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El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031

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Supremo inhabilitación Junqueras 2031

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.

Pena de inhabilitación de 13 años

En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.

La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.

Algo más que un desorden público

En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».

Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».

Actos concretos

En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.

«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».

La Sala explica que con anterioridad a la reforma, el delito de sedición no exigía una movilización violenta. «Podía conocer episodios de violencia -así aconteció indudablemente en los hechos enjuiciados-, pero también era punible cuando simplemente se ejecutaba ‘fuera de las vías legales‘». A raíz de la reforma, entre el delito de rebelión y el delito de desórdenes públicos «existe un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».

No a la malversación atenuada

En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».

«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.

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Pedro Sánchez comparecerá en el Congreso el 11 de febrero para informar sobre la crisis ferroviaria

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El presidente dará explicaciones por los accidentes de Adamuz y Gelida en plena polémica por el caos en Rodalies

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparecerá el próximo 11 de febrero en el Congreso de los Diputados para informar sobre la crisis ferroviaria que atraviesa España tras los recientes accidentes y las graves incidencias registradas en el servicio de trenes, especialmente en Cataluña. La comparecencia se producirá a petición del propio Ejecutivo, según han confirmado fuentes de Moncloa.

Sánchez explicará ante el pleno los detalles relacionados con los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en la primera sesión ordinaria del Congreso tras la reanudación de la actividad parlamentaria en febrero.


Jornada de caos ferroviario en Cataluña

La comparecencia llega tras una nueva jornada de inestabilidad en el servicio de Rodalies de Cataluña, donde miles de usuarios se han visto afectados por retrasos, suspensiones y reanudaciones intermitentes del tráfico ferroviario.

Este lunes, el servicio comenzó a operar con dificultades, con algunos tramos cubiertos mediante transporte alternativo. Poco después de las seis y media de la mañana, la circulación volvió a suspenderse debido a una incidencia técnica en el centro de control de Adif, ubicado en la Estación de Francia. Aunque el servicio se reactivó pasadas las siete, volvió a interrumpirse minutos después, generando confusión y malestar entre los viajeros.

Ante esta situación, la Generalitat de Cataluña ha reforzado el servicio de autobuses, aunque ha recomendado a las empresas fomentar el teletrabajo para reducir la presión sobre el sistema de transporte.


Óscar Puente defiende que el accidente de Adamuz era “difícil de detectar”

En relación con el descarrilamiento del tren Iryo en Adamuz, el ministro de Transportes, Óscar Puente, ha asegurado que una inspección previa de la vía no habría permitido detectar el problema.

“La auscultación no nos hubiera ofrecido ninguna información relevante”, ha afirmado, subrayando que se trata de un accidente “extraño” no por la existencia de sabotaje, sino por la dificultad técnica para identificar el fallo con antelación. Aunque la hipótesis del sabotaje no se ha descartado por completo, el ministro ha insistido en que no es la opción principal que barajan los investigadores.


Aplazado el funeral de Estado por las víctimas de Adamuz

La Junta de Andalucía y el Gobierno central han acordado posponer el funeral de Estado por las víctimas del accidente de Adamuz, que estaba previsto para el 31 de enero. La decisión se ha tomado después de que una mayoría de las familias comunicara que no asistiría o prefiriera celebrarlo en una fecha posterior.


Debate político y exigencia de responsabilidades

La comparecencia de Pedro Sánchez se producirá en un contexto de creciente presión política, con críticas de la oposición, peticiones de dimisión y cuestionamientos sobre la gestión de la infraestructura ferroviaria y la seguridad del sistema.

Desde el Gobierno recuerdan que el presidente acudirá al Congreso en el marco ordinario de control parlamentario, después de haber descartado su presencia inmediata en el Senado, como reclamaba el Partido Popular.


Una comparecencia clave para el futuro del sistema ferroviario

La intervención del presidente del Gobierno el próximo 11 de febrero se perfila como una cita clave para aclarar responsabilidades, explicar las causas de los accidentes y detallar las medidas que se adoptarán para evitar que se repitan situaciones de caos ferroviario como las vividas en las últimas semanas.

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