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Trabajos en altura y riesgos de contratar a la empresa equivocada

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Trabajos en altura y riesgos de contratar a la empresa equivocada
Trabajos en altura y riesgos de contratar a la empresa equivocada

¿Te arriesgarías a contratar para un trabajo peligroso, como son los realizados en altura, a una empresa que no respeta las normas de seguridad que protegen a sus trabajadores?

Estamos seguros de que no y, por ello, vamos a hablar de algunos aspectos importantes a tener en cuenta antes de realizar la contratación si te ves en esta necesidad.

Los trabajos en altura conllevan riesgos evidentes

Para comenzar a profundizar en este tema debes saber que las caídas desde una altura elevada es la principal causa de muertes accidentales en el ámbito laboral. Partiendo de este dato, serás constancia de la importancia que tiene mantener las medidas de seguridad que marca la normativa para evitar situaciones desagradables.

Existen sistemas de seguridad para las trabajos en altura que están específicamente diseñados para estas tareas. Quizás desarrollarlos adecuadamente sea costoso, pero siempre compensa teniendo en cuenta el ahorro en andamiajes, las molestias a otros usuarios del edificio y los riesgos de robo al facilitar la posible entrada desde el exterior a personas extrañas.

Además, este tipo de trabajos tienen la ventaja de una mayor rapidez y versatilidad a la hora de realizar cualquier faena, a cambio de un aumento de los riesgos de accidente siempre que no se cumpla las medidas de seguridad imprescindibles.

La aplicación de las normas de seguridad en este tipo de trabajos es uno de los factores más importantes a tener en cuenta, junto con la formación adecuada de los trabajadores y el empleo de técnicas adecuadas.

¿Cuáles son las medidas de seguridad necesarias?

La realización de trabajos verticales conlleva unas obligaciones y unas responsabilidades que no podemos pasar por alto. Contratar empresas no legales conlleva una seria responsabilidad, ya que el contratante es responsable subsidiario de los daños que se produzcan.

Vamos a enumerar algunas de las cuestiones que hay que plantearse al contratar a una empresa de trabajos verticales, con el único fin de valorar si realmente se trata de una empresa profesional:

  • Cualquier empresa y trabajador que se dedique a esta actividad (como cualquier otra) debe estar dado de alta en la Seguridad Social.
  • La empresa garantizará que todos los trabajadores cuentan con la formación necesaria en materia preventiva, tal y como recoge la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales
  • La empresa debe poner a disposición del contratante los detalles y documentación relativa a la formación impartida a sus trabajadores.
  • La empresa debe proporcionar los elementos obligatorios de seguridad imprescindibles, tales como cascos, arneses, cables, cadenas de seguridad, elementos de sujeción o líneas de vida.
  • El dispositivo anticaídas que une el trabajador con la cuerda de seguridad debe cumplir la norma UNE- EN 12841 A. Es la norma exigible al uso de anticaídas sobre cuerda en trabajos verticales.
  • No se podrán realizar trabajos en solitario.

 

Recuerda que, al contratar, o trabajar en, una empresa que no respeta estas medidas de seguridad es completamente contraproducente en lo que a la concienciación social respecto a la cultura preventiva se refiere. Es una obligación de todos cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad en el trabajo.

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Uber Eats dejará de colaborar con repartidores autónomos

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Uber Eats ha anunciado que dejará de trabajar con repartidores autónomos en España como parte de su adaptación definitiva a la Ley Rider, cuatro años después de su entrada en vigor. La decisión busca cerrar un modelo transitorio y avanzar hacia un sistema que la compañía considera más estable, legalmente seguro y sostenible a largo plazo.

El fin del modelo híbrido

Tras la aprobación de la Ley Rider en 2021 —que prohibió el uso de falsos autónomos en el reparto— Uber Eats optó desde 2022 por un modelo híbrido, permitiendo a los repartidores elegir entre trabajar como autónomos o como asalariados a través de flotas colaboradoras.

Ahora, la plataforma ha decidido abandonar completamente la colaboración con autónomos, apoyándose únicamente en repartidores contratados por cuenta ajena mediante empresas de logística asociadas.

Cumplimiento legal y reducción de conflictos

La empresa justifica el cambio en su compromiso con el cumplimiento normativo y en la experiencia acumulada durante estos años con flotas especializadas. El objetivo es:

  • Eliminar cualquier riesgo legal relacionado con la figura del falso autónomo

  • Poner fin a litigios pendientes con repartidores y administraciones

  • Asegurar un marco laboral más claro y homogéneo

Uber Eats ha expresado su voluntad de colaborar con sindicatos y el Gobierno para garantizar una transición justa.

Qué pasará con los repartidores actuales

Los repartidores que todavía operan como autónomos no perderán necesariamente su trabajo: podrán seguir repartiendo como empleados por cuenta ajena integrándose en alguna de las flotas colaboradoras de la plataforma.

Solo en 2025, más de 7.000 repartidores ya fueron contratados bajo este modelo, lo que refuerza la apuesta de la compañía por la laboralización del sector.

Un cambio alineado con la evolución del sector

La decisión se produce en un contexto de mayor presión judicial, sindical y política sobre las plataformas digitales para garantizar derechos laborales. Además, Uber Eats firmó en 2024 un acuerdo con UGT para mejorar las condiciones de los repartidores, lo que anticipaba este giro definitivo.

En resumen, Uber Eats deja atrás a los autónomos para consolidar un modelo plenamente ajustado a la Ley Rider, reducir la inseguridad jurídica y asegurar la continuidad de su negocio de reparto en España.

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