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El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031

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Supremo inhabilitación Junqueras 2031

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.

Pena de inhabilitación de 13 años

En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.

La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.

Algo más que un desorden público

En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».

Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».

Actos concretos

En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.

«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».

La Sala explica que con anterioridad a la reforma, el delito de sedición no exigía una movilización violenta. «Podía conocer episodios de violencia -así aconteció indudablemente en los hechos enjuiciados-, pero también era punible cuando simplemente se ejecutaba ‘fuera de las vías legales‘». A raíz de la reforma, entre el delito de rebelión y el delito de desórdenes públicos «existe un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».

No a la malversación atenuada

En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».

«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.

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Deportes

Carlos Alcaraz alcanza los cuartos del Abierto de Australia por tercer año consecutivo y sueña con romper su techo en Melbourne

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Carlos Alcaraz
Carlos Alcaraz-US OPEN

Carlos Alcaraz regresará este martes a un territorio conocido, pero aún no conquistado. Los cuartos de final vuelven a ser el techo del murciano en el Abierto de Australia, una ronda a la que ha llegado ya en tres ocasiones en Melbourne. Allí vuelve un año después tras firmar su mejor partido en esta edición del torneo, en el que superó al estadounidense Tommy Paul por 7-6, 6-4 y 7-5, sin ceder un solo set.

El número uno del mundo afronta ahora el reto de romper una barrera que se le resistió en 2024 frente a Alexander Zverev y en 2025 ante Novak Djokovic, con el objetivo de alcanzar por primera vez las semifinales del primer Grand Slam del año.

Un inicio complicado y reacción de campeón

El encuentro no comenzó de la mejor manera para Alcaraz. Antes incluso del primer peloteo, la juez de silla le obligó a retirarse la pulsera con la que monitoriza su salud, un detalle anecdótico que no impidió que el murciano iniciara el duelo con buen humor. Sin embargo, Tommy Paul le rompió el servicio en el primer juego, mostrando un ritmo alto desde el fondo de pista y una agresividad constante.

A medida que avanzó el primer set, el bajo porcentaje de primeros servicios del estadounidense permitió a Alcaraz reengancharse al partido. Tras varias oportunidades de rotura, el español equilibró el marcador y forzó un tie-break que terminó decantando a su favor, en un set que se prolongó durante más de una hora.

Dominio progresivo y solidez al servicio

Superado el primer set, el partido cambió de guion. Alcaraz impuso su jerarquía, dominó con el servicio y apenas concedió oportunidades de quiebre en la segunda manga. Su evolución al saque volvió a ser una de las claves del triunfo, una faceta que ha mejorado notablemente en los últimos meses.

El tercer set fue el más igualado, con alternativas y momentos de máxima tensión, pero el murciano volvió a demostrar su mayor variedad de recursos y temple en los puntos decisivos para cerrar el partido en tres mangas.

Un Alcaraz maduro y candidato al título

El triunfo ante Paul confirma el gran momento del murciano, que ha alcanzado los cuartos de final del Abierto de Australia sin perder un solo set en el torneo, dejando una sensación de madurez competitiva y fortaleza mental.

Ahora espera rival del duelo entre Álex de Miñaur y Alexander Bublik, un cruce que determinará su camino hacia unas semifinales históricas en Melbourne, el único Grand Slam que aún no ha conquistado en su carrera.

Objetivo: hacer historia en Melbourne

Con esta clasificación, Alcaraz consolida su presencia en la élite del tenis mundial y mantiene intactas sus opciones de luchar por el título en Australia. El murciano, que ya ha conquistado otros grandes torneos, busca completar el puzzle de los Grand Slam y confirmar su condición de líder generacional del circuito ATP.

 

 

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