deja de ser un recurso narrativo y se convierte en un gesto con verdadero impacto.
El estilista Josie vuelve a estar al frente de la dirección creativa, ensamblando una auténtica antología de símbolos reconocibles para el espectador. El resultado es coherente, milimétrico y técnicamente complejo, pero también encorsetado en su propio lenguaje.
El vestido habla de memoria, de ritual, de semiótica textil… pero sigue diciendo lo mismo que hace años. La piel continúa siendo el titular.
El gran problema del diseño de 2025 no es su osadía, sino su falta de sorpresa real. El espectador ya no se pregunta qué llevará Pedroche, sino cuánto mostrará. Y cuando la conversación se reduce a eso, el vestido deja de ser moda para convertirse en gesto reiterado.
Frente a propuestas donde la confección, la silueta o el diseño adquieren protagonismo, el modelo Pedroche insiste en una idea que ya ha dado todo lo que tenía que dar.
Pedroche habla de cerrar una etapa. Y quizá tenga razón. Porque este vestido no marca un nuevo comienzo, sino que certifica el final de una fórmula que ha sido explotada hasta el límite.
Doce años después, el casi desnudo ya no es transgresión, es marca registrada. Y cuando la marca se impone al diseño, lo único que queda es repetirse.
El vestido de estas Campanadas no abre camino: pone punto final a un modelo que ya no evoluciona.
Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.
Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.
Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.
¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!
Más información sobre nuestra política de cookies

Tienes que estar registrado para comentar Acceder