Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Tribunal Constitucional confirma que la Ley de Eutanasia no infringe el «derecho a la vida»

Publicado

en

tribunal ley eutanasia
Vista frontal del Tribunal Constitucional de España. Imagen de archivo

El Tribunal Constitucional avaló en la tarde de este miércoles la Ley de Eutanasia. La ley de eutanasia está en vigor desde junio del año 2021. Tras su aprobación, Vox presentó un recurso al constitucional que ha sido rechazado.

El Constitucional avala la Ley de Eutanasia por mayoría

El Pleno de Corte de Garantías rechazó el recurso con nueve votos a favor y dos en contra. Los votos en contra pertenecen a los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los otros magistrados conservadores votaron, al igual que los progresistas, a favor de la ley.

El Constitucional ha avalado la ley en su totalidad, sin cuestionar ningún artículo. Esta decisión confirma la constitucionalidad de la norma. El borrador de la sentencia, redactado por el magistrado Ramón Sáez, destacaba que la ley «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida». Señalaba además que el Estado «no puede eludir su responsabilidad».

¿Qué decía el recurso sobre la eutanasia rechazado por el Constitucional?

El recurso presentado por Voz defendía que la norma era anticonstitucional por no respetar el «derecho a la vida». El recurso de la ultraderecha parte de que el derecho a la vida sea «fundamental, absoluto e indisponible». Es decir, que el Estado debe protegerlo incluso contra la voluntad de la persona titular de ese derecho.

No fue el único recurso. El Partido Popular también presentó uno defendiendo que la ley no permite asegurar que la decisión se haya tomado de manera libre y con total comprensión.  Alegan que la ley genera indefensión jurídica.

La Ley de Eutanasia no infringe el derecho a la vida

Ahora el Tribunal Constitucional ha aclarado que la ley no incumple la constitución. Saez ha explicado en el borrador de la sentencia, recogido en múltiples medios, que «La tesis absolutizadora de la vida, y su necesario corolario de una obligación de mantenerse vivo, no es compatible con la Constitución».

La Constitución recoge el derecho fundamental de integridad física y moral. El artículo 15 reconoce el derecho de autodeterminación para que las personas puedan «decidir el modo y el momento de su muerte». El borrador menciona también el principio de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1). Indica que el error radica en que el derecho a la vida no puede analizarse «aisladamente» sino que debe atenderse al contexto histórico y a otros principios y derechos recogidos en la Constitución.

Respecto a la responsabilidad del Estado recoge que la Constitución no concibe el derecho a la vida y la protección de la misma «desconectada de la voluntad de su titular» y, por tanto, el ejercicio de ese derecho no puede ser «indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

¿Qué dice la ley de eutanasia?

La Ley de Eutanasia vigente en España permite la solicitud de eutanasia a personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar que cumplan una serie de condiciones. La persona debe presentar una petición autónoma, consciente e informada y ser de nacionalidad española o acreditar 12 meses de residencia en España. Se atenderá la petición en los casos en que las personas sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecten a su autonomía o le genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El proceso para solicitar la eutanasia

La petición debe realizarse en dos ocasiones, con al menos 15 días entre ellas. El período se alargará un mínimo de 51 días. Tras la primera solicitud, el médico responsable de la persona le expondrá el diagnóstico y las posibilidades terapéuticas y de cuidados paliativos que posee. Después se realizará la segunda petición para reafirmar la voluntad de seguir adelante con el proceso. Un segundo médico debe certificar entonces que los requisitos se cumplen y redaactar el informe. El solicitante podrá recurrir en caso de que el informe sea negativo.

El recurso presentado por el Partido Popular a la Ley de Eutanasia

El Tribunal Constitucional no ha resuelto el recurso presentado por el PP. Sin embargo, la resolución al recurso de Vox permite suponer que será también rechazado.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Nuevos abonos gratuitos de Renfe: cómo y cuándo solicitarlos

Publicado

en

abono gratuito renfe

Abonos gratis de Renfe para mayo y junio de 2025: requisitos, fechas y cómo solicitarlos

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha activado los nuevos abonos gratuitos de Renfe para los meses de mayo y junio de 2025, dirigidos a usuarios frecuentes de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia. Estos títulos ya pueden solicitarse desde el martes 8 de abril a través de los canales habituales de Renfe.

Quién puede solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Estos abonos están destinados a personas usuarias habituales del tren, y permiten realizar viajes ilimitados durante el período de validez, siempre que se cumpla un número mínimo de trayectos. Para su obtención, es necesario realizar un depósito en forma de fianza, que se devuelve al final del periodo si se alcanzan los requisitos establecidos.


Fechas de solicitud y validez de los abonos

  • Inicio de la solicitud: desde el 8 de abril de 2025.

  • Periodo de validez: del 1 de mayo al 30 de junio de 2025.

  • Excepción regional: en Cantabria y Asturias, los abonos tendrán validez hasta el 31 de agosto, debido a su formato cuatrimestral.


Fianza: precios y condiciones para su devolución

Aunque los abonos son gratuitos, el usuario debe abonar una fianza para activar el título. Esta se reembolsará si se alcanza el número mínimo de viajes requerido:

  • Cercanías y Rodalies:

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: al menos 8 viajes

  • Media Distancia:

    • Fianza: 20 euros

    • Requisito: mínimo de 8 viajes

  • Cantabria y Asturias (abono cuatrimestral):

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: mínimo de 16 viajes

Una de las principales novedades de este año es la reducción del número de trayectos necesarios para recuperar la fianza, que pasa de 16 a 8 viajes en la mayoría de los casos.


Cómo solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Los abonos pueden solicitarse por las vías habituales:

  • A través de la app Renfe Cercanías

  • En máquinas de autoventa situadas en estaciones

  • En las taquillas físicas de Renfe

  • En la web oficial de Renfe: www.renfe.com

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo