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El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031

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Supremo inhabilitación Junqueras 2031

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.

Pena de inhabilitación de 13 años

En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.

La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.

Algo más que un desorden público

En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».

Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».

Actos concretos

En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.

«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».

La Sala explica que con anterioridad a la reforma, el delito de sedición no exigía una movilización violenta. «Podía conocer episodios de violencia -así aconteció indudablemente en los hechos enjuiciados-, pero también era punible cuando simplemente se ejecutaba ‘fuera de las vías legales‘». A raíz de la reforma, entre el delito de rebelión y el delito de desórdenes públicos «existe un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».

No a la malversación atenuada

En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».

«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.

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Borja Sémper reaparece tras meses alejado de la política por su tratamiento contra el cáncer

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Borja Sémper

El portavoz nacional del Partido Popular (PP) y vicesecretario de Cultura del partido, Borja Sémper, ha reaparecido públicamente este miércoles tras varios meses apartado de la primera línea política debido a un tumor cancerígeno. El diputado asistió a la primera reunión del Comité de Dirección del PP de 2026, presidida por el presidente del partido, Alberto Núñez Feijóo, marcando un regreso muy esperado por la militancia y los medios.

Sin embargo, fuentes próximas a Sémper han señalado que aún no retomará su agenda diaria en el PP, ya que está pendiente de una operación quirúrgica relacionada con su tratamiento oncológico.

Reaparición tras meses de tratamiento contra el cáncer

Borja Sémper anunció públicamente su diagnóstico el 14 de julio de 2025, explicando que el tumor había sido detectado en un estadio inicial, por lo que la expectativa médica era de curación. Durante los últimos meses, el dirigente popular se sometió a un tratamiento de quimioterapia de cuatro meses, que concluyó el pasado 8 de diciembre.

En sus redes sociales, Sémper compartió detalles de su recuperación:

«Empieza a salir pelo y poco a poco recupero ánimo y fuerzas para afrontar lo que queda por delante. De momento todo va bien. Agradecido por tanto afecto y ánimos imposibles de responder uno a uno. ¡Gracias!»

La asistencia a la reunión con Feijóo supone un primer paso en su vuelta a la política activa, aunque de manera gradual y prudente. Durante el encuentro, se abordaron asuntos estratégicos del partido, y la presencia de Sémper fue un mensaje de fortaleza y compromiso político, pese a las dificultades personales que ha atravesado.

Sémper y su futuro en el PP

Aunque no retomará su actividad habitual en el Congreso ni en los actos públicos, su reaparición simboliza el respaldo a la dirección de Feijóo y refuerza su posición dentro del comité de dirección. Su experiencia y liderazgo en el partido siguen siendo valorados, y se espera que su vuelta completa se produzca una vez que supere la operación pendiente y continúe su recuperación.

Expertos en política destacan que el regreso de Sémper, incluso de manera parcial, refuerza la cohesión interna del PP y envía un mensaje de normalidad y esperanza a los afiliados y simpatizantes.

Contexto de su enfermedad y recuperación

  • Diagnóstico anunciado: 14 de julio de 2025, tumor en estadio inicial.

  • Tratamiento: cuatro meses de quimioterapia finalizados el 8 de diciembre de 2025.

  • Estado actual: en recuperación, pendiente de operación quirúrgica.

  • Reaparición: 7 de enero de 2026, en la reunión del Comité de Dirección del PP con Feijóo.

Sémper se mantiene como un referente en la política nacional y dentro del PP, y su regreso progresivo se espera que contribuya a fortalecer la estrategia del partido de cara a 2026, especialmente en la preparación de próximos retos electorales.

Borja Sémper termina su tratamiento de quimioterapia. Europa Press/ RRSS

Agradecimiento por el apoyo

Sémper ha querido también agradecer públicamente los mensajes recibidos durante estos meses tan delicados:

“Agradecido por tanto afecto y ánimos imposibles de responder uno a uno. ¡Gracias!”

Las muestras de cariño han llegado desde ciudadanos anónimos, compañeros de partido, figuras públicas y representantes institucionales que han acompañado a Sémper en su proceso de recuperación, aunque el político admite que le ha sido imposible contestar a todos personalmente.

Una recuperación que invita a la esperanza

Aunque Sémper no ha confirmado si retomará su actividad política a corto plazo, las sensaciones positivas y la ausencia de quimioterapia permiten pensar en un horizonte cada vez más esperanzador. Su mensaje transmite calma, confianza y gratitud, imprescindibles durante cualquier lucha contra un proceso cancerígeno.

Quién es Borja Sémper

PARTIDO POPULAR

Francisco de Borja Sémper Pascual, nacido en 1976 en Irún (Guipúzcoa), tiene una amplia trayectoria política en el Partido Popular. Fue portavoz en el Parlamento Vasco durante una etapa clave para el constitucionalismo en Euskadi, y actualmente ocupa el cargo de portavoz nacional del PP y vicesecretario general en el Comité Ejecutivo Nacional del partido.

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