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Díaz Ayuso a Oltra: ¿Qué mujer ampara que su marido esté prostituyendo a una menor?

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juez Castro Ayuso
La presidenta de la comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. EFE/Juan Carlos Hidalgo/Archivo
Madrid, 17 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha opinado que la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, imputada por la gestión del caso de abusos de su exmarido a una menor tutelada, debe «cumplir» por unos hechos que ha considerado «abominables«.

Tras su imputación, Oltra ha insistido este viernes en una rueda de prensa que no dimitirá de su cargo.

Díaz Ayuso a Oltra

En declaraciones hechas tras visitar la finca El Porcal, en Rivas Vaciamadrid, Díaz Ayuso ha asegurado que ahora está viendo como se echa la culpa a los jueces y al respecto ha asegurado que «la culpa no la tienen ni los jueces ni el resto de los políticos» sino que la «culpa es de la incoherencia y de estos hechos tan abominables que hemos conocido».

«Hay que tener en cuenta que estamos hablando de una mujer supuestamente feminista que no solo ha amparado y ha escondido el abuso a una menor tutelada por parte de esta administración, sino que además urdieron un plan para dejar a la víctima arrinconada y señalarla como la auténtica culpable», ha señalado la presidenta regional.

¿Qué mujer ampara que su marido esté prostituyendo a una menor?

Ha agregado que no sólo son las palabras y la «incoherencia» de Mónica Oltra lo que le están marcando el camino, «son los hechos», y ha opinado que la vicepresidenta del Consell debería seguir el ejemplo «de lo mismo que le exigía a los demás por cosas», a su juicio, «mucho menores».

«¿Qué mujer ampara que su marido esté prostituyendo a una menor que está tutelada por él mismo y permite que se cree una trama para dejarla a los pies de los caballos, como una auténtica culpable, a una menor prostituida en varias ocasiones?», ha censurado Díaz Ayuso.

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Los propietarios de vivienda podrán beneficiarse de una deducción fiscal de hasta 3.000 euros en 2026

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placas solares apagón eléctrico

El año fiscal 2026 comienza con buenas noticias para los propietarios de vivienda en España. Un Real Decreto-ley aprobado a finales de 2025 prorroga una serie de medidas económicas y sociales que incluyen importantes incentivos fiscales para quienes realicen obras de mejora de la eficiencia energética en sus inmuebles, permitiendo acceder a una deducción de hasta 3.000 euros en la declaración de la Renta.

La medida, respaldada por la Agencia Tributaria, busca impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario y reducir el consumo energético de los hogares, en línea con los objetivos de sostenibilidad marcados a nivel europeo.

¿En qué consiste la deducción de 3.000 euros?

La deducción más relevante para los propietarios particulares es la que permite desgravar el 40% del importe invertido en obras de eficiencia energética, con una base máxima anual de 7.500 euros, lo que se traduce en un ahorro fiscal directo de hasta 3.000 euros por vivienda.

Esta deducción se aplica tanto a viviendas habituales como a inmuebles destinados al alquiler, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

Requisitos para acceder a la deducción fiscal en 2026

Para beneficiarse de este incentivo, las obras realizadas deben cumplir criterios técnicos muy concretos, entre ellos:

  • Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o

  • Mejorar la calificación energética del inmueble hasta las letras A o B

El cumplimiento de estos objetivos debe estar debidamente acreditado, ya que la Agencia Tributaria exige documentación técnica para validar la deducción.

El papel clave del certificado energético

Uno de los requisitos imprescindibles es disponer de dos Certificados de Eficiencia Energética:

  1. Un certificado previo al inicio de las obras

  2. Un certificado posterior que acredite la mejora obtenida

Este segundo documento deberá haberse emitido antes del 1 de enero de 2027 para que la inversión pueda imputarse correctamente al ejercicio fiscal de 2026. Sin estos certificados, no se reconoce el derecho a la deducción, independientemente del importe invertido.

Atención a la forma de pago: el efectivo no vale

Desde la Agencia Tributaria recuerdan un aspecto que suele generar problemas en muchas declaraciones: los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.

Para que la inversión sea válida, los trabajos deben abonarse mediante:

  • Transferencia bancaria

  • Tarjeta de crédito o débito

  • Cheque nominativo

  • Ingreso en cuenta

Esta exigencia busca combatir la economía sumergida y garantizar la trazabilidad de las operaciones en el sector de las reformas.

Deducción del 60% para edificios residenciales

Además de la deducción individual del 40%, la normativa contempla otra deducción del 60% para actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales completos, también con un límite máximo anual de 3.000 euros por contribuyente.

Esta modalidad está especialmente pensada para comunidades de propietarios que acometan mejoras integrales en fachadas, cubiertas o sistemas comunes de climatización.

Reformas más habituales para alcanzar el ahorro máximo

Las actuaciones que suelen permitir acceder a la deducción máxima incluyen:

  • Sustitución de ventanas por cerramientos de alta eficiencia

  • Mejora del aislamiento térmico en fachadas y cubiertas

  • Instalación de sistemas de aerotermia

  • Renovación de sistemas de calefacción y refrigeración

Además del ahorro fiscal, estas reformas reducen de forma notable el consumo energético y la factura de luz y gas.

Una medida fiscal con impacto social y ambiental

El Gobierno enmarca esta deducción dentro de una estrategia más amplia para reducir la dependencia energética de los hogares, mejorar el confort de las viviendas y avanzar hacia un modelo residencial más sostenible, apoyado en fondos europeos.

Para muchos propietarios, la deducción de hasta 3.000 euros en 2026 supone un incentivo clave para acometer reformas que, de otro modo, se aplazarían.

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